Tecnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos

 

Oposiciones Generalitat Valenciana 2024

La Generalitat Valenciana aprobará su Oferta de Empleo Público 2024 en el primer semestre del año, por lo que ahora es el momento de comenzar a prepararte para los exámenes de Técnicos de Fondos Europeos de la Generalitat Valenciana.

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  • Clases Presenciales Híbridas con las que puedes asistir a las clases físicamente o conectarte en directo desde cualquier otro lugar. Y si algún día no puedes asistir, podrás verla en diferido, pues se quedan grabadas durante 15 días). El pago de las clases será mensual, sin matrícula y sin compromiso de permanencia.
  • Clases por Videoconferencia, que podrás seguir desde casa o desde cualquier sitio. Y si no puedes verlas en directo, se quedarán grabadas durante 15 días para que puedas visualizarlas en otro momento. El pago en este caso también es mensual, sin matrícula ni permanencia.

Al ser plazas de nueva creación y no existir un programa de temas de referencia de convocatorias anteriores, empezaremos nuestra preparación tomando como guía los temas para la reciente Bolsa de A1 de la Generalitat Valenciana de Fondos Europeos, ampliando algunos temas. ¡Más de 83% de nuestros alumnos aprobaron el proceso!

¡Confía en nuestra experiencia!

Retribuciones

Aunque es una categoría nueva, puedes entrar en la web de la Generalitat para hacerte una idea de cuáles son las retribuciones que perciben los funcionarios de la Generalitat Valenciana.

Según la anterior convocatoria.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en las siguientes bases.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que accedan a el mismo serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Fase de oposición

El proceso selectivo constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio. Entre el primer ejercicio y el segundo se realizará el curso selectivo.

Primer ejercicio

El primer ejercicio, constará de 2 partes, que se realizaran en el mismo día, de carácter obligatorio y eliminatorio.

  • a) La primera parte, que tendrá lugar por la mañana, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 160 preguntas, que en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I, de las cuales, 50 preguntas versarán sobre las materias recogidas en la «parte general» común a los 2 procesos selectivos, y 110 preguntas versarán sobre la «parte especial» conforme al proceso selectivo elegido «proceso selectivo 1 parte especial cuerpo general A1-01», u «proceso selectivo 2 parte especial APT 01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos», según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 60 segundos ni superior a 90 segundos por pregunta.
  • b) La segunda parte, que tendrá lugar por la tarde, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas teórico-prácticas que, en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I «parte especial» según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 120 segundos ni superior a 180 segundos por pregunta.

De las personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio y en base a la puntuación obtenida en el mismo, accederá a la realización del curso selectivo un número de personas equivalente a las plazas a cubrir, incrementado, en su caso, con el número de plazas de promoción interna que queden desiertas, más un 10 %. En el supuesto de que una o más personas aspirantes tuvieran la misma calificación que la última con derecho a acceder al curso, todas las que presenten idéntica puntuación accederán al curso.

El curso selectivo estará organizado y realizado por el Instituto Valenciano de Administración Pública. Los aspirantes admitidos al curso selectivo serán nombrados por el órgano convocante, funcionarios en prácticas durante el tiempo que estén en el curso y con determinación de la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

El curso tendrá como finalidad proporcionar a los aspirantes la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.

Por ello el curso combinará, de conformidad con lo que se detalle en la guía de contenidos del mismo, una actividad formativa tutorizada de carácter práctico con la estancia en entornos laborales donde deberán adquirir conocimientos prácticos sobre la gestión de los diferentes procedimientos administrativos propios de las funciones del puesto.

El curso tendrá una duración estimada de 4 meses. El contenido, calendario y lugares de su realización, así como las demás normas que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Dirección General de Función Pública.

El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia al mismo así como realizar las actividades que se encarguen. A la finalización del mismo y como requisito para poder calificar el segundo ejercicio del proceso, se deberá obtener la declaración de «apto» que se emitirá por el OTS sobre la base del informe del tutor de los aspirantes, que será designado por la Dirección General de Función Pública.

El curso selectivo incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y un módulo en materia de violencia de género.

