ANDALUCÍA. Petición de sexenios por parte de los nuevos funcionarios de carrera.

Orden de 28 de marzo de 2005, por la que se regula la promoción retributiva de los funcionarios y funcionarias docentes de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, y se determinan los requisitos que deben cumplir las actividades y su valoración (BOJA núm. 77 de 21 de abril de 2005).

«…………Disposición adicional tercera:

Aquellos funcionarios o funcionarias que accedan a la Función Pública docente mediante los procedimientos de selección correspondientes y hayan prestado servicios previos a la Función Pública docente dispondrán de un plazo de tres meses desde la publicación de la disposición normativa por la que se les nombra funcionarios o funcionarias de carrera de los distintos Cuerpos docentes, para solicitar el reconocimiento de los sexenios perfeccionados que corresponda, de acuerdo con el artículo 3 de esta Orden.

Los efectos de dicho reconocimiento serán los establecidos en la referida disposición para nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera y el tiempo de servicio posterior al último sexenio reconocido podrá acumularse al que haya de transcurrir para completar un nuevo sexenio.

En el caso de que la solicitud no se efectúe en el plazo de tres meses antes aludido, los efectos del reconocimiento serán desde la fecha de la solicitud….»

Documentos Adjuntos:

- Orden de 28 de marzo de 2005 (PDF)
- Modelo Solicitud de Sexenios (PDF)

Orden de 28 de marzo de 2005 (PDF)

Orden de 28 de marzo de 2005 (PDF)
Modelo Solicitud de Sexenios (PDF)
Modelo Solicitud de Sexenios (PDF)