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Opiniones oposición Técnicos de la Generalitat Valenciana
Ellos confiaron en nosotros
y hoy son funcionarios
4.9/5
Dolors G.
Cos Auxiliar Generalitat de Catalunya
"Gràcies al curs Online, he pogut seguir el temari en l'horari que jo he pogut triar, i si tenia algun dubte, feia la pregunta en qüestió i el tutor/a corresponent enviava la seva resposta ràpidament. ..."
5/5
Mónica Claveguera
Cos de Gestió de la Generalitat
"Si estàs pensant a apuntar-te al curs online d’Adams per preparar la teva oposició faràs una bona elecció. La meva experiència és molt positiva, ja que des del primer moment em vaig sentir acompanyada..."
4.6/5
Eva Lista Cárdenas
Administrativa Generalitat de Catalunya. Promoción interna especial
"Adams me ha facilitado un curso on-line muy bien organizado. Los profesores son muy profesionales. En las clases que quedan grabadas, éstos facilitan documentos que son resúmenes de lo más importante ..."
5/5
Cristina Fariñas
Cos Administratiu De La Generalitat De Catalunya
"Tenir la possibilitat de preparar una oposició sense horaris de forma online amb un suport a qualsevol hora de forma telemàtica em va ajudar molt. La metodologia així com tot el material proporcionat ..."
4.5/5
Laura Martínez
Administratius Generalitat
"Gracias al curso online de ADAMS pude prepárame las oposiciones a mi ritmo, con seguimiento constante por parte tanto de los tutores pedagógicos como de los profesores del curso. Me sentí en todo mome..."
4.9/5
Noemí González
Auxiliares De La UNED
"He preparado con Adams, a través de la modalidad E-learning, dos oposiciones de la UNED. Me ha gustado mucho la modalidad E-learning y sugiero a la academia que incluya esta modalidad online para la p..."
4.8/5
Victoria Sánchez Picazo
Gestion de Estado TL
"La preparación con Adams ofrece lo que promete. El material a disposición del alumno es amplísimo, pero sin duda lo más destacable es la intuitividad de la plataforma online, que te permite estructura..."
4.8/5
David Ruiz
Administrativos de la Comunidad de Madrid
"Teníamos simulacros continuamente. Había dos tipos, los que el profesor te ponía para practicar semanales, y los de examen puro y duro. Eso te permite estar preparado, conocer los tiempos, y cómo orga..."
4.7/5
Paloma García
Tramitación Procesal
"He tenido siempre el apoyo del tutor, la verdad es que siempre estuvo ahí. Fue muy constante en los correos, en los mensajes, siempre animando y apoyando. Me acompañó sin agobiarme."
5/5
Saray Sáez
Administrativos de la Junta de Andalucía
"Para mí ha sido fundamental el apoyo de la Academia, ya que, cuando empecé en este mundo, no tenía ni idea de leyes, de los temarios, de lo intenso que hay que dedicar."
4.5/5
Xavi Prats
Fondos Europeos
"Soy una de las 10 personas que han superado el ejercicio de Fondos Europeos, por lo que me gustaría hacer un agradecimiento al equipo de Adams que preparó esta oposición porque me ha sido de gran ayud..."
4.8/5
Alberto Castro Ortíz
Técnico Auxiliar Informática
"La vida da muchas vueltas y, casi con 50 años, me encontré en una situación laboral que no esperaba.
Pero nunca es tarde para volver a estudiar y preparar unas oposiciones.
Con ADAMS todo fue mucho..."
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Preguntas frecuentes sobre Técnicos de la Generalitat Valenciana
Es fantástico que estés considerando hacer carrera en la Generalitat Valenciana, especialmente en la categoría de Técnico de administración general. Trabajar en el sector público no solo te ofrece estabilidad económica y seguridad laboral, sino también muchas oportunidades para tu crecimiento profesional.
Si necesitas información detallada sobre cómo acceder al puesto de Técnico Superior en la Generalitat Valenciana o algunos consejos para prepararte para el proceso de selección, estamos aquí para ayudarte. A continuación, te explicamos los pasos para formar parte del cuerpo de Técnicos de la Generalitat Valenciana.