A las personas aspirantes que no superasen el curso selectivo no se les podrá calificar el segundo ejercicio quedando, por tanto, excluidas del proceso selectivo. En estos casos se dictará una resolución motivada por parte de la autoridad convocante.

Segundo ejercicio

Constará de 2 partes, de carácter obligatorio.

  • a) La primera parte, tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio, y consistirá en la realización de una serie de pruebas para la evaluación de las siguientes competencias generales que se consideran convenientes para el ejercicio de las funciones asignadas a las plazas objeto de la presente convocatoria:
    • Pensamiento crítico, análisis y resolución creativa de problemas. Gestionar información compleja con una perspectiva holística, de pensamiento sistémico. Mostrar que se tiene conciencia de las ramificaciones de las cuestiones que van más allá del propio ámbito de responsabilidad y considerar el contexto general y otros puntos de vista. Captar lo esencial y estructurar los pensamientos de forma clara. Desarrollar soluciones creativas e innovadoras que tengan en cuenta las necesidades y las posturas de las partes interesadas.
    • Gestión de la información (alfabetización digital y en materia de datos). Encontrar, filtrar, evaluar, utilizar, crear y comunicar contenidos utilizando las tecnologías de la información e internet. Leer, comprender y utilizar los datos de diferentes maneras, y demostrar capacidades de cálculo. Trasladar conocimientos, capacidades y competencias a través de herramientas digitales y adaptarse con rapidez a las nuevas realidades informáticas y profesionales.
    • Trabajo en equipo. Colaborar entre estructuras y asumir la responsabilidad de los resultados de la organización en su conjunto. Compartir (en lugar de acumular) conocimientos, mostrar espíritu de servicio. Hacer frente a los conflictos de manera constructiva. Demostrar facilidad para trabajar en un entorno multicultural y multilingüe, apoyo a la diversidad y un comportamiento respetuoso e inclusivo hacia los demás.
    • Aprendizaje como capacidad. Desarrollar estrategias de aprendizaje, identificar las propias necesidades de aprendizaje y esforzarse por mejorar continuamente. Responsabilizarse del propio aprendizaje y reflexionar sobre él. Mostrar disposición a cambiar la estrategia ante la nueva información, aprender de los errores y aplicar las lecciones aprendidas con determinación. Hacer observaciones y ser receptivo y responder a ellas.

Estas competencias generales serán evaluadas por parte del personal especialista que a tal efecto designe el órgano técnico de selección, a través de un ejercicio en grupo y la prueba de la bandeja electrónica.

Para su evaluación, se realizarán por parte del personal especialista que a tal efecto designe el órgano técnico de selección, las siguientes pruebas:

Ejercicio en grupo: cada aspirante participará en un ejercicio en grupo. El objetivo de esta prueba colectiva, de 60 minutos de duración, es medir las capacidades relevantes para el desempeño relacionadas con el trabajo en equipo y otras capacidades de interacción de la persona aspirante en el seno de un grupo o equipo y la calidad de su contribución a una tarea colectiva. El personal especialista agrupará a las personas aspirantes, en base al orden de llamamiento que se prevé en la base 6, en grupos preferentemente de 8 personas, realizándose cuantos ejercicios sea necesarios para la participación en esta prueba de todos los aspirantes.

Según el ejercicio cada persona puede recibir un dossier de información que es idéntico para todos los miembros del grupo y, en su caso, una información adicional que puede ser diferente para cada aspirante.

El ejercicio tiene una parte de trabajo individual en la que cada participante debe procesar la información recibida en un tiempo limitado para ello, identificando los aspectos más importantes de la misma. A continuación, se inicia la dinámica de grupo en la que el equipo debe cumplir el objetivo que se haya planteado.

Bandeja electrónica: consiste en una simulación de una situación de trabajo real y reproduce una bandeja de correo electrónico con información relativa a aspectos del trabajo y su desempeño. Los candidatos tienen que encontrar la mejor solución posible en un periodo de tiempo determinado. En concreto, se realiza en un ordenador, en cuyo buzón de correo electrónico, la persona aspirante encontrará varios correos que deberá leer y, después, ordenar una serie de acciones que se le proponen para un número de situaciones específicas (desde aquellas en las que está totalmente de acuerdo, hasta aquellas en las que está totalmente en desacuerdo).

