Modalidad de contrato la de contrato laboral temporal, de obra o servicio determinado: Servicio de educación infantil de primer ciclo, de acuerdo con lo señalado en el art. 15.1.a del Estatuto de los Trabajadores, fijándose, en principio, del 1 de enero al 30 de junio de 2012, con posibilidad de prórroga. En caso de que no se firmase el Convenio o no existiera demanda del servicio, el contrato podrá darse por finalizado, con la indemnización que prevea la legislación laboral o modificado en sus condiciones laborales, previo acuerdo entre las partes, a fin de mantener el servicio que se viene prestando, aunque sea en horario más reducido.
La jornada de trabajo será de 40 horas semanales, fijando como días de descanso sábado y domingo. El horario de trabajo será de 9 a 17 horas, en jornada continua, de lunes a viernes.
Las retribuciones serán de 1.693,39 € brutos mensuales, que es la retribución actual, en doce pagas anuales. En caso de que el Convenio de Colaboración redujese la subvención concedida al Ayuntamiento para el mantenimiento de la plaza, esta retribución se verá reducida en la misma proporción.
El período de vacaciones anuales será de treinta días naturales, que se disfrutarán durante el mes de agosto.
Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
Estar en posesión del Título exigible que será el de maestro con la especialidad de educación infantil o titulaciones homologadas
Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las bases generales ,en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial” de la provincia. (18 de Diciembre)
La solicitud, que se ajustará al modelo que figura en el Anexo, deberá ir acompañada por:
-Fotocopia del DNI, pasaporte
-Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria.
-Relación numerada de los méritos alegados que deba ser valorados, con arreglo al siguiente esquema:
a) Méritos académicos
b) Formación
c) Experiencia laboral
d) Méritos específicos
-Justificantes de los méritos alegados, que deberán acreditarse documentalmente
Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una única fase de Concurso con una entrevista previa.
Entrevista. La entrevista se realizará previamente a la valoración de los méritos. Ésta versará sobre las tareas y los cometidos a realizar en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, valorándose las aptitudes e idoneidad de los aspirantes para el puesto, teniendo en cuenta el currículum aportado. La calificación se adoptará sumando las puntuaciones de 0 a 5 otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de miembros.
Una vez realizada la misma, por los aspirantes que se presenten, se procederá a la valoración de los méritos alegados.
Méritos computables:
a) Méritos académicos
b) Formación
c) Experiencia laboral
d) Méritos específicos
MÁS INFORMACIÓN: https://236ws.dpteruel.es/DPT/bopt.nsf/0/AB22E08933CBF0ACC12579560025ADC8/$FILE/28%20NOVIEMBRE.pdf