Para todas aquellas personas interesadas en las oposiciones en Valencia en 2025 ahora tienes una oportunidad con las oposiciones de la Generalitat Valenciana 2025, ya que en el primer trimestre de 2025 se publicará la OEP 2025.
La Ley de Función Pública valenciana establece que la convocatoria tiene que publicarse en los tres meses siguientes desde que se publica la OEP.
Para presentarte a las oposiciones a la Generalitat Valenciana, y en concreto, al cuerpo superior de Técnicos GVA debes tener el título universitario de grado o licenciatura, ingeniería superior o arquitectura.
Estos funcionarios están clasificados para su provisión por el cuerpo A1-01, Superior técnico de administración general de la administración de la Generalitat y se encuentran adscritos orgánicamente a los departamentos de la Generalitat Valenciana, realizando con carácter general tendrán funciones de planificación, asesoramiento, gestión, inspección, ejecución, control, evaluación, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior.
Para poder participar en las oposiciones que convoca la Administración Pública valenciana para el A1-01 gva debes cumplir una serie de requisitos:
Nacionalidad. Debes ser ciudadano español o de algún estado miembro de la Unión Europea. También puedes participar si eres cónyuge de un ciudadano español o de otro estado miembro de la UE, sin importar tu nacionalidad. Además, están habilitados para participar aquellos ciudadanos de países con los que la UE ha firmado tratados internacionales que España ha ratificado y que permiten la libre circulación de trabajadores.
Edad. Debes tener, al menos, 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
Titulación. Deberás tener el título de Grado universitario o licenciatura, ingeniería o arquitectura.
Capacidad funcional. Es imprescindible contar con la capacidad funcional requerida para cumplir con las funciones del puesto o especialidad a la que aspiras.
No puedes haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública por medio de expediente disciplinario ni judicial.
Las plazas de turno libre de Técnicos Generalitat Valenciana se rigen por el sistema de oposición. Por lo que solo se tendrá en cuenta la nota que obtengas al finalizar el proceso selectivo. La fase de oposición consta de dos ejercicios.
Ejercicio A1-01 gva
Primer ejercicio
Tiene 2 partes, a realizar en el mismo día:
a) La primera parte, un cuestionario de 160 preguntas: 50 preguntas versarán sobre las materias recogidas en la «parte general» común y 110 preguntas versarán sobre la «parte especial» «proceso selectivo 1 parte especial A1-01 cuerpo superior de administración ».
b) La segunda parte, un cuestionario de 40 preguntas teórico-prácticas, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I «parte especial».
Quienes superen este primer ejercicio accederán a la realización del curso selectivo.
El curso selectivoestará organizado y realizado por el Instituto Valenciano de Administración Pública. Los aspirantes admitidos al curso selectivo serán nombrados por el órgano convocante, funcionarios en prácticas durante el tiempo que estén en el curso y con determinación de la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
El curso tendrá como finalidad proporcionar a los aspirantes la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.
Segundo ejercicio
También tiene 2 partes.
a) La primera parte, consistirá en la realización de una serie de pruebas para la evaluación de las competencias generales, que serán evaluadas, a través de un ejercicio en grupo y la prueba de la bandeja electrónica.
b) La segunda parte, consistirá en resolver, mediante ordenador facilitado por el centro gestor que dispondrá de determinada legislación entre la que constará la necesaria para la resolución del ejercicio.
Nº de Temas
El programa de las oposiciones de Técnicos gva se compone de 75 temas (15 de la parte general y 60 de la parte especial).
Bolsa de Trabajo Técnicos Generalitat Valenciana
La Generalitat Valenciana gestiona bolsas de empleo temporal para cubrir puestos de trabajo de manera provisional en su Administración.
Bolsas generadas a partir de los procesos de selección realizados como parte de la oferta de empleo público.
Bolsas originadas de una convocatoria pública, específica y extraordinaria. Estas son convocadas por la dirección general con competencias en Función Pública, previa aprobación de la Comisión de Seguimiento, y se gestionan mediante pruebas selectivas o a través de un sistema de baremación y experiencia.
