INFORMACIÓN NACIONAL. Nuevos temarios oposiciones Secundaria y profesores FP remitidos por el MEC.

Nuevos Temarios Archivos comprimidos que contienen temarios del cuerpo de profesores de secundaria y de profesores técnicos de FP. Están por orden alfabético, tanto las especialidades que se imparten en FP como las que se imparten en la ESO y en el Bachillerato. Los títulos de los temas han podido cambiar. Aún no son los definitivos hasta su publicación

– Temario profesores de Secundaria

– Temario profesores técnicos de F.P.

MADRID. Oposiciones maestros 2011. Fecha y hora del primer examen.

Fuente: europapress

La prueba del concurso de oposición para el cuerpo de maestros en la Comunidad de Madrid tendrá lugar el próximo sábado 26 de noviembre, a la que se presentarán un total de 20.506 aspirantes, que competirán por una de las 489 plazas convocadas este año para este cuerpo, han informado a Europa Press fuentes de la Consejería de Educación.

La prueba, que comenzará a las 9.00 horas y se desarrollará hasta las 14.30 horas, está dividida en dos bloques (parte A y B). La parte A está compuesta de dos ejercicios: el primero corresponde a la prueba práctica –común para todos las especialidades– y tendrá una duración de hora y media, mientras que el segundo ejercicio es el que tiene relación con el currículo de cada especialidad y durará otra hora y media más.

La parte B  de la oposición corresponde con la prueba del temario y los aspirantes tendrán que desarrollar por escrito un tema de su especialidad y que tendrá una duración de dos horas. La Consejería de Educación y Empleo ha constituido 100 tribunales que tendrán asignados 200 opositores cada uno. Los aspirantes que consigan la plaza tendrán un periodo de práctica de 4 meses en un centro educativo.

Ver noticia completa en el siguiente enlace:

https://www.europapress.es/madrid/noticia-mas-20000-aspirantes-presentaran-oposiciones-maestro-comunidad-seran-26-noviembre-20111024145906.html

NACIONAL. Orden por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado.

Se ha publicado en el BOE de hoy, la Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado.

La presente Orden tiene por objeto regular el proceso de convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado,  organizadas por el Ministerio de Educación, fijar la equivalencia de las titulaciones oficiales y establecer las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras instituciones.

https://www.boe.es/boe/dias/2011/10/28/pdfs/BOE-A-2011-16923.pdf

MURCIA. Aptos en las pruebas de aptitud de diversas bolsas de trabajo.

Chino. Relación de aspirantes aptos en la prueba de aptitud

Servicios de Restauración. Relación de aspirantes aptos en la prueba de aptitud

Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas. Relación de aspirantes aptos en la prueba de aptitud

Procesos y Productos en Madera y Mueble. Relación de aspirantes aptos en la prueba de aptitud

Procesos y Productos en Artes Gráficas. Relación de aspirantes aptos en la prueba de aptitud

Asesoría y Procesos de Imagen Personal. Relación de aspirantes aptos en la prueba de aptitud

NAVARRA. Concurso de traslados 2011/2012.

RESOLUCIÓN 2066/2011, de 13 de octubre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico para personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Maestros, de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.


La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina en su disposición adicional sexta, apartado 4, que durante los cursos escolares en los que no se celebren los concursos de ámbito estatal a los que se refiere esta disposición, las diferentes Administraciones educativas podrán organizar procedimientos de provisión referidos al ámbito territorial cuya gestión les corresponda y destinados a la cobertura de sus plazas, todo ello sin perjuicio de que en cualquier momento puedan realizar procesos de redistribución o de recolocación de sus efectivos.

El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, establece en su artículo 7 el carácter bienal de los concursos de traslado de ámbito estatal. Teniendo en cuenta que dichos concursos se convocaron el curso 2010/2011, el presente curso pueden adoptarse otras medidas de provisión de puestos de acuerdo con la Ley Orgánica de Educación.

Por lo expuesto, procede efectuar en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, un proceso de provisión de puestos de trabajo que permita adjudicar destino al personal dependiente de este Departamento, para ajustar de este modo el número de Profesores de los Cuerpos Docentes con destino definitivo a las necesidades de personal de los respectivos centros.

En virtud de las atribuciones delegadas por Resolución 15/2011, de 3 de agosto, del Director General de Recursos Educativos del Departamento de Educación, procede:

1.º Aprobar la convocatoria de concurso de traslados correspondientes a funcionarios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Maestros, de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

2.º Ordenar la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a la Secretaría General Técnica, a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos y al Negociado de Información y Documentación, a los efectos oportunos.

El plazo de presentación termina el próximo día 22 de Noviembre.

Se adjunta el documento en versión pdf.

ANDALUCÍA. Aclaración ordenación pública docente, selección del profesorado y provisión de puestos.

Aclaraciones al Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.

Profesorado funcionario interino

Al existir puestos de trabajo docentes que, provisionalmente, no están ocupados por personal funcionario de carrera se hace necesario recurrir, para garantizar el servicio educativo, al personal funcionario interino. También se necesita este personal para cubrir las bajas de personal funcionario de carrera que se producen a lo largo del curso, bien sea por enfermedad, jubilación, fallecimiento o cualquier otra circunstancia.

Por tanto, el personal interino puede ocupar tanto puestos vacantes de la plantilla de funcionamiento de los centros docentes, como realizar sustituciones. Es de destacar que la cobertura de estas sustituciones se realiza en un plazo no superior a cinco días lectivos, contados desde el momento en que el director o la directora del centro lo comunica a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación.

A continuación se recogen las consultas más frecuentes que se han venido realizando a la Consejería de Educación en relación con el profesorado funcionario interino.

1.- ¿Por qué ha disminuido en los últimos años el número de interinos?

Porque en los últimos cuatro años se han venido celebrando oposiciones, alternativamente para el cuerpo de maestros y para los cuerpos de enseñanza secundaria y de régimen especial, con un elevado número de plazas convocadas, lo que ha posibilitado que más de treinta mil personas hayan pasado a ser funcionarios de carrera.

Esto ha implicado, lógicamente, una disminución muy importante en el número de interinos que prestan servicio en el sistema educativo andaluz.

2.- ¿Se es interino cuando se está en las bolsas de trabajo de la Consejería de Educación?

Hay que diferenciar entre estar en una bolsa de trabajo y ser profesor funcionario interino. Una persona adquiere la condición de interino cuando firma un contrato con la Administración educativa para prestar servicios en un centro docente. La condición de interino dura exclusivamente el tiempo de vigencia del contrato.

La pertenencia a la bolsa de trabajo es un paso previo, ya que la Consejería de Educación, cuando se produce una vacante, solo realiza contratos de interinidad a las personas que están en alguna bolsa. Por consiguiente, las personas que forman parte de las bolsas de trabajo son aspirantes a ocupar una interinidad

3.- ¿Qué novedades incorpora el Decreto 302/2010, de 1 de junio?

Este Decreto regula cómo se ordena la función pública docente, cómo se selecciona el profesorado, cuáles son los puestos de trabajo docentes en los centros públicos y los procedimientos para ocupar los puestos de trabajo de forma definitiva o provisional.

El Decreto dedica ocho artículos (de un total de treinta y seis) a la regulación de la selección del personal funcionario interino. En este sentido, se señala cómo se crean las bolsas de trabajo, cómo se accede a las mismas, tanto de forma ordinaria como extraordinaria, cómo se permanece en ellas y cómo se ordenan las mismas.

4.- ¿Cómo se accede a las bolsas de trabajo?

La forma ordinaria de acceder a una bolsa de trabajo es aprobando alguna de las pruebas de la última oposición convocada.

También se puede acceder de forma extraordinaria, mediante una convocatoria específica. Estas convocatorias las realiza la Consejería de Educación, para garantizar el servicio educativo, únicamente cuando se prevé que la bolsa no cuenta con personal suficiente para atender la demanda y no esté prevista la convocatoria de una nueva oposición para un determinado cuerpo docente o especialidad.

5.- ¿Qué hay que hacer para permanecer en una bolsa de trabajo?