En concreto, las personas aspirantes responderán entre 18 y 21 preguntas relativas a la información proporcionada en esos correos electrónicos. Cada pregunta presentará 3 opciones, debiéndose clasificar cada una de acuerdo con una escala que presenta 5 posiciones: totalmente en desacuerdo, en desacuerdo, neutral, de acuerdo, o totalmente de acuerdo.

Con antelación suficiente se harán públicas a las personas aspirantes unas instrucciones para la realización de estas pruebas.

Sin perjuicio de lo previsto en la base 7.1, en aras al principio de agilidad del proceso selectivo y para que concluya en los plazos que establece la normativa, la realización de estas pruebas, especialmente el ejercicio en grupo, podrá tener lugar en la fase final del curso selectivo. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en la base 7.1.2, para poder calificar el segundo ejercicio del proceso, se deberá obtener la declaración de «apto» en el curso.

  • b) La segunda parte consistirá en resolver, mediante ordenador facilitado por el centro gestor que dispondrá de determinada legislación entre la que constará la necesaria para la resolución del ejercicio, en un tiempo mínimo de 3 horas y máximo de 4, a determinar por el órgano técnico de selección, 2 o 3 supuestos prácticos, referidos a las materias recogidas en el anexo I. Uno de dichos supuestos versará sobre la «parte especial» según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2 «proceso selectivo 1 parte especial cuerpo general A1-01», u «proceso selectivo 2 parte especial APT 01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos». Se presumirá idéntico valor a todos los supuestos prácticos, que se distribuirá proporcionalmente entre las preguntas o apartados que compongan el supuesto práctico, salvo que el OTS, en atención a la extensión, complejidad y/o dificultad técnica, establezca distinta puntuación a los supuestos prácticos o a cada una las cuestiones formuladas en los citados supuestos, en cuyo caso, lo comunicará a las personas aspirantes, con carácter previo a la realización del ejercicio.

Calificación de los ejercicios

La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos, que se distribuirán de la siguiente manera:

La calificación del primer ejercicio será de 0 a 50 puntos. Siendo necesario para superar el ejercicio 25 puntos y haber obtenido el mínimo de la puntuación requerida en cada una de las partes.

  • a) La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la primera parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40 % de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional.
  • b) La segunda parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la segunda parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40 % de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el punto 7.1.2 solo pasarán a la siguiente fase del proceso consistente en la realización del curso selectivo las personas aspirantes que entren en la relación que allí se establece.

La calificación del curso será, de conformidad con lo establecido en el punto 7.1.2 de «apto» o «no apto».

La calificación del segundo ejercicio será de 0 a 50 puntos.

  • a) La primera prueba, que no tendrá carácter eliminatorio, relativa a las competencias generales se puntuará de 0 a 10 puntos, de los cuales 5 corresponden al ejercicio en grupo y los otros 5 a la bandeja electrónica.
  • b) La segunda prueba, que tendrá carácter eliminatorio, relativa a supuestos prácticos, se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener para superarla un mínimo de 20 puntos.

Para superar el segundo ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos, puntuación que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes del ejercicio.

Puntuación final

La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de los opositores en la relación de aprobados, vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios obligatorios, siempre que se hubiese obtenido, como mínimo, la puntuación indicada en cada caso.

Según la anterior convocatoria.

Parte general

I. Constitución y organización del estado

  1. La Constitución española de 1978. Características, estructura. Título Preliminar. De los derechos y deberes fundamentales. De la reforma constitucional.
  2. La Corona: su regulación en la Constitución española. Las Cortes Generales. Las cámaras: composición, organización y funciones. La función legislativa. Relaciones entre las cámaras. Los tratados internacionales.
  3. Del Gobierno y de la Administración. El presidente o presidenta del Gobierno. El Consejo de Ministros. Estatuto de los miembros del Gobierno. Las funciones del gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
  4. La Administración pública: principios constitucionales que la informan. Gobierno y Administración. La Administración General del Estado: organización administrativa. Los ministerios: estructura. Los órganos territoriales.
  5. Economía y hacienda: principios reguladores en la Constitución. El Tribunal de Cuentas en la Constitución.
  6. El Poder Judicial: la regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: Composición y funciones. La regulación constitucional de El Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo: Naturaleza, competencias y resoluciones.
  7. Regulación constitucional de la organización territorial del Estado: Principios generales. La Administración Local. Las comunidades autónomas.