Cómo se presenta la solicitud en las oposiciones de Técnicos de la Generalitat Valencina
La solicitud de participación en los procesos selectivos de la Generalitat Valenciana debe realizarse de manera electrónica. Para ello, es necesario estar registrado en el sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve o disponer de un certificado digital de firma electrónica; el DNIe también es válido.
En ADAMS no tienes la obligación de cumplir con un periodo mínimo de permanencia ni de pagar matrícula. Pagarás mes a mes hasta la fecha del examen o mientras asistas a clases. Con más de 67 años de experiencia, hemos formado a miles de futuros empleados públicos, y más de 64.000 de nuestros alumnos han conseguido su plaza como funcionarios.
Te ofrecemos varias opciones para prepararte para las oposiciones del cuerpo superior de Técnicos de la GVA. A continuación, te presentamos todas las alternativas disponibles:
Clases de oposiciones
Podrás asistir a las clases de manera presencial en nuestras aulas del Centro de Valencia o conectarte desde donde prefieras a través de tu dispositivo móvil. En ambos casos, las clases se graban y estarán disponibles durante 15 días, para que puedas verlas cuando te sea más conveniente si no puedes asistir en directo:
En ADAMS te ayudamos a obtener tu plaza de Técnico en la Generalitat Valenciana. ¡Es tu momento de dar el paso y elegir formarte con nosotros!
¿Dónde se presenta la solicitud para oposiciones de Técnico de la Generalitat Valenciana?
Si quieres presentarte a la convocatoria de Técnicos gva tienes que inscribirte en el proceso selectivo, dentro del plazo de presentación de instancias, de forma telemática. Para lo que necesitarás estar registrado en Cl@ve, o poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe.
¿Cómo prepararte a las oposiciones de Técnicos Generalitat Valenciana?
El tiempo necesario para prepararte dependerá de las horas que puedas dedicar y de tus conocimientos previos sobre el tema. Recomendamos dedicar al menos seis horas diarias y contar con el respaldo de una academia que te brinde orientación y apoyo en la planificación de tus estudios. Así, podrás optimizar tu esfuerzo y aumentar tus posibilidades de obtener una plaza.
¿Cómo acceder a la bolsa de trabajo de Técnicos GVA?
La Generalitat Valenciana utiliza bolsas de empleo para incorporar personal que cubra bajas por enfermedad, periodos de vacaciones u otras situaciones administrativas de sus funcionarios.
¿Cuándo son las oposiciones de Técnicos de la Generalitat Valenciana?
En el primer semestre de 2025 se publicará la OEP 2025 de la Generalitat Valenciana. Tres meses después se convocarán las plazas que se hayan ofertado.
Convocatoria Técnicos de la Generalitat Valenciana 2026
Estado
Abierto Plazo de Instancias
Requerido
Grado universitario, Licenciado universitario o Ingeniero
Plazas
29
Instancias
09/07/2026 - 31/07/2026
Con el acompañamiento adecuado, tú también lo puedes lograr
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Clases presenciales con opción a verlas desde casa
Puedes verlas en diferido durante 15 días.
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Clase videoconferencia o híbrida
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Pago mensual sin matrícula, ni permanencia
Clases en directo
Opción de
6/9/12 meses
¿Qué incluye?
Planes de 6, 9 o 12 meses con hasta 3 meses de clases gratis (incluido con el plan de 12 meses)
Opción de pago mensual, sin permanencia, ni renovaciones sorpresa
Acceso en diferido a las clases durante 15 días
ADAMS Test incluido en la opción de planes
Convocatoria 2026
Método de estudio Adams y todo el material que necesitas
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en las siguientes bases.
ECon el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los diferentes procesos selectivos, la realización de pruebas podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.
En relación con la celebración de los ejercicios de los procesos selectivos en ejecución de la OPE 2026 se dispone lo siguiente: Los primeros o únicos ejercicios, en su caso, se podrán celebrar el mismo día y a la misma hora si pertenecen a la misma agrupación, conforme a las indicadas en el anexo III.
Fase de oposición
El proceso selectivo constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio, y un curso selectivo.
Puntuación final
La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos, que se distribuirán de la siguiente manera:
La calificación del primer ejercicio será de 0 a 50 puntos. Siendo necesario para superar el ejercicio 25 puntos y haber obtenido el mínimo de la puntuación requerida en cada una de las partes.
a) La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la primera parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40% de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional.
b) La segunda parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la segunda parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40% de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional.
La calificación del segundo ejercicio será de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.
Se presumirá idéntico valor a todos los supuestos prácticos, que se distribuirá proporcionalmente entre las preguntas o apartados que compongan el supuesto práctico, salvo que el OTS, en atención a la extensión, complejidad y/o dificultad técnica, establezca distinta puntuación a los supuestos prácticos o a cada una las cuestiones formuladas en los citados supuestos, en cuyo caso, lo comunicará a las personas aspirantes, con carácter previo a la realización del ejercicio.
La calificación del curso selectivo será, de conformidad con lo establecido en la base 7.3.1, «apto» o «no apto».
La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de los opositores en la relación de aprobados, vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios obligatorios, siempre que se hubiese obtenido, como mínimo, la puntuación indicada en cada caso y se haya obtenido la calificación de apto en el curso selectivo.
El primer ejercicio, constará de 2 partes, que se realizaran en el mismo día, de carácter obligatorio y eliminatorio.
a) La primera parte, que tendrá lugar por la mañana, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 160 preguntas, que en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo IV, de las cuales, 50 preguntas versarán sobre las materias recogidas en la «parte general» común a los 3 procesos selectivos, y 110 preguntas versarán sobre la «parte especial» del «Proceso selectivo 1: A1-01. Superior de administración», «Proceso selectivo 2: A1-01. Superior de administración. Especialidad ciencias jurídicas» o «Proceso selectivo 3: APT-A1-01-02, de fondos europeos», según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones de la base 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 60 segundos ni superior a 90 segundos por pregunta.
b) La segunda parte, que tendrá lugar por la tarde, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas teórico-prácticas que, en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo IV «parte especial» según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones de la base 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 120 segundos ni superior a 180 segundos por pregunta.
De las personas aspirantes que superen el segundo ejercicio, y con base en la puntuación obtenida en la fase de oposición, accederán a la realización del curso selectivo el número de personas equivalente a las plazas a cubrir en cada proceso selectivo, incrementado, en su caso, con el número de plazas de promoción interna que queden desiertas en cada proceso selectivo.
Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, serán convocadas a la realización del curso selectivo eliminatorio, previo nombramiento por el órgano convocante, como personal funcionario en prácticas, con el calendario, duración y efectos que se determinen.
El curso tendrá como finalidad proporcionar la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.
Convocatoria 2026 de Técnicos Generalitat Valenciana
La Generalitat Valenciana convoca 29 plazas para el Cuerpo de Técnico (A1-01), en turno libre, correspondientes a la OEP 2026 (se publica corrección de errores, abriendo nuevo plazo de presentación de instancias).
Intervalo de solicitud de instancias: 09/07/2026 - 31/07/2026
Convocatoria: 08/07/2026
Publicación de la oferta: 09/02/2026
Teórico. Primer ejercicio: Fecha inicio: 19-12-2026
Plazas de la oposición
Datos convocatoria
Plazas: 29
Plazas turno libre: 26
Plazas discapacitados: 3
Plazas promoción interna: 0
Plazas de integración: 0
Requisitos de la oposición
Nacionalidad. Debes ser ciudadano español o de algún estado miembro de la Unión Europea. También puedes participar si eres cónyuge de un ciudadano español o de otro estado miembro de la UE, sin importar tu nacionalidad. Además, están habilitados para participar aquellos ciudadanos de países con los que la UE ha firmado tratados internacionales que España ha ratificado y que permiten la libre circulación de trabajadores.
Edad. Debes tener, al menos, 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
Titulación. Deberás tener el título de Grado universitario o licenciatura, ingeniería o arquitectura.
Capacidad funcional. Es imprescindible contar con la capacidad funcional requerida para cumplir con las funciones del puesto o especialidad a la que aspiras.
No puedes haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública por medio de expediente disciplinario ni judicial.
Por ello, combinará, de conformidad con lo que se detalle en la guía de contenidos de este, una actividad formativa tutorizada de carácter práctico, con la estancia en entornos laborales, donde deberán adquirir conocimientos prácticos sobre la gestión de los diferentes procedimientos administrativos propios de las funciones del puesto.
El curso estará organizado y realizado por el Instituto Valenciano de Administración Pública e incluirá, entre otros, un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y un módulo en materia de violencia de género, así como un módulo en materia de competencias generales que se consideran convenientes para el ejercicio de las funciones asignadas a las plazas objeto de la presente convocatoria.
La persona titular de la Dirección General de Función Pública establecerá el calendario, programa y lugares de su realización, así como las demás normas que regulen esta fase, la cual tendrá una duración máxima de cuatro meses.
El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia al mismo, así como realizar las actividades que se impartan en su desarrollo y la superación de las pruebas o prácticas que, en su caso, se establezcan.
A la finalización del mismo se deberá obtener la declaración de «apto» que se emitirá por el OTS sobre la base del informe del tutor de los aspirantes, que será designado por la Dirección General de Función Pública.
Las personas aspirantes que no hayan obtenido la calificación de apto en el curso selectivo, no serán incluidos en la relación de aprobados.
Consistirá en resolver, mediante la ordenador facilitado por el centro gestor, que dispondrá de determinada legislación entre la que constará la necesaria para la resolución del ejercicio, en un tiempo mínimo de 3 horas y máximo de 4, a determinar por el OTS, 2 o 3 supuestos prácticos, referidos a las materias recogidas en el anexo IV.
Parte general
I. Constitución y organización del Estado
La Constitución española de 1978. Características, estructura. Título Preliminar. De los derechos y deberes fundamentales. La Corona: su regulación en la Constitución española. Las Cortes Generales. Las cámaras: composición, organización y funciones. La función legislativa. Relaciones entre las cámaras. Los tratados internacionales. De la reforma constitucional.
Del Gobierno y de la Administración. El presidente o presidenta del Gobierno. El Consejo de ministros. Estatuto de los miembros del Gobierno. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
La Administración Pública: principios constitucionales que la informan. Gobierno y Administración. La Administración General del Estado: organización administrativa. Los ministerios: estructura. Los órganos territoriales. Economía y hacienda: principios reguladores en la Constitución. El Tribunal de Cuentas en la Constitución.
El Poder Judicial: la regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: Composición y funciones. La regulación constitucional del Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo: Naturaleza, competencias y resoluciones.
Regulación constitucional de la organización territorial del Estado: Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas.
II. Organización de la Comunitat Valenciana
El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: La Comunitat Valenciana. De los derechos de los valencianos y valencianas. La Reforma del Estatuto. La Generalitat.
El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: Las competencias. Las relaciones con el Estado y otras Comunidades Autónomas. Relaciones con la Unión Europea. Acción Exterior. Administración Local. Economía y Hacienda.
Les Corts: el procedimiento legislativo. Control de las disposiciones del Consell con fuerza de Ley. El sistema electoral valenciano: el Derecho de sufragio, el sistema electoral y la convocatoria de elecciones.
Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell: el President o Presidenta de la Generalitat: elección y estatuto personal. Atribuciones. El Consell: composición. Atribuciones y funcionamiento. La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Relaciones entre el Consell y Les Corts.
Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell: Gobierno y Administración. Los consellers o conselleras. Estatuto personal. La Administración pública de la Generalitat. Organización, competencias y estructura. Organización territorial de las consellerias. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la Administración pública de la Generalitat.
La Síndica o el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Jurídic Consultiu, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comité Econòmic i Social. Leyes que regulan estas instituciones: objeto, funciones y competencias.
III. Unión Europea
Las instituciones y organismos de la Unión Europea. Composición y funciones: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, La Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Banco Central Europeo, el Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social. El Comité de las Regiones.
Naturaleza, valores y finalidades y objetivos de la Unión Europea. Los miembros de la Unión Europea. Las competencias de la Unión Europea, delimitación, clasificación y principios de su ejercicio.
IV. Materias Transversales
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI: Deber de protección; Medidas en el ámbito administrativo.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios rectores, medidas de sensibilización, prevención y detección; Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género; Tutela Institucional.
Parte especial «proceso selectivo 1 cuerpo general A1-01. Superior de administración»
I. Derecho administrativo
Las fuentes del derecho administrativo (I): concepto de fuentes del derecho. Las normas jurídicas: aplicación y eficacia general. El derecho de la Unión Europea. Los tratados internacionales. La primacía del Derecho europeo respecto de la Constitución y sus consecuencias para el sistema de fuentes. La Constitución. La ley: sus clases. Los principios de legalidad, reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia. Los estatutos de autonomía. Las leyes de las comunidades autónomas. Referencia a la costumbre y principios generales del derecho.
Las fuentes del derecho administrativo (II): el reglamento: concepto, clases y naturaleza. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales. El control de la potestad reglamentaria.
La Administración pública como persona jurídica. Las potestades administrativas. La actividad discrecional: sus límites y control. Las relaciones entre la administración y los tribunales de justicia. Conflictos de jurisdicción entre los tribunales de justicia y la Administración.
Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: concepto y elementos. Clasificación de los actos administrativos. Especial referencia a los actos de trámite y que ponen fin a la vía administrativa.
La eficacia temporal de las normas. Su entrada en vigor y el fin de su vigencia. La derogación tácita. El Derecho transitorio. El principio de irretroactividad y los derechos adquiridos.
La iniciativa legislativa y la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. Forma, estructura y procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat Las exigencias de calidad normativa y programación. Medidas frente a la hiperregulación.
La jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza. Cuestiones a las que se extiende. Órganos y competencias. Las partes y el objeto del recurso contencioso-administrativo. Ejecución de sentencias.
Del Tribunal Constitucional, su organización y atribuciones. Los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo constitucional. Los conflictos constitucionales. La impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas. El recurso previo de inconstitucionalidad contra Proyectos de Estatutos de Autonomía y sus propuestas de reforma.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito subjetivo de aplicación. Las personas interesadas en el procedimiento. La actividad de las administraciones públicas: normas generales de actuación. Términos y plazos. Especial referencia a la identificación, firma y la utilización de medios electrónicos, el registro y el archivo electrónico.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Los actos administrativos: requisitos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Especial referencia a la notificación electrónica.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Disposiciones sobre los procedimientos administrativos: garantías del procedimiento. Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución del procedimiento. La tramitación simplificada. Especial referencia al procedimiento electrónico.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: La revisión de los actos en vía administrativa: la revisión de oficio. Los recursos administrativos.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público. Relaciones interadministrativas. Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regulan los convenios que suscriba la Generalitat y su registro.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: Administración General del Estado. Organización y funcionamiento del sector público institucional.
La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. Especialidades en los procedimientos sancionadores.
La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Especialidades en los procedimientos en materia de Responsabilidad Patrimonial.
El patrimonio de las administraciones públicas: legislación básica del Estado. La Ley de patrimonio de la Generalitat.
Las formas de actividad administrativa. Actividad de limitación o policía, de fomento y de servicio público: concepto y clases. Formas de gestión de los servicios públicos.
La Administración electrónica. El Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: preceptos básicos. Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa y transformación digital.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Ley 1/2015, de 6 de febrero de la Generalitat, de hacienda pública, del sector instrumental y de subvenciones: Título X. Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.
Los contratos del sector público (I): Disposiciones generales. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos.
Los contratos del sector público (II): De los contratos de las Administraciones Públicas. De los contratos de otros entes del sector público. Organización administrativa para la gestión de la contratación.
Expropiación forzosa: fundamento y naturaleza. Sujetos, objeto y causa de la expropiación. Procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. Disposiciones generales. El municipio. La provincia. Relaciones interadministrativas. Impugnación de actos y acuerdos y ejercicio de acciones.
Relaciones entre la Generalitat y su Sector público instrumental (SPI): régimen de control, contratación, endeudamiento y recursos humanos en el Decreto Ley 1/2011, del Consell, de Medidas urgentes de Régimen Económico Financiero del SPI. Aplicación de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat de la Función Pública Valenciana a su SPI. La Comisión de Diálogo Social del Sector Público (CDSSP). Criterios sobre Ofertas de empleo público, sus convocatorias, y bolsas de empleo temporal en el VI Acuerdo de la CDSSP.
