Contenidos del curso
- Clases en directo semanales
- Preparadores especialistas
- Ejercicios, simulacros de examen y tutorías
- Campus Virtual con recursos complementarios
- Clases en directo semanales
- Preparadores especialistas
- Materiales de clase y simulacros de examen
- Campus Virtual con recursos complementarios
Administrativo Parlamento de Galicia
En ADAMS, más de 60.000 alumnos han aprobado sus oposiciones gracias a nuestra preparación de calidad. Somos reconocidos como líderes en el sector, con una valoración promedio de 9 por parte de nuestros opositores. ¡Empieza hoy la oposición de Administrativo Parlamento de Galicia y da el primer paso hacia tu futuro!
-
Plazas: 4Plazas turno libre: 4Plazas discapacitados: 1
-
Tipo de personal: Funcionario
- Titulación requerida: Bachiller o equivalente
-
Inicio de instancias: 23/04/2024Fin de instancias: 23/05/2024
- Modalidad: Clases por videoconferencia
¿Cómo prefieres que te ayudemos?
Solicita información
Déjanos tus datos personales y nuestro equipo de expertos te responderá lo antes posible.
¡Convocadas 4 plazas de Administrativos del Parlamento de Galicia!
Ya se ha publicado la convocatoria para la cobertura de estas 4 plazas de Administrativo del Parlamento de Galicia, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2022 y 2023.
Elige ADAMS para empezar a prepararte ahora. Ponte en contacto con nosotros para que podamos asesorarte sin compromiso.
¡Puedes conseguir tu plaza!
Prepárate con ADAMS
Si quieres empezar ahora, en ADAMS ya tenemos grupos de preparación de clases por videoconferencia, en los que te puedes inscribir. ¡Aprovecha el momento!
Tenemos posibilidad de inscribirte en un grupo que parte de cero, en el que verás todo el temario y se trabajará de manera integral la oposición. Y por otro lado, si ya te has preparado otra oposición similar previamente, tenemos un grupo específico donde solo se trabajará la parte específica del Parlamento. De esta manera podrás elegir la preparación que más se adapte a tus necesidades.
¡Ponte en contacto con nosotros! Te asesoramos de manera gratuita y son compromiso.
Éxito de nuestros alumnos
Nuestra experiencia preparando oposiciones del Parlamento de Galicia nos avala. En la anterior convocatoria de Ujieres, el 100% de las plazas fueron para alumnos de ADAMS.
¡Confía en nosotros y consigue tu empleo público!
Funciones
El cuerpo Administrativo del Parlamento de Galicia realiza las tareas de tramitación administrativa y colaboración, preparatorias, complementarias y derivadas de funciones superiores; la atención de secretarías, la asistencia administrativa, la realización de tareas de taquigrafía, mecanografía, registro, archivo, tratamiento de textos y otras aplicaciones informáticas; trabajos de edición y transcripción; y cualquier otra semejante o necesaria para el desarrollo de ellas.
El cuerpo administrativo del Parlamento de Galicia se clasifica en el grupo profesional C.
Retribuciones
Un Administrativo del Parlamento de Galicia recibe un salario de entre 34.847,82 y 42.178,92 euros anuales, según las retribuciones publicadas en el Portal de Transparencia del Parlamento de Galicia.
¿Quieres que nuestros asesores se pongan en contacto contigo?
El sistema selectivo será el de oposición. Los temas que regirán las pruebas selectivas serán los publicados cómo anexo I a estas bases.
Las pruebas de la oposición consistirán en la realización de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, salvo las excepciones contempladas en el apartado 6.1.3 referidas al tercer ejercicio.
Primer ejercicio
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de contenido teórico de cien (100) preguntas tipo test, sobre los temas del bloque A del programa indicados en el anexo I.
El ejercicio dispondrá de cinco (5) preguntas de reserva.
Por cada pregunta se formularán cuatro respuestas alternativas, de las que solo una de ellas será correcta. La puntuación que se otorgará a cada respuesta correcta será cero coma cincuenta (0,50) puntos. De la puntuación total así obtenida se restarán cero coma ciento veinticinco (0,125) puntos por cada respuesta incorrecta. Las respuestas en blanco y aquellas que contengan más de una alternativa no se valorarán.
Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas, por orden, solo en caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de ciento cincuenta (150) minutos.
El ejercicio se calificará de cero (0) a cincuenta (50) puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de veinticinco (25) puntos.
Superarán esta prueba las cien (100) primeras personas candidatas que obtengan las mejores cualificaciones, siempre que alcancen el mínimo del 50 por ciento de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, pudiendo ampliarse este número solo en los supuestos de que varios opositores tengan la misma nota de corte y también a consecuencia de las impugnaciones que sean estimadas, quedando el resto de las personas candidatas apartadas del proceso selectivo. El tribunal hará público dicho acuerdo a través de la página web.
De darse el caso de que el número de aspirantes que hayan superado este ejercicio no fuera el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 por ciento de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no supere el número máximo de cien (100) personas candidatas antes señalado.