    II. Organización de la Comunitat Valenciana

  8. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
  9. Les Corts: De los derechos de los diputados y diputadas; De las Comisiones: normas generales; Control de las disposiciones del Consell con fuerza de Ley; De las interpelaciones y preguntas parlamentarias. El sistema electoral valenciano: el Derecho de sufragio, el sistema electoral y la convocatoria de elecciones.
  10. El President o Presidenta de la Generalitat: elección y estatuto personal. Atribuciones. El Consell: composición. Atribuciones y funcionamiento. La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Relaciones entre el Consell y Les Corts.
  11. Gobierno y Administración. Los Consellers o conselleras. Estatuto personal. La Administración pública de la Generalitat. Organización, competencias y estructura. Organización territorial de las consellerias. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la Administración pública de la Generalitat.
  12. La o el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Jurídic Consultiu, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comité Econòmic i Social. Leyes que regulan estas instituciones: objeto, funciones y competencias.

    III. Unión Europea

  13. Las instituciones y organismos de la Unión Europea Composición y funciones: El Parlamento Europeo, El Consejo Europeo, El Consejo de la Unión Europea, La Comisión Europea, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, El Banco Central Europeo, El Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social. El Comité de las Regiones.

    IV. Materias Transversales

  14. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres.
  15. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios rectores, medidas de sensibilización, prevención y detección; Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género; Tutela Institucional.

Parte especial «proceso selectivo 2 APT-01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos»

I. Las políticas de la Unión Europea y su presupuesto

  1. Naturaleza, valores y finalidad y objetivos de la Unión Europea. Los miembros de la Unión Europea. Las competencias de la Unión Europea, delimitación, clasificación y principios de su ejercicio.
  2. Características del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Fuentes del derecho de la Unión Europea. Tratados constitutivos. Actos jurídicos de la Unión: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.
  3. Derechos fundamentales y ciudadanía de la Unión. El mercado interior: la libre circulación de mercancías, libre circulación de trabajadores, libre circulación de personas, servicios y capitales. Las competencias y garantías sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia.
  4. Las políticas de la Unión Europea (I): agricultura; transportes; medio ambiente; política económica y monetaria.
  5. Las políticas de la Unión Europea (II): empleo y política social; educación, formación profesional y juventud; cultura; salud pública.
  6. Las políticas de la Unión Europea (III): la cohesión económica, social y territorial.
  7. Derecho de la Unión Europea (I). El Derecho Primario y el Derecho Derivado. Jerarquía de las normas. La relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. Principios y control.
  8. Derecho de la Unión Europea (II). La participación de las CCAA y de la Generalitat en la formación y en la ejecución del derecho de la Unión Europea.
  9. El presupuesto de la Unión Europea: concepto y naturaleza. Principios presupuestarios. El ciclo presupuestario.
  10. El presupuesto de la Unión Europea: Contenido, elaboración y estructura. Tramitación y aprobación. La gestión del presupuesto.

    II. Reglamento de Disposiciones Comunes

  11. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Consideraciones generales a la norma. Considerandos (1) a (96).
  12. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título I, Objetivos y normas generales de ayuda; Título II, Enfoque estratégico.
  13. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título III, Programación; Título IV, Capítulo I, Seguimiento; Título IV, Capítulo II, Evaluación.
  14. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título V, Ayuda financiera de los Fondos.
  15. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título VI, Gestión y Control.
  16. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título VII. Gestión Financiera, presentación y examen de cuentas y correcciones financieras; Título VIII, Marco Financiero.
  17. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título IX, Delegación de Poderes y Disposiciones de Ejecución Transitorias y Finales.
  18. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Anexos salvo el VI y el XXVI.

    III. Comunicación y visibilidad

  19. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021: Título IV, Seguimiento, Evaluación, Comunicación y Visibilidad, Capítulo III, Visibilidad, transparencia y comunicación, ANEXO IX Comunicación y Visibilidad – Artículos 47, 49 Y 50.
  20. Apartado 7 Comunicación y visibilidad y Apéndice 3 Operaciones de importancia estratégica de los programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027.