II. Gestión pública
Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de simplificación administrativa: Título I. Regulación general de la simplificación administrativa. Normativa de desarrollo de la Generalitat sobre atención a la ciudadanía y oficinas de registro, personal funcionario habilitado, entidades colaboradoras de certificación y entes habilitados.
La transparencia y el buen gobierno: normativa básica estatal y autonómica. La protección de datos de carácter personal: normativa europea, básica estatal y autonómica. Especial referencia a los derechos digitales y a las figuras del Responsable y del Encargado del tratamiento de datos, y el Delegado de Protección de Datos.
El conflicto de interés: su regulación en la normativa europea, estatal y autonómica. Especial referencia al conflicto de interés en su aplicación en la gestión de fondos europeos. Incompatibilidades y Conflictos de Intereses de las Personas con Cargos Públicos no Electo y su régimen sancionador: disposiciones generales; infracciones y sanciones disciplinarias.
III. Organización y régimen de los empleados públicos
La regulación constitucional de la función pública. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El sistema de la Seguridad Social: estructura y campo de aplicación. Régimen general y regímenes especiales. Afiliación y cotización. Acción protectora: disposiciones generales y aspectos comunes.
La Función Pública en la Generalitat (I): Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana: Objeto, principios y ámbito de aplicación de la ley. Organización de la administración de la Generalitat en materia de función pública. Personal al servicio de las administraciones públicas.
La Función Pública en la Generalitat (II). Estructuración del empleo público. Ordenación de los puestos de trabajo. Instrumentos de planificación y ordenación del empleo público. Registros de personal.
La Función Pública en la Generalitat (III). Nacimiento y extinción de la relación de servicio de los empleados públicos. Selección de personal. Adquisición y pérdida de la condición del personal empleado público. Provisión de puestos y movilidad. Promoción y carrera profesional. La evaluación del desempeño. El teletrabajo: principios y regulación en la Generalitat.
La Función Pública en la Generalitat (IV). Situaciones administrativas de los funcionarios al servicio de la Generalitat. Derechos, deberes e incompatibilidades del personal empleado público. La representación, negociación colectiva y participación institucional de los empleados públicos.
IV. Gestión económico-presupuestaria
Financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común. Necesidades globales de financiación. Recursos adicionales que se integran en el sistema. Recursos financieros. Capacidad tributaria. Fondos de Convergencia Autonómica. Cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas. La política tributaria de la Generalitat. Tributos propios y cedidos. Recursos de la Comunitat Valenciana. Competencias normativas y delegación de competencias. Anticipos de Tesorería. Resolución de conflictos. Beneficios fiscales. Fondo de Compensación Interterritorial.
La Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones: ámbito de aplicación y organización del sector público de la Generalitat. El régimen de la Hacienda Pública. El sector público instrumental de la Generalitat: los organismos públicos, las sociedades mercantiles, las fundaciones y los consorcios.
El presupuesto de la Generalitat (I). Concepto y naturaleza. Los principios y reglas de programación y gestión presupuestaria. La programación presupuestaria y el objetivo de estabilidad. Contenido y créditos iniciales, elaboración y estructura. Presupuestos consolidados. Tramitación y aprobación. Prórroga. Procedimiento de Gestión presupuestaria. Pagos a justificar. Anticipos de Caja Fija. Ley de presupuestos de la Generalitat vigente: normas generales de la gestión; normativa reglamentaria de la Generalitat sobre el procedimiento de gestión del presupuesto.
El presupuesto de la Generalitat (II). Los créditos presupuestarios y sus modificaciones. Ley de presupuestos de la Generalitat vigente: normas para la modificación de los presupuestos y competencias para su autorización. Carácter limitativo de los créditos. Su contabilización. Procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat. Sector Público empresarial y fundacional.
El control interno de la gestión económico-financiera de la Generalitat efectuado por la Intervención General de la Generalitat: ámbito y objetivos, principios de actuación y prerrogativas, deberes y facultades del personal controlador, deber de colaboración y asistencia jurídica; planes anuales y elevación al Consell de informes generales. La función interventora. El control financiero. La auditoría pública. La supervisión continua. El control externo. El control del Tribunal de Cuentas: su función fiscalizadora, el enjuiciamiento contable y su relación con la Sindicatura de Comptes.