Segundo ejercicio
Solo para las personas aspirantes que superen el primero ejercicio.
Las personas aspirantes deberán resolver supuestos de carácter práctico, sobre los temas del bloque B del programa indicados en el anexo I, con un total de cincuenta (50) preguntas tipo test.
El ejercicio dispondrá de tres (3) preguntas de reserva.
Por cada pregunta se formularán cuatro respuestas alternativas, de las que solo una de ellas será correcta. La puntuación que se otorgará a cada respuesta correcta será un (1) punto. De la puntuación total así obtenida se restarán cero coma veinticinco (0,25) puntos por cada respuesta incorrecta. Las respuestas en blanco y aquellas que contengan más de una alternativa no se valorarán.
Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas, por orden, solo en caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.
El ejercicio tendrá una duración máxima de ciento veinte (120) minutos.
El ejercicio se calificará de cero (0) a cincuenta (50) puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de veinticinco (25) puntos.
Tercer ejercicio
Solo para aquellos aspirantes que superen los dos ejercicios anteriores.
Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de treinta (30) preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será la correcta, mediante lo cual se evidencie el conocimiento de la lengua gallega. El cuestionario deberá obligatoriamente recoger contenidos relacionados con los niveles funcionales de la lengua: léxico, sintáctico y gramatical, correspondientes al nivel del Celga 4.
El ejercicio tendrá una duración de sesenta (60) minutos.
Este ejercicio se valorará cómo «apto/a» o «no apto/a» y para superarlo será necesario obtener el resultado de «apto/a». Le corresponderá al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para alcanzar la valoración de «apto/a».
Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten que, antes del final del plazo señalado para presentar la solicitud para participar en el proceso selectivo, posean el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
Los documentos que justifiquen la exención (originales o fotocopia compulsadas), deberán ser presentados por las personas aspirantes que superen los dos primeros ejercicios en el Registro general del Parlamento de Galicia en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de las cualificaciones del según ejercicio.
Con la convocatoria para la realización de este ejercicio se publicará un listado de las personas que están obligadas a hacerlo. La no aceptación de la solicitud de exención se entenderá implícita en la inclusión en este listado y su publicación servirá de notificación a quién tenga solicitada la exención.
Programa
ANEXO I
Temario para ingresar por turno libre en el cuerpo administrativo del Parlamento de Galicia
BLOQUE A
- La Constitución española de 1978 (1). De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. De los derechos y de los deberes de los ciudadanos. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales. De la suspensión de los derechos y libertades. De la reforma constitucional.
- La Constitución española de 1978 (2). La Corona. Las Cortes Generales (De las Cámaras. De la elaboración de las leyes).
- La Constitución española de 1978 (3). Del Gobierno y de la Administración. De la relación del Gobierno y de las Cortes Generales.
- La Constitución española de 1978 (4). De la organización territorial del Estado (Principios generales. De las comunidades autónomas).
- El Estatuto de autonomía de Galicia (1). Bases fundamentales de la autonomía gallega. El territorio. Los símbolos. El reconocimiento de la galleguidad. La condición de gallego. Los derechos de los ciudadanos gallegos y sus garantías. Los derechos lingüísticos de los ciudadanos gallegos.
- El Estatuto de autonomía de Galicia (2). El poder gallego. Las competencias. El régimen jurídico.
- El Estatuto de autonomía de Galicia (3). La Administración pública gallega. La economía y la hacienda. La reforma.
- Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia. Electores. Censo. Elegibilidad. Incompatibilidades. Sistema electoral. Convocatoria de elecciones. Juntas electorales. Presentación y proclamación de candidatos. Representantes de las candidaturas ante la Administración electoral.
- El Reglamento del Parlamento de Galicia (1). La sesión constitutiva del Parlamento de Galicia. El estatuto de los diputados. Los grupos parlamentarios.
- El Reglamento del Parlamento de Galicia (2). La organización del Parlamento. Las sesiones. El orden del día. Cómputo de plazos y presentación de documentos. El orden dentro del recinto parlamentario.
- El Reglamento del Parlamento de Galicia (3). El procedimiento legislativo. Proposiciones no de ley. Procedimientos legislativos especiales.
- El Reglamento del Parlamento de Galicia (4). El control sobre las disposiciones de la Xunta con fuerza de ley. La investidura, la moción de censura y la cuestión de confianza. Las interpelaciones y las preguntas.
- El reglamento de organización y funcionamiento de la Administración del Parlamento de Galicia.
- Normas reguladoras de las relaciones entre el Parlamento y el Valedor del pueblo, aprobadas por la Mesa del Parlamento el día 28 de mayo de 1991. Normas reguladoras de las relaciones entre el Consejo de Cuentas y el Parlamento de Galicia aprobadas por acuerdo de la Mesa del Parlamento del día 25 de marzo de 1993.
- Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Galicia, de 17 de marzo de 2015, por el que se aprueban las normas supletorias del artículo 155.5 del Reglamento de la Cámara para la tramitación de las preguntas cualificadas de urgentes. Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Galicia, de 17 de marzo de 2015, por el que se aprueban las Normas supletorias del artículo 155 del Reglamento para la tramitación de las preguntas parlamentarias dirigidas al presidente de la Xunta de Galicia. Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Galicia, de 20 de octubre de 2015, por lo que aprueban las Normas reguladoras del Registro de intereses de la Cámara.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (1). Disposiciones generales. La capacidad de obrar y el concepto de interesado. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (2). De la actividad de las administraciones públicas. De los actos administrativos.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (3). De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (4). De la revisión de los actos en vía administrativa. De la iniciativa legislativa y la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.
- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (1). Disposiciones generales. De los órganos de las administraciones públicas (De los órganos administrativos. Competencia. Los órganos colegiados de las distintas administraciones públicas: Funcionamiento. Abstención y recusación). Funcionamiento electrónico del sector público.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (1): título preliminar. Disposiciones generales.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (2): libro primero. Disposiciones generales de la contratación en el sector público (capítulos I a III.) Partes del contrato (capítulo I).
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (3): libro segundo. De los contratos de las administraciones públicas (título I. Capítulo I excepto subsección 2 a 7 de la sección 2ª).
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (4): libro segundo. De los contratos de las administraciones públicas (título I. Capítulo I, subsección 2 a 4 de la sección 2ª).
- El Estatuto de personal de la Administración parlamentaria (1). Objeto y ámbito de aplicación. Clasificación del personal de la Administración del Parlamento de Galicia y registro de personal. Comienzo y extinción de la relación de servicio.
- El Estatuto de personal de la Administración parlamentaria (2). Planificación y ordenación del personal de la Administración del Parlamento de Galicia. Provisión de puestos y movilidad. Acceso al empleo público. Carrera y promoción profesional. Evaluación del desempeño. Formación y perfeccionamiento.
- El Estatuto de personal de la Administración parlamentaria (3). Situaciones administrativas. Sistema retributivo. Vacaciones, licencias y permisos. Representación, participación, negociación colectiva y derecho de reunión.
- El Estatuto de personal de la Administración parlamentaria (4). Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Facultades de la Mesa del Parlamento de Galicia. Derecho supletorio.
- Real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social. Régimen general de la Seguridad Social: Campo de aplicación. Inscripción de empresas y afiliación de trabajadores y trabajadoras. Aspectos comunes de la acción protectora. Incapacidad temporal; Régimen de protección social y aseguramiento de los parlamentarios y parlamentarias.
- Reglamento de régimen presupuestario y contable del Parlamento de Galicia y del Valedor del Pueblo (1): del presupuesto: contenido y aprobación; Los créditos y sus modificaciones; ejecución y liquidación. De la gestión financiera.
- Reglamento de régimen presupuestario y contable del Parlamento de Galicia y del Valedor del Pueblo (2): de la contabilidad. Control y fiscalización. Derecho supletorio. Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Galicia, de 8 de abril de 2019, por el que se aprueban las Normas reguladoras de los pagos a justificar.
- Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno. Ámbito subjetivo de aplicación. Publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública; normas en materia de transparencia en el Reglamento del Parlamento de Galicia.
- El Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, sobre protección de datos. Principios relativos al tratamiento. Licitud del tratamiento. Condiciones para el consentimiento. Tratamiento de categorías especiales de datos personales. Derecho de acceso de la persona interesada. Derecho de rectificación. Derecho de supresión. Derecho a la limitación del tratamiento. Derecho a la portabilidad de los datos. Derecho de oposición.
- Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia. Disposiciones generales. Principio de transversalidad de la dimensión de género. Lenguaje no sexista e imagen pública. El acceso y promoción en el empleo público gallego. Formación en igualdad y la igualdad y transparencia retributiva en el empleo público.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes.
- Real decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad: Principios básicos. Política de seguridad y requisitos mínimos de seguridad.
- La Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Bases reguladoras de la concesión de subvenciones. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. La regulación de las subvenciones en el Reglamento de organización y funcionamiento del Parlamento de Galicia.
BLOQUE B (SEGUNDO EXERCICIO)
- Ágora Millennium: registro de Entrada.
- Ágora Millennium: actividad parlamentaria.
- Ágora Millennium: Registro de Salida.
- Ágora Millennium: publicaciones.
- Ágora Millennium: composición de los órganos.
- Ágora Millennium: control de la tramitación.
- Ágora Millennium: consultas.
- Ágora Millennium: estadísticas.
Fechas oferta y convocatoria
Datos convocatoria
Requisitos
Lista admitidos, excluidos y aprobados
Atención personalizada y tutorías
Recursos en campus virtual
Profesores especializados
Temarios y servicio de actualización
Solicita información
¡Tenemos información de interés para ti! Déjanos tus datos y recibirás información, noticias y novedades de nuestros servicios.
Si lo prefieres, también puedes llamarnos al: