TRAMITACIÓN PROCESAL (TL): ALEGACIONES PLANTILLA PROVISIONAL

Acierto y error

TRAMITACIÓN PROCESAL (TL): ACUERDO SOBRE ALEGACIONES A LA PLANTILLA PROVISIONAL DE RESPUESTAS

En la página web del Ministerio de Justicia se acaba de publicar el siguiente ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO de TRAMITACIÓN PROCESAL (TURNO LIBRE), sobre las alegaciones realizadas por los opositores a la plantilla provisional de respuesta.

ACUERDO

Primero.- Recibidas las alegaciones presentadas por los aspirantes a la plantilla provisional de respuestas válidas del primer y segundo ejercicio, este Tribunal procede a anular la siguiente pregunta:

Pregunta nº 31 del Modelo A (83 del Modelo B), ya que la opción b), planteada como correcta, puede inducir a error por estar incompleta, al referirse al “tratamiento” en lugar de al “consentimiento para el tratamiento”. Conforme a lo establecido en la Orden de convocatoria, se sustituye por la pregunta de reserva nº 101.

Segundo.- Como ya se comunicó oportunamente:

Pregunta nº 95 del Modelo A (47 del Modelo B), la opción correcta es la b), ya que se ha producido un error material en el cuestionario-test.

Tercero.- Desestimar el resto de las impugnaciones presentadas al carecer de fundamento jurídico suficiente para proceder a su anulación y ajustarse a la normativa vigente, así como al programa de la convocatoria.

A continuación el Tribunal analiza una serie de preguntas impugnadas por los opositores.

Documentos vinculados

GESTIÓN PROCESAL (TL): RATIO DE APROBADOS

GESTIÓN PROCESAL (TL): RATIO DE APROBADOS DESPUÉS DE LOS DOS PRIMEROS EJERCICIOS

Después de la rectificación efectuada por el Tribunal Calificador Único en relación a la nota de corte del turno de reserva de discapacitados (primer ejercicio) y de la nota de corte del segundo ejercicio en el ámbito de Cataluña, el Sindicato CCOO publica una nueva información con las ratios de aprobados de Gestión Procesal en todos los ámbitos territoriales una vez celebrados los dos primeros ejercicios de la oposición, que reproducimos a continuación.

Se puede observar como en muchos ámbitos el número de opositores es ya inferior a 2 opositores/plaza, cuando para llegar a la fase de concurso todavía falta por superar el 3º ejercicio de la oposición . Incluso en algunos casos (La Rioja) ya hay menos aprobados que plazas ofertadas y lo mismo sucede en varios ámbitos territoriales en el turno de discapacitados. 

ÁMBITO TERRITORIAL CONVOCANTE

APROBADOS  2 PRIMEROS EJERCICIOS

PLAZAS  CONVOCADAS

RATIO

Andalucía  (Sistema general) 304 164 1,85
Andalucía (Discapacidad) 12 12 1,00
Aragón (Sistema general) 16 11 1,45
Aragón (Discapacidad) 0 1 0
Asturias (Sistema general) 17 6 2,83
Canarias (Sistema general) 234 106 2,21
Canarias (Discapacidad) 8 8 1,00
Cantabria (sistema general) 9 7 1,29
Cataluña (Sistema general) 682 410 1,66
Cataluña (Discapacidad) 9 30 0,30
Comunidad Valenciana (Sistema general) 205 99 2,08
Comunidad Valenciana (Discapacidad) 8 9 0,89
La Rioja (Sistema general) 2 3 0,67
Comunidad de Madrid (Sistema general) 410 191 2,15
Comunidad de Madrid (Discapacidad) 16 15 1,07
Navarra (Sistema general) 29 16 1,81
Navarra (Discapacidad) 0 1 0
País Vasco (Sistema general) 69 44 1,57
País Vasco (Discapacidad) 4 3 1,33
Ministerio de Justicia (Sistema general) 584 324 1,80
Ministerio de Justicia (Discapacidad) 11 23 0,48

 

GESTIÓN PROCESAL (TL): CORRECCIÓN DE ERRORES

Información

GESTIÓN PROCESAL (TL): CORRECCIÓN DE ERRORES EN LISTAS DE APROBADOS

El Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, Acceso Libre, convocadas por ORDEN JUS/764/2019, DE 10 DE JULIO

Reunido en Madrid, a 16 de enero de 2020, ha adoptado el siguiente ACUERDO:

Hacer pública, una vez corregida por haberse detectado sendos errores en la valoración del primer ejercicio correspondiente al cupo de reserva por discapacidad y del segundo ejercicio en el ámbito territorial de Cataluña, la relación provisional de aspirantes que han alcanzado el mínimo establecido en el punto 1.4 del Anexo I (IA fase de oposición) de dicha Orden de convocatoria para superar cada uno de dichos ejercicios.

Los aspirantes no incluidos en la relación de aprobados del segundo ejercicio tienen la consideración de “no aptos” y quedan excluidos del proceso selectivo.

Documentos asociados