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© Adams. 2026

  1. Adams

Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)

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4.3/5

Desde162,00 €

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Imagen principal Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de

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Opiniones oposición Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)

Ellos confiaron en nosotros

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Dolors G.

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"Gràcies al curs Online, he pogut seguir el temari en l'horari que jo he pogut triar, i si tenia algun dubte, feia la pregunta en qüestió i el tutor/a corresponent enviava la seva resposta ràpidament. ..."

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5/5

Mónica Claveguera

Cos de Gestió de la Generalitat

"Si estàs pensant a apuntar-te al curs online d’Adams per preparar la teva oposició faràs una bona elecció. La meva experiència és molt positiva, ja que des del primer moment em vaig sentir acompanyada..."

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4.6/5

Eva Lista Cárdenas

Administrativa Generalitat de Catalunya. Promoción interna especial

"Adams me ha facilitado un curso on-line muy bien organizado. Los profesores son muy profesionales. En las clases que quedan grabadas, éstos facilitan documentos que son resúmenes de lo más importante ..."

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5/5

Cristina Fariñas

Cos Administratiu De La Generalitat De Catalunya

"Tenir la possibilitat de preparar una oposició sense horaris de forma online amb un suport a qualsevol hora de forma telemàtica em va ajudar molt. La metodologia així com tot el material proporcionat ..."

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4.5/5

Laura Martínez

Administratius Generalitat

"Gracias al curso online de ADAMS pude prepárame las oposiciones a mi ritmo, con seguimiento constante por parte tanto de los tutores pedagógicos como de los profesores del curso. Me sentí en todo mome..."

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4.9/5

Noemí González

Auxiliares De La UNED

"He preparado con Adams, a través de la modalidad E-learning, dos oposiciones de la UNED. Me ha gustado mucho la modalidad E-learning y sugiero a la academia que incluya esta modalidad online para la p..."

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4.8/5

Victoria Sánchez Picazo

Gestion de Estado TL

"La preparación con Adams ofrece lo que promete. El material a disposición del alumno es amplísimo, pero sin duda lo más destacable es la intuitividad de la plataforma online, que te permite estructura..."

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4.8/5

David Ruiz

Administrativos de la Comunidad de Madrid

"Teníamos simulacros continuamente. Había dos tipos, los que el profesor te ponía para practicar semanales, y los de examen puro y duro. Eso te permite estar preparado, conocer los tiempos, y cómo orga..."

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4.7/5

Paloma García

Tramitación Procesal

"He tenido siempre el apoyo del tutor, la verdad es que siempre estuvo ahí. Fue muy constante en los correos, en los mensajes, siempre animando y apoyando. Me acompañó sin agobiarme."

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5/5

Saray Sáez

Administrativos de la Junta de Andalucía

"Para mí ha sido fundamental el apoyo de la Academia, ya que, cuando empecé en este mundo, no tenía ni idea de leyes, de los temarios, de lo intenso que hay que dedicar."

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4.5/5

Xavi Prats

Fondos Europeos

"Soy una de las 10 personas que han superado el ejercicio de Fondos Europeos, por lo que me gustaría hacer un agradecimiento al equipo de Adams que preparó esta oposición porque me ha sido de gran ayud..."

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4.8/5

Alberto Castro Ortíz

Técnico Auxiliar Informática

"La vida da muchas vueltas y, casi con 50 años, me encontré en una situación laboral que no esperaba. Pero nunca es tarde para volver a estudiar y preparar unas oposiciones. Con ADAMS todo fue mucho..."

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Mónica Claveguera

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Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)

¿Tienes dudas sobre la oposición?

 
Preguntas frecuentes sobre Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)

Para poder participar en un proceso selectivo de oposiciones en España es necesario reunir una serie de requisitos. Entre ellos, tener la nacionalidad española. Aunque también podrán acceder como funcionarios, entre otros, los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, o como personal laboral los extranjeros con residencia legal en España.

También es necesario poseer la titulación exigida en cada convocatoria y contar con la capacidad funcional para el desempeño de las tareas requeridas.

Además, es imprescindible tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación, salvo en los casos que la ley establezca otra edad máxima.

Estos son los requisitos básicos, aunque podrá exigirse el cumplimiento de otros más específicos relacionados con las tareas que tengan que desempeñar los futuros funcionarios o el conocimiento de la lengua cooficial que corresponda en el caso de las Comunidades Autónomas donde exista doble lengua oficial.
Para poder recomendar una oposición necesitamos conocer tu nivel educativo, el tiempo de estudio que puedes dedicar, las tareas que te gustaría desempeñar en tu puesto laboral, tus expectativas laborales.

Estaremos encantados de analizar tu situación y orientarte sobre la oposición más adecuada para ti en tu centro ADAMS más cercano, llamando al 670 399 399 o escribiendo a [email protected]
Las Administraciones Públicas publican en sus páginas web y en los Boletines Oficiales la situación de los procesos selectivos que ofertan y convocan. Pero si quieres evitar estar pendiente de consultar sus páginas web, te recomendamos que consultes nuestra sección de noticias de oposiciones, donde nuestros especialistas de empleo público publican las últimas noticias del sector. 

Convocatoria Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general) 2026

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Estado

Abierto Plazo de Instancias

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Requerido

Grado universitario, Licenciado universitario o Ingeniero

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Plazas

7

Calendar

Instancias

09/07/2026 - 31/07/2026

Con el acompañamiento adecuado, tú también lo puedes lograr

Adapta el estudio a tu vida, elige tu opción.

Camera

Clases por videoconferencia

Clases en directo

Puedes verlas en diferido durante 15 días. 

Configurar mi oposición

Primeros pasos

¿Cómo quieres preparar tu examen Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)?

Clase videoconferencia

En directo desde donde quieras

Pago mensual sin matrícula, ni permanencia

Clases en directo

Opción de

6/9/12 meses

¿Qué incluye?

  • Planes de 6, 9 o 12 meses con hasta 3 meses de clases gratis (incluido con el plan de 12 meses)

  • Opción de pago mensual, sin permanencia, ni renovaciones sorpresa

  • Acceso en diferido a las clases durante 15 días

  • ADAMS Test incluido en la opción de planes

Convocatoria 2026

Método de estudio Adams y todo el material que necesitas

 

Publicación de la oferta

Febrero 2026

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Publicación de la bases

Convocatoria (DOGV)

Julio 2026

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En curso

Presentación de Instancias

Desde 09/07/2026 hasta el 31/07/2026

Lista provisional

Reclamaciones

Publicación de lista definitiva

Concurso

Publicación de lista de aprobados

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El orientador te asesorará de manera GRATUITA. Rellena el formulario, cuéntale tu historia y resolverá tus dudas.

¿Por qué opositar a Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)?

Retribuciones

Cobrarás unos 41.000 euros brutos anuales.
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¿Qué hacen los Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)?

¿Qué hacen los Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos (temario parte especial y temas de UE parte general)?

Los funcionarios de Técnicos de Fondos Europeos, adscritos orgánicamente a los departamentos con competencias en materia de fondos europeos de la Generalitat Valenciana, realizan funciones de coordinación y gestión para la ejecución de los fondos estructurales y de inversión europeos (fondos EIE) en la Comunitat Valenciana.

Convocatoria

Anualmente salen las convocatorias. 
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Estabilidad

Conseguirás un puesto de trabajo estable, pudiendo conciliar tu vida laboral y familiar.
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Aprobados ADAMS

El 40% lograron plaza en 2023, el 78% en 2024 y el 36,84% de los que pasan al curso selectivo 2025 son de ADAMS.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en las siguientes bases.

ECon el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los diferentes procesos selectivos, la realización de pruebas podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.

En relación con la celebración de los ejercicios de los procesos selectivos en ejecución de la OPE 2026 se dispone lo siguiente:
Los primeros o únicos ejercicios, en su caso, se podrán celebrar el mismo día y a la misma hora si pertenecen a la misma agrupación, conforme a las indicadas en el anexo III.

Fase de oposición

El proceso selectivo constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio, y un curso selectivo.

Puntuación final

La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos, que se distribuirán de la siguiente manera:

La calificación del primer ejercicio será de 0 a 50 puntos. Siendo necesario para superar el ejercicio 25 puntos y haber obtenido el mínimo de la puntuación requerida en cada una de las partes.