V. Unión Europea
Características del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Fuentes del derecho de la Unión Europea. Tratados constitutivos. Actos jurídicos de la Unión: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.
Derechos fundamentales y ciudadanía de la Unión. El mercado interior: la libre circulación de mercancías, libre circulación de trabajadores, libre circulación de personas, servicios y capitales. Las competencias y garantías sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia.
Derecho de la Unión Europea. El Derecho Primario y el Derecho Derivado. Jerarquía de las normas. La relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. Principios y control. La participación de las Comunidades Autónomas y de la Generalitat en la formación y en la ejecución del derecho de la Unión Europea.
VI. Competencias de la Generalitat
Las competencias de la Generalitat en materia de políticas de prestación social, servicios sociales, dependencia, personas con discapacidad, familias, infancia y adolescencia, adopciones, juventud, mujer, personas migrantes y voluntariado social. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de Régimen Local, Justicia, Interior, Espectáculos, Protección Civil, Emergencias y Administración Pública. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de educación, formación profesional reglada, política lingüística, universidades, ciencia, I+D+i. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de sanidad, salud pública, farmacia. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de economía social, fomento del empleo, formación profesional ocupacional y continua, intermediación en el mercado laboral. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de industria, energía, sectores productivos, comercio interior y exterior, turismo, ferias sectoriales y actividades promocionales, artesanía y consumo. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de agricultura, ganadería, pesca, alimentación, desarrollo rural, política agraria común. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de medio ambiente, montes, recursos hídricos, cambio climático, y prevención de incendios. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, obras públicas, vivienda, transportes, puertos, costas y aeropuertos. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
Las competencias de la Generalitat en materia de cultura. El patrimonio histórico. Normativa aplicable en la Comunitat Valenciana en materia de patrimonio cultural valenciano, archivos, bibliotecas y deporte. Principales normas reguladoras: aspectos generales.
VII. Gestión Administrativa
Gobierno abierto: principios. Grupos de interés. La participación ciudadana en la Administración Valenciana. La Gobernanza como paradigma de gestión pública. El libro blanco de la UE y los cinco principios de la buena gobernanza. El derecho a la buena administración en la normativa europea, estatal y autonómica. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.
Las Cartas de Servicios. El sistema de quejas y sugerencias de la Generalitat. Decreto 41/2016, de 15 de abril, del Consell. Gestión de la calidad y mejora continua de los servicios públicos. La gestión de la calidad en la Administración valenciana: Normativa, Metodología.
La planificación estratégica. Utilidad y marco normativo estatal y autonómico de la planificación. Ámbito objetivo, subjetivo y temporal de la planificación. Fases de la planificación. Fase 1: Análisis de situación. Fase 2: planificación operativa y elaboración de proyectos. Fase 3: seguimiento y evaluación de los planes de actuación. Estructura del plan y del informe de evaluación.
La protección de las personas que informen sobre irregularidades: marco europeo y estatal. La protección en la ley valenciana de función pública. El sistema interno de información de la Generalitat.
La Ley orgánica 2/2012, de 27 abril, de Estabilidad Presupuestaria: ámbito de aplicación y de la Hacienda Pública de la Generalitat. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Regla de gasto. Medidas preventivas, correctivas y coercitivas. Normativa sobre periodo medio de pago a proveedores. Instrumentación del principio de transparencia. Gestión presupuestaria.
La Tesorería de la Generalitat. Concepto. Funciones. Gestión de la Tesorería. Deuda Pública y Régimen de avales. Presupuestación y contabilización.
La Cuenta General. Operaciones de ejecución y fases. Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones: Título VII. Contabilidad del sector público de la Generalitat. Título VIII. Responsabilidades.
Tasas y precios públicos en la Generalitat. Ley de tasas de la Generalitat: Objeto y normativa aplicable, concepto, principios y elementos esenciales de la tasa. Aplicación de las tasas. Potestad sancionadora en materia de tasas. Decreto 103/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se regulan los precios públicos de la Generalitat.