¿QUÉ SON LOS DESTINOS DE AUXILIO JUDICIAL?

Lo primero que debes tener en cuenta es que el destino de un Auxilio Judicial no es solo un punto geográfico sino también el puesto específico que vas a desarrollar como tal.Es decir, no es lo mismo que elijas ocupar tu puesto de Auxilio Judicial en el Tribunal de Instancia de Elda que en la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional en Madrid.  

Los destinos se ofertan por el Ministerio competente en materia de justicia y por las Comunidades Autónomas competentes que publican las plazas desiertas en sus ámbitos. Pueden estar localizados en cualquier punto del territorio nacional en función del ámbito que hayas elegido en la instancia y en la que realizaste el examen.

CÓMO FUNCIONA LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS EN AUXILIO JUDICIAL

Quienes desean participar en los procesos selectivos deben cumplimentar y presentar electrónicamente el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790), que estará disponible en el servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (de acuerdo con las instrucciones que se indican). Las Comunidades Autónomas que oferten plazas podrán crear un enlace desde sus respectivas páginas web a este formulario.

En esta solicitud el aspirante a Auxilio Judicial debe elegir el ámbito en el que realizará el proceso selectivo y que supondrá que optará a las plazas vacantes ofertadas que serán los destinos que se podrán adjudicar en función de la puntuación final en el proceso selectivo y la preferencia de destinos.

NOMBRAMIENTO

En el BOE se publica la resolución definitiva de aprobados de Auxilio Judicial que hace pública la relación de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas.

En el plazo de diez días hábiles, desde la publicación de esta Orden en el BOE, las personas aspirantes que figuran como aprobados presentarán la documentación exigida en la convocatoria.

La solicitud de destino se realizará por orden de preferencia sobre las vacantes fijadas por provincias, organismos y tipos de puestos, si bien la adjudicación se hará en función de las notas obtenidas por cada aspirante y en base a sus preferencias.

De este modo, la mejor de las puntuaciones tendrá asignada el destino que solicitó en primer lugar y así hasta proveer todas las plazas ofertadas.

OFERTA Y ADJUDICACIÓN DEL PRIMER DESTINO

Cuando se aprueba el proceso selectivo se lleva a cabo todo lo que hemos visto con anterioridad, cuando ya eres funcionario de la Administración de Justicia estaremos ante un concurso de traslados, que es aquel procedimiento a través del que un funcionario puede cambiar de destino.

TOMA DE POSESIÓN DE LA PLAZA

Quienes tienen adjudicado destino deben tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal del destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la orden que los nombre funcionarios de Auxilio Judicial en el Boletín Oficial del Estado.

Los/las funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se les otorgó destino en virtud de esta orden, no obstante, el haber sido destinados/as con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del art. 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

DESTINOS DE LA ÚLTIMA CONVOCATORIA POR ÁMBITO TERRITORIAL

No disponemos todavía de los destinos como tal, teniendo en cuenta que sería el puesto en concreto que ocuparíamos con indicación del localidad, organismo y puesto.

Pero sí podemos mostrarte la distribución territorial de las plazas de la última convocatoria publicada en la Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante de oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

ÁMBITO TERRITORIALSISTEMA GENERALRESERVA PERSONAS CON DISCAPACIDADTOTAL
Andalucía47552
Aragón28331
Asturias819
Canarias26329
Cantabria101
Cataluña10212
Comunidad Valenciana27330
Galicia23326
La Rioja808
Madrid881098
Navarra22325
País Vasco13114
TOTAL CC.AA30134335
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes81990
TOTAL38243425

DESTINOS DE AUXILIO JUDICIAL DE CONVOCATORIAS ANTERIORES

Disponemos de la Orden JUS/1123/2023, de 20 de septiembre, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

En ella se hace pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Península y Baleares (Anexo I) que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso por libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

Para que te hagas una idea de cómo se procede te mostramos algunas cuestiones relevantes a tener en cuenta:

CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Esto es lo que dice la normativa sobre la confección y presentación de las solicitudes de Auxilio Judicial:

  • Todas las solicitudes se confeccionarán de forma telemática a través del asistente de inscripción.
  • Todas las personas aspirantes para el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, deberán de rellenar la solicitud por medios telemáticos entrando en la página web del Ministerio de Justicia
  • Todas las personas aspirantes del ámbito territorial de Península y Baleares, grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el Manual del Asistente de Inscripción y en las bases.
  •  Las solicitudes de destino de las personas aspirantes del ámbito territorial de Península y Baleares se presentarán en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el Boletín Oficial del Estado.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PLAZAS

Esto es lo que dice la normativa sobre el procedimiento de solicitud de las plazas de Auxilio Judicial:

  • No se admitirá ninguna solicitud de plazas en formato papel.
  • Se confeccionará un Manual del Asistente de Inscripción que se colgará en la página web del Ministerio de Justicia, el cual les guiará en la confección de la solicitud de plazas.
  • El uso del Asistente de Inscripción, además de servir de herramienta para confeccionar la solicitud, es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la solicitud en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
  • Cada aspirante posee un número de opositor asignado en el proceso selectivo, dentro del ámbito territorial para el que se presentó, según la puntuación total que haya obtenida en el proceso. Ese número de opositor saldrá reflejado en la pantalla del Asistente de Inscripción.
  • Se deberán solicitar, como mínimo, tantas plazas como número de opositor posea, de modo que, si el número de opositor es el 15, se deben pedir 15 plazas como mínimo, o más, si se han ofertado y se desean solicitar, hasta alcanzar el número máximo de plazas ofertadas, considerando que se son plazas el número que se establece en el Asistente de Inscripción en la columna nombrada como «N.º de plazas». En este caso, se aconseja que se soliciten más plazas de las mínimas necesarias.

Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el Boletín Oficial del Estado.

La adjudicación de los destinos es realizada con carácter forzoso, conforme al orden de puntuación que se obtuvo en las pruebas selectivas en el ámbito de Península y Baleares, siguiendo el orden de prioridad seleccionado (salvo en determinadas situaciones) y el número de opositor del candidato.

Finalmente, la Orden establece que los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en este hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo como ya hemos indicado con anterioridad.

Puedes consultar el Anexo I de la resolución donde se establecen las plazas desiertas en el ámbito Península y Baleares.