  • a) La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la primera parte.
    El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40% de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3)
    Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional.
  • b) La segunda parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la segunda parte.
    El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40% de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3)
    Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional.

La calificación del segundo ejercicio será de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.

Se presumirá idéntico valor a todos los supuestos prácticos, que se distribuirá proporcionalmente entre las preguntas o apartados que compongan el supuesto práctico, salvo que el OTS, en atención a la extensión, complejidad y/o dificultad técnica, establezca distinta puntuación a los supuestos prácticos o a cada una las cuestiones formuladas en los citados supuestos, en cuyo caso, lo comunicará a las personas aspirantes, con carácter previo a la realización del ejercicio.

La calificación del curso selectivo será, de conformidad con lo establecido en la base 7.3.1, «apto» o «no apto».

La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de los opositores en la relación de aprobados, vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios obligatorios, siempre que se hubiese obtenido, como mínimo, la puntuación indicada en cada caso y se haya obtenido la calificación de apto en el curso selectivo.

El primer ejercicio, constará de 2 partes, que se realizaran en el mismo día, de carácter obligatorio y eliminatorio.

  • a) La primera parte, que tendrá lugar por la mañana, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 160 preguntas, que en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo IV, de las cuales, 50 preguntas versarán sobre las materias recogidas en la «parte general» común a los 3 procesos selectivos, y 110 preguntas versarán sobre la «parte especial» del «Proceso selectivo 1: A1-01. Superior de administración», «Proceso selectivo 2: A1-01. Superior de administración. Especialidad ciencias jurídicas» o «Proceso selectivo 3: APT-A1-01-02, de fondos europeos», según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones de la base 4.2.
    El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 60 segundos ni superior a 90 segundos por pregunta.
  • b) La segunda parte, que tendrá lugar por la tarde, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas teórico-prácticas que, en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo IV «parte especial» según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones de la base 4.2.
    El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 120 segundos ni superior a 180 segundos por pregunta.

De las personas aspirantes que superen el segundo ejercicio, y con base en la puntuación obtenida en la fase de oposición, accederán a la realización del curso selectivo el número de personas equivalente a las plazas a cubrir en cada proceso selectivo, incrementado, en su caso, con el número de plazas de promoción interna que queden desiertas en cada proceso selectivo.

Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, serán convocadas a la realización del curso selectivo eliminatorio, previo nombramiento por el órgano convocante, como personal funcionario en prácticas, con el calendario, duración y efectos que se determinen.

El curso tendrá como finalidad proporcionar la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.

Preparación de temas específicos en las oposiciones de Técnicos de Fondos Europeos Generalitat Valenciana

¿Has preparado con anterioridad las oposiciones de APT-01-01-02 cuerpo superior de administración de fondos europeos o las oposiciones de A1-01 de Técnicos de la Generalitat Valenciana y ahora quieres a la especialidad de Fondos? Con esta preparación tienes la oportunidad de centrarte en los temas relativos a la Unión Europea, ya que el objetivo principal es de estudiar los temas UE parte general y el temario de laparte especial, excepto, las materias de Contratos, Subvenciones y Gestión financiera. 

Se convocan 7 plazas para Técnicos de Fondos Europeos de la GenVal, por turno libre (se publica corrección de errores, abriendo nuevo plazo de presentación de instancias).

En ADAMS Formación encontrarás la academia de oposiciones experta en la preparación de las oposiciones para esta especialidad. Comenzamos preparando la Bolsa de A1 de la Generalitat Valenciana de Fondos Europeos donde ¡más de 78% de nuestros alumnos aprobaron el proceso! Y continuamos ayudando a que más alumnos consigan su plaza como funcionario de carrera.

Y si es la primera vez que preparas estas oposiciones, te recomendamos la preparación completa de Técnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos.


