Baremo para las Bolsas de Secretarios Judiciales

Fuente: BOE

Fecha: 15/06/13

SECRETARIOS JUDICIALES SUSTITUTOS: BAREMO Y CRITERIOS DE PUNTUACIÓN

Resolución de 29 de mayo de 2013, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se establece el baremo y criterios de puntuación para las convocatorias de bolsas de trabajo de Secretarios Judiciales sustitutos.

Los méritos evaluables serán los siguientes:

a) Expediente académico

b) Doctorado en derecho

c) Años de ejercicio de abogacía

d) Haber actuado como oficial habilitado

e) Haber realizado tareas de sustitución de Secretarios Judiciales, Jueces o Fiscales

f) Años de servicio efectivo como profesores de disciplinas jurídicas en Universidades Públicas o Privadas, o colaboración en Departamentos de tales disciplinas

g) Años de servicio como funcionario de carrera o interino en cualesquiera otros Cuerpos de las Administraciones Públicas para cuyo ingreso se exija expresamente estar en posesión del título de Licenciado o Graduado en Derecho.

h) Publicaciones científico-jurídicas.

i) Ponencias y comunicaciones en congresos y cursos de interés jurídico

j) Realización de cursos de especialización jurídica en los últimos cinco años

k) Haber aprobado alguno de los ejercicios que integren las pruebas de acceso por el turno libre al Cuerpo de Secretarios Judiciales, de la Carrera Judicial o Fiscal o de cualquier oposición para la que se exigiera tener la condición de Licenciado en Derecho, en los últimos cinco años.

l) Tiempo de servicios, en su caso, como Titular o Interino en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia o en el de Gestión Procesal y Administrativa

m) Tener conocimientos de Derecho y/o de lengua propios en las Comunidades Autónomas que cuenten con ellos, cuando se tratara de bolsas de Secretarios Judiciales sustitutos para centros de destinos radicados en territorio de dichas Comunidades.