Una vez que se ha accedido a una bolsa de trabajo, se continúa en ella hasta que se vuelve a celebrar un nuevo procedimiento selectivo. Celebrado éste, se ha de alcanzar una puntuación de, al menos, cinco puntos según un baremo en el que se tienen en cuenta el número de años de servicio como personal interino en un centro docente público, la calificación obtenida en las pruebas realizadas de la última oposición y la formación acreditada durante los dos últimos años.

Por consiguiente, no es necesario aprobar el examen de oposición para permanecer en la bolsa, basta con sumar cinco puntos entre los tres criterios señalados.

6.- ¿Cómo se ordenan las bolsas de trabajo?

La ordenación de las bolsas de trabajo se realiza teniendo en cuenta la aplicación del siguiente baremo:

a) 0, 25 puntos por cada año trabajado (cada mes contaría 0,02 puntos), hasta un máximo de 2,5 puntos.

b) La nota obtenida en la prueba o pruebas realizadas de la última oposición al cuerpo y especialidad que corresponda.

c) 0,10 puntos por cada 30 horas de formación realizada, hasta un máximo de 0,5 puntos.

La puntuación alcanzada después de ser tenidos en cuenta los tres criterios anteriormente citados es la que determina la posición que se ocupa en la bolsa.

7.- ¿Cómo se ordenaban las bolsas de trabajo antes de la entrada en vigor del Decreto 302/2010, de 1 de junio?

Antes de la entrada en vigor del Decreto 302 el único criterio para la ordenación en las bolsas era el tiempo de servicio.

La aplicación de este único criterio producía circunstancias tan poco equitativas como que una persona con 365 días de trabajo y un cero en la oposición se situaba en la bolsa por delante de otra persona que había trabajado 364 días y había obtenido un diez en la oposición.

8.- ¿Por qué las personas que estaban en la bolsa antes del 30 de junio de 2010 se continúan ordenando sólo por su tiempo de servicio, sin que les sea de aplicación el nuevo baremo establecido en el Decreto 302/2010, de 1 de junio?

Esta fecha se ha tomado como referencia porque el Decreto entró en vigor en junio de 2010. El Decreto respeta que todas las personas que contaban con tiempo de servicio en esa fecha y que estaban ordenadas en las bolsas de acuerdo con una determinada normativa, continúen ordenándose de la misma forma.

9.- ¿Por qué el curso pasado, incluso habiendo obtenido una nota inferior en el anterior procedimiento selectivo, estuve trabajando y este curso no?

La celebración de un procedimiento selectivo supone que las plazas vacantes que, durante el curso anterior estuvieron ocupadas, de forma provisional y temporal, por docentes interinos, para el presente curso la mayoría de las mismas pasen a ser ocupadas por personal funcionario en prácticas.

En el último concurso oposición se han ofertado 3.796 plazas. Estos puestos de trabajo durante el curso pasado fueron ocupados por personal funcionario interino, pero este año han pasado a ser ocupados por personal funcionario en prácticas, consiguiéndose con ello un doble objetivo: una mayor consolidación de las plantillas de los centros y una mayor estabilidad del profesorado.

Esto ha supuesto, lógicamente, que las plazas ofertadas a maestros aspirantes a interinos haya sido menor.

10.- ¿ Ha habido en la comunidad andaluza una disminución en la plantilla del profesorado?

No sólo no ha habido un recorte de la plantilla docente, sino que ésta se ha visto incrementada en 198 nuevas plazas.

11.- ¿ Qué posibilidades de trabajar tiene este año una persona aspirante a interinidad?

La posibilidad de que una persona aspirante a interinidad sea llamada para ocupar un puesto de trabajo depende del lugar que se ocupa en la bolsa correspondiente. Además influyen otros factores, entre los que hay que tener en cuenta el número de plazas a las que da cobertura la bolsa a la que se pertenece y el número de provincias en las que se está dispuesto a aceptar la oferta de trabajo que se le haga.