Enlaces oficiales

  • Convocatoria (DOGV)
  • Oferta

Calendario

  • Intervalo de solicitud de instancias: 09/07/2026 - 31/07/2026
  • Convocatoria: 08/07/2026
  • Publicación de la oferta: 09/02/2026
  • Teórico. Primer ejercicio: Fecha inicio: 19-12-2026

Plazas de la oposición

Datos convocatoria

Plazas: 7
Plazas turno libre: 7
Plazas discapacitados: 0
Plazas promoción interna: 0
Plazas de integración: 0

Requisitos de la oposición

  • Nacionalidad. Debes ser ciudadano español o de algún estado miembro de la Unión Europea. También puedes participar si eres cónyuge de un ciudadano español o de otro estado miembro de la UE, sin importar tu nacionalidad. Además, están habilitados para participar aquellos ciudadanos de países con los que la UE ha firmado tratados internacionales que España ha ratificado y que permiten la libre circulación de trabajadores.
  • Edad. Es necesario tener al menos 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Titulación. Se requiere poseer el título de Grado universitario o licenciatura, ingeniería o arquitectura.
  • Capacidad funcional. Es imprescindible contar con la capacidad funcional requerida para cumplir con las funciones del puesto o especialidad a la que aspiras.
  • No puedes haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública por medio de expediente disciplinario ni judicial.

Por ello, combinará, de conformidad con lo que se detalle en la guía de contenidos de este, una actividad formativa tutorizada de carácter práctico, con la estancia en entornos laborales, donde deberán adquirir conocimientos prácticos sobre la gestión de los diferentes procedimientos administrativos propios de las funciones del puesto.

El curso estará organizado y realizado por el Instituto Valenciano de Administración Pública e incluirá, entre otros, un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y un módulo en materia de violencia de género, así como un módulo en materia de competencias generales que se consideran convenientes para el ejercicio de las funciones asignadas a las plazas objeto de la presente convocatoria.

La persona titular de la Dirección General de Función Pública establecerá el calendario, programa y lugares de su realización, así como las demás normas que regulen esta fase, la cual tendrá una duración máxima de cuatro meses.

El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia al mismo, así como realizar las actividades que se impartan en su desarrollo y la superación de las pruebas o prácticas que, en su caso, se establezcan.

A la finalización del mismo se deberá obtener la declaración de «apto» que se emitirá por el OTS sobre la base del informe del tutor de los aspirantes, que será designado por la Dirección General de Función Pública.

Las personas aspirantes que no hayan obtenido la calificación de apto en el curso selectivo, no serán incluidos en la relación de aprobados.

Consistirá en resolver, mediante la ordenador facilitado por el centro gestor, que dispondrá de determinada legislación entre la que constará la necesaria para la resolución del ejercicio, en un tiempo mínimo de 3 horas y máximo de 4, a determinar por el OTS, 2 o 3 supuestos prácticos, referidos a las materias recogidas en el anexo IV.

Los aspirantes interesados en preparar solo las materias específicas de la Unión Europea y de Fondos Europeos solo verán los temas del programa indicados en negrita en el bloque de materias de la Parte General; además de los temas de la parte especial (a excepción de las materias de Contratos, Subvenciones y Gestión Financiera).

Parte general

I. Constitución y organización del estado

  1. La Constitución española de 1978. Características, estructura. Título Preliminar. De los derechos y deberes fundamentales. La Corona: su regulación en la Constitución española. Las Cortes Generales. Las cámaras: composición, organización y funciones. La función legislativa. Relaciones entre las cámaras. Los tratados internacionales. De la reforma constitucional.
  2. Del Gobierno y de la Administración. El presidente o presidenta del Gobierno. El Consejo de ministros. Estatuto de los miembros del Gobierno. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
  3. La Administración Pública: principios constitucionales que la informan. Gobierno y Administración. La Administración General del Estado: organización administrativa. Los ministerios: estructura. Los órganos territoriales. Economía y hacienda: principios reguladores en la Constitución. El Tribunal de Cuentas en la Constitución.
  4. El Poder Judicial: la regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: Composición y funciones. La regulación constitucional del Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo: Naturaleza, competencias y resoluciones.
  5. Regulación constitucional de la organización territorial del Estado: Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas.

    II. Organización de la Comunitat Valenciana

  6. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: La Comunitat Valenciana. De los derechos de los valencianos y valencianas. La Reforma del Estatuto. La Generalitat.
  7. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: las competencias. Las relaciones con el Estado y otras comunidades autónomas. Relaciones con la Unión Europea. Acción exterior. Administración local. Economía y hacienda.
  8. Les Corts: el procedimiento legislativo. Control de las disposiciones del Consell con fuerza de Ley. El sistema electoral valenciano: el Derecho de sufragio, el sistema electoral y la convocatoria de elecciones.
  9. Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell: el president o presidenta de la Generalitat: elección y estatuto personal. Atribuciones. El Consell: composición. Atribuciones y funcionamiento. La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Relaciones entre el Consell y Les Corts.
  10. Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell: Gobierno y Administración. Los consellers o conselleras. Estatuto personal. La Administración pública de la Generalitat. Organización, competencias y estructura. Organización territorial de las consellerias. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la Administración pública de la Generalitat.
  11. La o el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Jurídic Consultiu, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comité Econòmic i Social. Leyes que regulan estas instituciones: objeto, funciones y competencias.

    III. Unión Europea

  12. Las instituciones y organismos de la Unión Europea. Composición y funciones: El Parlamento Europeo, El Consejo Europeo, El Consejo de la Unión Europea, La Comisión Europea, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, El Banco Central Europeo, El Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social. El Comité de las Regiones.
  13. Naturaleza, valores y finalidades y objetivos de la Unión Europea. Los miembros de la Unión Europea. Las competencias de la Unión Europea, delimitación, clasificación y principios de su ejercicio.

    IV. Materias Transversales

  14. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI: Deber de protección; Medidas en el ámbito administrativo.
  15. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios rectores, medidas de sensibilización, prevención y detección; Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género; Tutela Institucional.

Parte especial «proceso selectivo 2 APT-01-01-02 cuerpo superior de administración de fondos europeos»

I. Derecho administrativo

  1. La iniciativa legislativa y la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. Forma, estructura y procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat. Las exigencias de calidad normativa y programación.
  2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: objeto y ámbito subjetivo de aplicación. Las personas interesadas en el procedimiento. La actividad de las administraciones públicas: normas generales de actuación. Términos y plazos. Especial referencia a la identificación, firma y la utilización de medios electrónicos, el registro y el archivo electrónico.
  3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Los actos administrativos: requisitos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Especial referencia a la notificación electrónica.
  4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Disposiciones sobre los procedimientos administrativos: garantías del procedimiento. Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución del procedimiento. La tramitación simplificada. Especial referencia al procedimiento electrónico.
  5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: La revisión de los actos en vía administrativa: la revisión de oficio. Los recursos administrativos.
  6. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Disposiciones generales. De los órganos de las Administraciones Públicas. Actuación y funcionamiento electrónico del Sector Público. Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa y transformación digital.
  7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. De los convenios. Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regulan los convenios que suscriba la Generalitat y su registro.
  8. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: preceptos básicos. Ley 1/2015, de 6 de febrero de la Generalitat, de hacienda pública, del sector instrumental y de subvenciones: Título X.
  9. Los contratos del sector público (I). Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de contratos del sector público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos administrativos y contratos privados. Perfección y forma del contrato. Régimen de invalidez. Del recurso especial en materia de contratación. Partes del contrato. Órganos autonómicos en materia de contratación.
  10. Los contratos del sector público (II). Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Normas generales de la preparación de contratos por las administraciones públicas. Especial referencia a las cláusulas sociales y ambientales. Los Contratos Menores.
  11. Los contratos del sector público (III). Adjudicación de los contratos de las administraciones públicas: normas generales. Tipos de procedimiento. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. De los tipos de contratos de las Administraciones públicas.
  • La regulación constitucional de la función pública. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. El personal al servicio de las administraciones públicas. El personal directivo. Derechos y deberes. Código de conducta.
  • La Ley 1/2015, de 6 de febrero de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones: ámbito de aplicación y organización del sector público de la Generalitat. El régimen de la Hacienda Pública de la Generalitat. El sector público instrumental de la Generalitat: los organismos públicos, las sociedades mercantiles, las fundaciones y los consorcios.
  • El presupuesto de la Generalitat (I). Concepto y naturaleza. Los principios y reglas de programación y gestión presupuestaria. La programación presupuestaria y el objetivo de estabilidad. Contenido y créditos iniciales, elaboración y estructura. Presupuestos consolidados. Tramitación y aprobación. Prórroga. Procedimiento de Gestión presupuestaria. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija. Ley de presupuestos de la Generalitat vigente: normas generales de la gestión; otras normas de gestión.
  • El presupuesto de la Generalitat (II). Los créditos presupuestarios y sus modificaciones. Ley de presupuestos de la Generalitat vigente: normas para la modificación de los presupuestos y competencias para su autorización. Carácter limitativo de los créditos. Su contabilización. Procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat. Sector Público empresarial y fundacional.

