Administrativos Ayuntamiento de Madrid. Promoción Interna

 

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Bases de convocatoria

Publicadas las bases generales que regirán los procesos selectivos para la promoción interna independiente del personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid. (BOAM 21-10-2020). También se publican las bases específicas (BOAM 14-08-2023).

Muchos de nuestros alumnos consiguen plaza

En la convocatoria de 2022, más de la mitad de nuestros alumnos consiguieron promocionar:

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Funciones

  • Elaborar informes, resúmenes, balances, programas de trabajo y ordenación de los contenidos administrativos.
  • Realizar la contabilidad de la unidad de trabajo de su competencia.
  • Colaborar con sus superiores en los proyectos de necesidades de la unidad de trabajo, en aspectos económicos y de personal.
  • Recoger, controlar y custodiar ingresos, valores y efectos.
  • Realizar los partes de ingresos y supervisar los valores y efectos.
  • Realizar los procesos económico-administrativos generados por la actividad de su unidad de trabajo y en su relación con los diferentes estamentos del instituto, ayuntamiento, clubes, federaciones, etc.
  • Custodiar y cumplimentar los libros y registros de la unidad de trabajo de su competencia.
  • Velar por la debida atención e información al usuario.
  • Utilizar los sistemas de telecomunicación disponibles.
  • Velar por el perfecto uso de las herramientas informáticas y el material administrativo utilizado en la unidad de trabajo de su competencia.

Asímismo, se deberá ejecutar todas aquellas tareas que, dentro de la línea de las definidas, sean precisas para la buena marcha del servicio al que estén adscritos. Todo ello bajo la dirección, control y dependencia de la Jefatura del Departamento, Dirección de Instalaciones, etc, correspondiente.

Retribuciones

En el siguiente enlace está la tabla con las retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios del Ayuntamiento de Madrid: tabla retribuciones

Según las bases específicas publicadas en el BOAM 14-08-2023

El proceso de selección de los/las aspirantes constará de dos fases:

  • a) Oposición.
  • b) Concurso.

FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición, que será previa a la fase de concurso, tendrá carácter eliminatorio y constará de un solo ejercicio teórico-práctico.

El cuestionario tipo test teórico-práctico estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, distribuyéndose las preguntas de la siguiente forma:

Primera parte

La parte teórica constará de 50 preguntas. El tiempo para su realización será de 65 minutos.

Segunda parte

La parte práctica constará de 16 preguntas. El tiempo para su realización será de 40 minutos.

Calificación de la fase de oposición

El ejercicio será eliminatorio, se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos.

Todas las calificaciones deberán ser redondeadas al valor del segundo decimal.

En la calificación del cuestionario cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/5 del valor de la respuesta correcta.

Para superar este ejercicio se tendrá que obtener un mínimo de cinco puntos en la parte teórica y un mínimo de cinco puntos en la parte práctica. La calificación final del ejercicio vendrá determinada por el resultado de dividir entre dos la suma de las calificaciones parciales de la parte teórica y de la parte práctica.

Calificación final de la fase de oposición

La calificación final de la fase de oposición se obtendrá por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en esta fase.

FASE DE CONCURSO

La fase de concurso, que será posterior a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Serán méritos puntuables:

  • A) Experiencia profesional.
  • B) Formación.

Según las bases específicas publicadas en el BOAM 14-08-2023

  1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados/as de prevención. Comités de seguridad y salud. Especial referencia a la prevención de riesgos laborales del Acuerdo Convenio en vigor sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos. Representación de los empleados públicos.
  2. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. El Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos: ámbito municipal; principios rectores; estructura del Plan de Igualdad.
  3. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid (I): el Gobierno Municipal. El Pleno. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno.
  4. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid (II): Administración Pública. La Intervención General. La Tesorería. El Tribunal Económico Administrativo Municipal. La Asesoría Jurídica.
  5. La Administración territorial de Madrid: Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid.
  6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones generales. Interesados en el procedimiento. Actividad en la Administración Pública. Actos administrativos.
  7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): Garantías del procedimiento. Iniciación, Ordenación e Instrucción.
  8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): Finalización del procedimiento. La tramitación simplificada. Ejecución.
  9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): Revisión de oficio. Recursos administrativos.
  10. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones Generales. Órganos de las Administraciones Públicas. Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Los convenios.
  11. Personal al servicio de la Administración Pública conforme al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal. Derechos de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. Código de conducta.
  12. Normas generales del sistema de la Seguridad Social: Campo de aplicación. Afiliación, cotización y recaudación. Acción protectora. Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural. Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
  13. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (I): Impuestos.
  14. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (II): Tasas. Contribuciones especiales. Precios públicos.
  15. Gestión, recaudación e inspección de los tributos y precios públicos del Ayuntamiento de Madrid.
  16. El Presupuesto de las entidades locales (I): Contenido, elaboración y aprobación. Los créditos y sus modificaciones.
  17. El Presupuesto de las entidades locales (II): Ejecución y liquidación. Control y fiscalización.
  18. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo (I): Medios de intervención urbanística: Tipos. Competencias y procedimiento.
  19. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo (II): El deber de conservación. Ordenes de ejecución. La declaración de ruina.
  20. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo (III): La protección de la legalidad urbanística. Las infracciones y sanciones urbanísticas.
  21. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (I): Objeto y ámbito de aplicación. Contratos del sector público. Órganos de contratación.
  22. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (II): Capacidad y solvencia del empresario y adjudicación de los contratos.

