Contenidos del curso
- Clases en directo semanales
- Preparadores especialistas
- Ejercicios, simulacros de examen y tutorías
- Campus Virtual con recursos complementarios
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Subalternos Concello A Coruña
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Plazas: 11
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Tipo de personal: Funcionario
- Titulación requerida: Sin titulación
- Modalidad: Clases por videoconferencia
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¡Convocadas 11 plazas de Subalternos!
Las plazas corresponden a:
Ya se han publicado las bases generales y las bases específicas de estas plazas, en las que puedes conocer los detalles del proceso.
El plazo de presentación de instancias se abrirá cuando se publique la convocatoria en el BOE y será de 20 días hábiles.
La fecha de realización del primer examen de Subalternos Coruña no tendrá lugar antes de los 2 meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOP.
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Retribuciones
Infórmate sobre las retribuciones de los funcionarios del Concello de A Coruña aquí.
Funciones
Las principales funciones de un subalterno en el Concello de A Coruña incluyen proporcionar información y asistencia a los usuarios, gestionar el control de accesos, mantener el material básico, mobiliario e instalaciones en condiciones óptimas, operar con los equipos de reprografía y manejar la distribución y organización de correo y documentos.
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Según las bases específicas publicadas en el BOP A Coruña 29-08-2024.
El proceso selectivo constará de una fase de oposición.
La fase de oposición constará de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.
Primer ejercicio
Consistirá en la resolución por escrito de un cuestionario tipo test, en un tiempo máximo de 90 minutos, de 70 preguntas, más 7 preguntas de reserva, con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas correcta, en relación al contenido total del temario anexo a esta convocatoria. Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas solo en caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.
Este cuestionario será elaborado por el tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba.
La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los 2 meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOP.
La puntuación de cada pregunta será a siguiente:
a) Cada respuesta correcta puntuará un punto
b) Cada respuesta incorrecta descontará 0,25 puntos
c) Las preguntas dejadas en blanco no descontarán puntuación
El ejercicio será calificado con una nota final de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar una nota mínima de 15 puntos para superarlo. Las personas aspirantes que no alcancen esta nota mínima serán eliminadas. Le corresponderá al tribunal determinar la puntuación del cuestionario exigida para alcanzar esta nota mínima.
Segundo ejercicio
Consistirá en resolver, en un tiempo máximo de 120 minutos, un supuesto práctico, a elegir entre dos propuestos por el tribunal, relativo a los contenidos de las materias comprendidas en la parte específica del temario anexo y las funciones de la plaza convocada.
El enunciado de los supuestos será elaborado por el tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba.
Este ejercicio será calificado con un máximo de 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos. Las personas aspirantes que no alcancen esta puntuación mínima serán eliminados. El tribunal determinará el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la dicha puntuación mínima.
En este ejercicio, se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de las actuaciones prácticas objeto del supuesto y la calidad de la actuación realizada. Se estimará especialmente la sistemática, calidad y adecuación de la ejecución realizada por las personas aspirantes. La ponderación de cada un de estos criterios en cada un de los supuestos será puesto en conocimiento de los aspirantes con carácter previo a la realización del ejercicio. Asimismo, en el caso de ponerse varios supuestos prácticos por el tribunal con distinta puntuación cada un de ellos, deberá indicarse n a/el opositor/a, la puntuación de cada un de ellos y el desarrollo de los criterios de cualificación generales determinados, de serlo caso.
Tercer ejercicio
Prueba de conocimiento de la lengua gallega. Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten dentro del plazo de presentación de solicitudes estar en posesión del Celga 2 o título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda del Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por el Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
El ejercicio consistirá en la traducción directa o inversa de un o varios textos, en castellano o gallego, en un tiempo máximo de 60 minutos. Los textos serán elegidos por el tribunal inmediatamente antes de la realización de la prueba. Este ejercicio será calificado cómo apto o no apto, le corresponde al tribunal la fijación del nivel de conocimiento exigido para superar esta prueba.
Programa
Temario
PARTE COMÚN
- Constitución española de 1978: Título preliminar. Los derechos y deberes fundamentales, sus garantías y suspensión. Estatuto de Autonomía de Galicia: Título preliminar. El Parlamento, la Xunta y su Presidente.
- El municipio: concepto y elementos: Territorio y población. Organización. Competencias. El régimen de organización de los municipios de gran población: ámbito de aplicación. Organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el Texto refundido lea Ley reguladora de las Haciendas Locales: Recursos de las haciendas locales: Enumeración. Imposición y ordenación de los tributos locales. Tasas. Precios públicos.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. La revisión de actos en vía administrativa: revisión de oficio. Recursos administrativos.
- Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres de Galicia. Título I: Derecho la Igualdad entre mujeres y hombres.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y deberes. Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.
PARTE ESPECÍFICA
- Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. Título I: Objeto y ámbito de aplicación. Título II/II: Clases de personal.
- De los actos administrativos: Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Correspondencia: tipos de envíos. Franqueo. Certificados. Justificantes de recepción. Telegramas. Reembolsos. Giros.
- La atención al ciudadana. Recepción y telefonía. Vigilancia y control a las personas que accedan a las dependencias administrativas. Reuniones y actuaciones de comunicación: preparación de locales y materiales.
- Trabajos con materiales y maquinaria de oficina. Reprografía. Destrucción de documentación. Ensobrado. Etiquetado. Guillotinado. Encuadernación. Grapado. Taladrado. Tipos de papel.
- La documentación administrativa. Descripción de los principales documentos: instancia, certificado, anuncio, informe, resolución, comunicación y notificación.
- Ordenanza reguladora de la administración digital en el Ayuntamiento de A Coruña: Derechos y deberes de la ciudadanía en relación con la administración digital. Red de apoyo a la administración digital. Notificaciones.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y bueno gobierno: Transparencia de la actividad pública. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Principios de protección de datos.
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