Cursos para Arraigo por Formación disponibles
Qué es el Arraigo por Formación
El arraigo por formación es una autorización de residencia temporal que permite a las personas extranjeras que llevan al menos dos años en España regularizar su situación a través de la realización de un curso formativo.
Los cursos para arraigo por formación deben ser oficiales y estar orientados al empleo, permitiendo a los solicitantes mejorar su cualificación profesional y facilitar su inserción laboral en el país.
En otras palabras, el arraigo para la formación ofrece una oportunidad real para aprender, obtener una titulación y conseguir posteriormente un contrato de trabajo que permita solicitar una autorización de residencia y trabajo.
Ventajas de los Cursos de Arraigo para la formación
Realizar un curso para arraigo por formación tiene múltiples beneficios:
- Regularización legal: Es una de las vías más accesibles para obtener la residencia temporal en España.
- Formación oficial: Los cursos de arraigo por formación son reconocidos por el SEPE o por la administración educativa.
- Mejora profesional: Te permiten obtener una cualificación o certificado profesional con gran demanda laboral.
- Acceso a empleo: Tras finalizar el curso, podrás trabajar legalmente si consigues una oferta vinculada a la formación realizada.
- Amplia oferta: Existe un listado de cursos para arraigo por formación en distintas áreas: administración, informática, comercio, hostelería, atención sociosanitaria y más.
Requisitos para obtener el arraigo por formación
Para solicitar el arraigo por formación, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Acreditar dos años de permanencia continuada en España.
- No tener antecedentes penales ni en España ni en el país de origen.
- Comprometerse a realizar un curso válido para el arraigo por formación.
- No tener una orden de expulsión vigente.
- Presentar la documentación oficial que acredite el cumplimiento de todos los requisitos en la oficina de extranjería.
Qué cursos son válidos para obtener la residencia por arraigo por formación
Los cursos válidos para el arraigo por formación deben cumplir con una serie de criterios establecidos por la normativa vigente.
Entre ellos:
- Ser formación reglada o profesional certificada por el SEPE o por la comunidad autónoma.
- Estar incluidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- Tener una duración mínima de 200 horas lectivas.
- Estar orientados a sectores con alta empleabilidad.
Ejemplos de cursos válidos para arraigo por formación son:
- Atención sociosanitaria a personas dependientes.
- Gestión administrativa y contable.
- Marketing digital y comercio electrónico.
- Cocina y restauración.
- Programación y ofimática.
ADAMS Formación ofrece una amplia lista de cursos para arraigo por formación adaptados a estas exigencias, 100% oficiales y con titulación reconocida.
Cómo solicitar el arraigo por formación: paso a paso
Paso 1: Verificar el cumplimiento de los requisitos
Antes de iniciar el trámite, asegúrate de cumplir los requisitos legales de permanencia y no tener antecedentes penales.
Paso 2: Preparar la documentación necesaria
Reúne documentos como pasaporte, empadronamiento, antecedentes penales y empieza a revisar un curso de arraigo para la formación que te interese.
Paso 3: Seleccionar un curso adecuado
Elige un curso válido para arraigo por formación SEPE, que se ajuste a tu perfil profesional y esté reconocido oficialmente.
Paso 4: Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería
La solicitud debe hacerse de forma presencial o telemática en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu domicilio.
Paso 5: Acreditar el pago de la tasa correspondiente
Se debe abonar la tasa modelo 790 código 052 para formalizar el trámite.
Paso 6: Esperar la resolución de la solicitud
La administración dispone de tres meses para resolver la solicitud. Si no hay respuesta, se considera denegada por silencio administrativo.
Plazos para conseguir el arraigo
Desde que se presenta la solicitud, el proceso puede tardar entre tres y seis meses dependiendo de la provincia.
Una vez aprobada la residencia por arraigo de formación, tendrás un año de vigencia, durante el cual deberás completar el curso elegido. Tras ello, podrás solicitar la residencia y trabajo si cuentas con una oferta laboral.
Qué hacer si rechazan la solicitud de arraigo
En caso de denegación, puedes:
- Presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes.
- O bien, interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Es importante revisar si el problema fue documental o de tipo formativo (por ejemplo, si el curso no era válido) y subsanar los errores antes de volver a presentar la solicitud.
FAQS
¿Quién puede solicitar el arraigo por formación?
Pueden solicitarlo las personas extranjeras que llevan al menos dos años en España y deseen realizar un curso de arraigo para la formación que mejore sus opciones laborales.
¿La formación de arraigo por formación puede ser 100% online?
Depende del tipo de curso. Algunos cursos para arraigo por formación SEPE pueden tener parte online, pero la mayoría exigen modalidad presencial o semipresencial o como mínimo un 50% de la formación presencial.
¿Cuánto es el tiempo mínimo de residencia requerido para solicitar el arraigo?
Debes acreditar dos años continuados en territorio español, mediante empadronamiento o pruebas equivalentes.
¿Qué documentación necesito para iniciar la solicitud de arraigo por formación?
Pasaporte completo, certificado de empadronamiento, antecedentes penales, y reserva o matrícula en un curso de arraigo por formación.
¿Tengo que estar matriculado en un curso antes de solicitar el arraigo por formación?
Sí. La matrícula en un curso válido es obligatoria para iniciar el trámite. Este curso debe comenzar en un plazo máximo de tres meses tras la concesión de la autorización.
¿Hay algún pago que tengo que realizar en la solicitud del arraigo por formación?
Sí, deberás pagar la tasa 790 código 052, que ronda los 10–12 euros, además del coste del curso si no es subvencionado.
¿Puedo trabajar mientras realizo un curso para arraigo por formación?
Durante el primer año solo podrás estudiar, pero al finalizar y obtener una oferta laboral, podrás solicitar la autorización de residencia y trabajo.
¿Cómo son los cursos para arraigo por formación de ADAMS?
En ADAMS Formación ofrecemos cursos válidos para el arraigo por formación, oficiales y acreditados, impartidos por docentes expertos y con una metodología flexible.
Nuestros cursos de arraigo por formación se adaptan a diferentes perfiles y están disponibles en distintas modalidades para facilitar tu proceso de regularización.
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