A mediados de octubre la situación en las bolsas del cuerpo de maestros era la siguiente:

a) Educación Infantil: De dicha bolsa forman parte 5.992 personas, de las que 920 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

b) Audición y Lenguaje: Formada por 643 personas, 135 de las cuales ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

c) Educación Primaria: 7.074 personas integran la bolsa y 1.058 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo. d) Inglés: 1.387 personas integran la bolsa y 364 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

e) Francés:138 personas integran la bolsa y 35 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

f) Educación Física: 1.832 personas integran la bolsa y 181 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

g) Música: 718 personas integran la bolsa y 153 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

h) Pedagogía Terapéutica: 1.726 personas integran la bolsa y 314 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

i) Alemán: 18 personas integran la bolsa y 11 ya han sido llamadas para ocupar un puesto de trabajo.

12.- ¿ Habrá oposiciones este curso 2011/12?¿ Cómo son las pruebas?

Sí, habrá oposiciones para acceder a los cuerpos de profesorado de enseñanza secundaria y de enseñanzas de régimen especial.

Los procedimientos selectivos se celebrarán de acuerdo con lo recogido en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE del 2 de marzo), y consistirán en lo siguiente:

En la fase de oposición se tendrá en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

La fase de oposición constará de dos pruebas que tendrán carácter eliminatorio.

La primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

Parte A:

En todas las especialidades se incluirá una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opte.

Parte B:

Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas, extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad.

La valoración de cada una de las partes será de 0 a 10, el mínimo de cada una de las partes ha de ser de 3 puntos y estará superada cuando se alcance un 5.

La segunda prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.

Las calificaciones de las pruebas se expresarán en números de cero a diez. En ellas será necesario haber obtenido una puntuación igual o superior a cinco puntos para poder acceder a la prueba siguiente o, en el caso de la última prueba, para proceder a la valoración de la fase de concurso.

En la fase de concurso se valorarán, en la forma que establezcan las convocatorias, los méritos de los aspirantes; entre otros figurarán la formación académica y la experiencia docente previa.

La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

La fase de oposición tiene un valor de 2/3 respecto de la nota final, valorándose la fase de concurso con 1/3.

Los nuevos temarios de las oposiciones los publicará próximamente el Ministerio de Educación en el Boletín Oficial del Estado.

– Aclaraciones al Decreto 302/2010, de 1 de junio (PDF)

ANDALUCÍA (Málaga). Listas provisionales de admitidos y excluidos cobertura vacantes y sustituciones Conservatorios de Música y Danza.

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2011, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publican las listas provisionales de personal admitido junto con la baremación provisional y adjudicación provisional y de excluido, de la convocatoria urgente para la cobertura de vacantes y posibles sustituciones en los Conservatorios Superiores de Música y en el Conservatorio Superior de Danza de Málaga, para el Curso 2011/2012, según Resolución de 30 de septiembre de 2011.

Las bases Sexta y Séptima de la Resolución de 30 de septiembre de 2011, de esta Dirección General, establecen que se publicará en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación la valoración provisional de los méritos de acuerdo con el baremo que figura como Anexo II de la Resolución de 30 de septiembre de 2011, así como la adjudicación provisional de los puestos vacantes.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 121/2008, de 29 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, modificado por el Decreto 166/2009, de 19 de mayo, esta Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos,

HA RESUELTO

Primero. Ordenar la publicación de los listados provisionales de personal admitido, junto con la baremación y adjudicación provisional, que se relaciona en el Anexo I, y de excluido, con indicación de los motivos de exclusión, que se relaciona en el Anexo II, en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y, a efectos meramente informativos, en el portal web de esta Consejería.

Segundo. Contra la presente Resolución, el personal interesado podrá presentar, en el plazo de cinco días naturales contados a partir de su publicación, las alegaciones que estime oportunas, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, según modelo Anexo III, preferentemente vía Fax nº 955064013, o en los registros de las Delegaciones Provinciales de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artº. 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2011

ANEXO I. Listados provisionales de personal admitido

ANEXO II. Listados provisionales de personal excluido.

ANEXO III. Modelo de alegaciones

GALICIA. Puntuacións provisionais bolsa 2011/2012 Chinés e Xaponés (EOIs)

ANUNCIO do 20 de outubro de 2011, da Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos, polo que se fan públicas as puntuacións provisionais e a relación de excluídos do baremo no corpo de profesores de escolas oficiais de idiomas, especialidades de chinés (592004) e xaponés (592013), aberto mediante o Anuncio do 16 de setembro de 2011, da Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos (DOG do 30 de setembro).

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