Clases Presenciales Híbridas

Clases Presenciales

Método tradicional: los alumnos asisten físicamente a clase e interactúan directamente con los profesores y comparten experiencias y la preparación con los compañeros.

Si necesitas más información sobre nuestros planes o modalidades puedes consultarnos por email escribiendo a [email protected], llamarnos por teléfono al 617 109 109 o mandarnos tu consulta aquí.

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EJERCICIOS

Según las bases específicas publicadas en el BOAM 14-08-2023

El proceso de selección de los/las aspirantes constará de dos fases:

  • a) Oposición.
  • b) Concurso.

FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición, que será previa a la fase de concurso, tendrá carácter eliminatorio y constará de un solo ejercicio teórico-práctico.

El cuestionario tipo test teórico-práctico estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, distribuyéndose las preguntas de la siguiente forma:

Primera parte

La parte teórica constará de 50 preguntas. El tiempo para su realización será de 65 minutos.

Segunda parte

La parte práctica constará de 16 preguntas. El tiempo para su realización será de 40 minutos.

Calificación de la fase de oposición

El ejercicio será eliminatorio, se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos.

Todas las calificaciones deberán ser redondeadas al valor del segundo decimal.

En la calificación del cuestionario cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/5 del valor de la respuesta correcta.

Para superar este ejercicio se tendrá que obtener un mínimo de cinco puntos en la parte teórica y un mínimo de cinco puntos en la parte práctica. La calificación final del ejercicio vendrá determinada por el resultado de dividir entre dos la suma de las calificaciones parciales de la parte teórica y de la parte práctica.

Calificación final de la fase de oposición

La calificación final de la fase de oposición se obtendrá por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en esta fase.

FASE DE CONCURSO

La fase de concurso, que será posterior a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Serán méritos puntuables:

  • A) Experiencia profesional.
  • B) Formación.

PROGRAMA

Según las bases específicas publicadas en el BOAM 14-08-2023

  1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados/as de prevención. Comités de seguridad y salud. Especial referencia a la prevención de riesgos laborales del Acuerdo Convenio en vigor sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos. Representación de los empleados públicos.
  2. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. El Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos: ámbito municipal; principios rectores; estructura del Plan de Igualdad.
  3. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid (I): el Gobierno Municipal. El Pleno. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno.
  4. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid (II): Administración Pública. La Intervención General. La Tesorería. El Tribunal Económico Administrativo Municipal. La Asesoría Jurídica.
  5. La Administración territorial de Madrid: Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid.
  6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones generales. Interesados en el procedimiento. Actividad en la Administración Pública. Actos administrativos.
  7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): Garantías del procedimiento. Iniciación, Ordenación e Instrucción.
  8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): Finalización del procedimiento. La tramitación simplificada. Ejecución.
  9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): Revisión de oficio. Recursos administrativos.
  10. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones Generales. Órganos de las Administraciones Públicas. Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Los convenios.
  11. Personal al servicio de la Administración Pública conforme al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal. Derechos de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. Código de conducta.
  12. Normas generales del sistema de la Seguridad Social: Campo de aplicación. Afiliación, cotización y recaudación. Acción protectora. Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural. Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
  13. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (I): Impuestos.
  14. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (II): Tasas. Contribuciones especiales. Precios públicos.
  15. Gestión, recaudación e inspección de los tributos y precios públicos del Ayuntamiento de Madrid.
  16. El Presupuesto de las entidades locales (I): Contenido, elaboración y aprobación. Los créditos y sus modificaciones.
  17. El Presupuesto de las entidades locales (II): Ejecución y liquidación. Control y fiscalización.
  18. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo (I): Medios de intervención urbanística: Tipos. Competencias y procedimiento.
  19. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo (II): El deber de conservación. Ordenes de ejecución. La declaración de ruina.
  20. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo (III): La protección de la legalidad urbanística. Las infracciones y sanciones urbanísticas.
  21. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (I): Objeto y ámbito de aplicación. Contratos del sector público. Órganos de contratación.
  22. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (II): Capacidad y solvencia del empresario y adjudicación de los contratos.

Datos básicos

Oposición
Administrativos Ayuntamiento de Madrid. Promoción Interna
Organismo
Ayuntamiento de Madrid
Tipo de personal
Funcionario
Año
2023
Titulación requerida
Bachiller o equivalente
Estado
Próxima Convocatoria

Oferta y convocatoria

Oferta de empleo21-12-2021 | BOCM | Más información
Bases de convocatoria14-08-2023 | BOAM | Más información
Plazas450 plazas

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