    II. Las políticas de la Unión Europea y su presupuesto

  • Características del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Fuentes del derecho de la Unión Europea. Tratados constitutivos. Actos jurídicos de la Unión: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.
  • Derechos fundamentales y ciudadanía de la Unión. El mercado interior: la libre circulación de mercancías, libre circulación de trabajadores, libre circulación de personas, servicios y capitales. Las competencias y garantías sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia.
  • Las políticas de la Unión Europea (I): agricultura; transportes; medio ambiente; política económica y monetaria.
  • Las políticas de la Unión Europea (II): empleo y política social; educación, formación profesional y juventud; cultura; salud pública.
  • Las políticas de la Unión Europea (III): la cohesión económica, social y territorial.
  • Derecho de la Unión Europea. El Derecho Primario y el Derecho Derivado. Jerarquía de las normas. La relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. Principios y control. La participación de las CCAA y de la Generalitat en la formación y en la ejecución del derecho de la Unión Europea.
  • El presupuesto de la Unión Europea: concepto y naturaleza. Principios presupuestarios. El ciclo presupuestario.
  • El presupuesto de la Unión Europea: Contenido, elaboración y estructura. Tramitación y aprobación. La gestión del presupuesto.

    III. Reglamento de disposiciones comunes

  • Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Consideraciones generales a la norma. Considerandos (1) a (96). Título I, Objetivos y normas generales de ayuda; Título II, Enfoque estratégico.
  • Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título III, Programación; Título IV, Capítulo I, Seguimiento; Título IV, Capítulo II, Evaluación. Título V, Ayuda financiera de los Fondos.
  • Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título VI, Gestión y Control; Título VII. Gestión Financiera, presentación y examen de cuentas y correcciones financieras; Título VIII, Marco Financiero.
  • Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título IX, Delegación de Poderes y Disposiciones de Ejecución Transitorias y Finales. Anexos salvo el VI y el XXVI.

    IV. Comunicación y visibilidad

  • Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021: Título IV, Seguimiento, Evaluación, Comunicación y Visibilidad, Capítulo III, Visibilidad, transparencia y comunicación, ANEXO IX Comunicación y Visibilidad Artículos 47, 49 Y 50.
  • Apartado 7 Comunicación y visibilidad y Apéndice 3 Operaciones de importancia estratégica de los programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027.

    V. Procedimientos

  • Designación como Organismo Intermedio y Acuerdo de atribución de funciones al Organismo Intermedio. Descripción de funciones y procedimientos de la Generalitat Valenciana programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027 vigentes.

    VI. Verificación

  • Verificaciones de gestión. Objetivos, metodología y alcance: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  • Verificaciones administrativas: Normas nacionales de subvencionabilidad de los gastos en los programas Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo Plus 2021-2027; y Titulo V, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  • Verificaciones administrativas y sobre el terreno basadas en el riesgo.
  • Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (I). Contratación pública, ayudas e Instrumentos financieros: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes.; Título V, Capítulo II, Sección I y Sección II, y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  • Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (II). Durabilidad de las operaciones, Medio ambiente, Igualdad y no discriminación e Indicadores: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; Título I, Capítulo II, Título V, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  • Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (III). Opciones de costes simplificados, Asistencia Técnica y Financiación no vinculada a los costes: orientaciones para los estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; título III, capítulo III y título VII, capítulo I, Sección II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; Capítulo 6 de las Directrices sobre el uso de opciones de costes simplificados en los Fondos contemplados en el Reglamento (UE) 2021/1060 (Reglamento sobre Disposiciones Comunes) (C/2024/7467).
  • Pista de Auditoría: Título VI, Capítulo I, y Anexo XIII del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  • Sistema contable y doble financiación. Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión: Título IV, Capítulo 4, Sección 3, y Título VIII, Capítulo 2.
  • Correcciones financieras: Título VII, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; y Decisión de la Comisión, de 14 de mayo de 2019, por la que se establecen las directrices para la determinación de las correcciones financieras que deben aplicarse a los gastos financiados por la Unión en caso de incumplimiento de las normas aplicables a la contratación pública.
  • Evaluación de los sistemas de gestión y control. Requisitos clave, clasificación y categorías: Orientaciones vigentes para la Comisión y los Estados miembros sobre una metodología común para la evaluación de los sistemas de gestión y control en los Estados miembros; Título VI, Capítulo I, y Anexo XI del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.

    VII. Política antifraude

  • Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal.
  • Reglamento (UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre de 2013, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.
  • Orientaciones vigentes para los Estados miembros y las autoridades del Programa sobre la Evaluación del Riesgo de Fraude y medidas contra el fraude eficaces y proporcionales y sus anexos 1-2-3-4.
  • Orientaciones vigentes sobre cómo evitar y gestionar las situaciones de conflicto de intereses con arreglo al Reglamento Financiero
  • Guía vigente para la Aplicación de Medidas Antifraude en la Ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, de la IGAE.

    VIII. Reglamento FEDER 2021-2027

  • Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (55).
  • Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículos 1 a 4, objeto, cometidos del FEDER, objetivos específicos del FEDER y concentración temática de la ayuda del FEDER. Capítulo I, artículos 5 a 7, alcance y exclusión del alcance de la ayuda del FEDER. Capítulo I, artículo 8 y Anexo I, indicadores de FEDER e indicadores comunes de realización y de resultado para el FEDER (Inversión en empleo y crecimiento). Capítulo II, artículos 9 a 14.
  • Orientaciones técnicas vigentes sobre la defensa contra el cambio climático de las infraestructuras para el período 2021-2027. Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Reglamento delegado (UE) 2023/2485 de la Comisión de 27 de junio de 2023 que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 por el que se establecen criterios técnicos de selección adicionales para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos medioambientales.
  • Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales. Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de incentivos autonómicos, por desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre. Real decreto 166/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunitat Valenciana.

    IX. Cooperación Territorial Europea

  • Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de los instrumentos de financiación exterior.

    X. Reglamento FSE+ 2021-2027

  • Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 1296/2013: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (54).
  • Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 1296/2013: Parte I. Disposiciones generales; Parte IV. Disposiciones finales; Anexo I; Anexo II; Anexo III. Parte II, Ejecución en Régimen de Gestión Compartida. Parte III, Ejecución en Régimen de Gestión Directa e Indirecta.

    XI. Opciones de costes simplificados

  • Directrices vigentes sobre el uso de opciones de costes simplificados en los Fondos contemplados en el Reglamento (UE) 2021/1060.

    XII. Ayudas del Estado

  • El concepto de ayuda estatal; Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: art 107; Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el art 107 del TFUE (DOUE 19.07.2016 C 262/1): Apartados 2, 3, 4, 5.1, 5.2, 5.3, 6 y 7.
  • Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972, 2021/1237 y 2023/1315: Capítulos I y II.
  • RGEC 2: Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972, 2021/1237 y 2023/1315: Capítulo III (Secciones 1 a 8; 10 a 15), Anexo I (Definición de PYME).
  • Ayudas de minimis: Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  • Normativa autonómica: Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

    XIII. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

  • Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre. Adenda al Plan de recuperación, transformación y resiliencia. Anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021, relativa a la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España. Órdenes ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre. Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaría General de Fondos Europeos por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestión del PRTR. Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell.
  • El Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR). Estructura del plan y definiciones: políticas palanca, componentes, medidas y reformas e inversiones. Gobernanza interadministrativa. El sistema de gestión y control del MRR. Principios generales de actuación del MRR.