    IV. Procedimientos

  21. Designación como Organismo Intermedio y Acuerdo de atribución de funciones al Organismo Intermedio. Descripción de funciones y procedimientos de la Generalitat Valenciana programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027 vigentes.

    V. Verificación

  22. Verificaciones de gestión. Objetivos, metodología y alcance: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  23. Verificaciones administrativas: Normas nacionales de subvencionabilidad de los gastos en los programas Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo Plus 2021-2027.
  24. Verificaciones sobre el terreno: Plan de Verificaciones sobre el Terreno en los programas FEDER-FSE Comunitat Valenciana. https://breu.gva.es/b/zJfqj5sB8z https://breu.gva.es/b/ zMtSRhWzHB
  25. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (I). Contratación pública, ayudas e Instrumentos financieros: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes.; Título V, Capítulo II, Sección II, y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  26. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (II). Durabilidad de las operaciones, Medio ambiente, Igualdad y no discriminación e Indicadores: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; Título I, Capítulo II, Título V, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  27. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (III). Opciones de costes simplificados, Asistencia Técnica y Financiación no vinculada a los costes: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; Título III, Capítulo III y Título VII, Capítulo I, Sección II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; Capítulo 5 de las Directrices sobre el uso de Opciones de Costes Simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (2021/C 200/01).
  28. Pista de Auditoría: Título VI, Capítulo I, y Anexo XIII del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  29. Sistema contable y doble financiación. Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión: Título IV, Capítulo 4, Sección 3, y Título VIII, Capítulo 2.
  30. Correcciones financieras: Título VII, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; y Decisión de la Comisión, de 14 de mayo de 2019, por la que se establecen las directrices para la determinación de las correcciones financieras que deben aplicarse a los gastos financiados por la Unión en caso de incumplimiento de las normas aplicables a la contratación pública.
  31. Evaluación de los sistemas de gestión y control. Requisitos clave, clasificación y categorías: Orientaciones vigentes para la Comisión y los Estados miembros sobre una metodología común para la evaluación de los sistemas de gestión y control en los Estados miembros; Título VI, Capítulo I, y Anexo XI del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.

    VI. Política antifraude

  32. Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal.
  33. Reglamento (UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre de 2013, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
  34. Orientaciones vigentes para los Estados miembros y las autoridades del Programa sobre la Evaluación del Riesgo de Fraude y medidas contra el fraude eficaces y proporcionales y sus Anexos 1-2-3-4.
  35. Comunicación de la Comisión Orientaciones sobre cómo evitar y gestionar las situaciones de conflicto de intereses con arreglo al Reglamento Financiero 2021/C 121/01 Document 52021XC0409(01) DOUE C121 de 9 de abril de 2021.
  36. COCOF 09/0003/00 de 18.2.2009, Nota informativa sobre indicadores de fraude para el FEDER, el FSE y el FC.
  37. XXXIII Informe anual sobre la protección de los intereses financieros de la Unión Europea y la lucha contra el fraude (2021) – COM/2022/482 final.

    VII. Reglamento FEDER 2021-2027

  38. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (55).
  39. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículos 1 a 4, objeto, cometidos del FEDER, objetivos específicos del FEDER y concentración temática de la ayuda del FEDER.
  40. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículos 5 a 7, alcance y exclusión del alcance de la ayuda del FEDER.
  41. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículo 8 y Anexo I, indicadores de FEDER e indicadores comunes de realización y de resultado para el FEDER (Inversión en empleo y crecimiento).

    VIII. Cooperación Territorial Europea

  42. Reglamento UE 2021/1059 del PE y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de CTE que recibe apoyo del FEDER y de los instrumentos de financiación exterior.
  43. Programa INTERREG EURO-MED 2021-2027 https://bit.ly/ 45fC41l
  44. Programa INTERREG EUROPE 2021-2027 https://bit. ly/3OlHEth
  45. Programa Interreg Sudoe 2021-2027 https://bit.ly/3OgsiWR
  46. Interreg VI-B NEXT «Cuenca del Mar Mediterráneo» (NEXT MED) https://bit.ly/3pS8Bun

    IX. Reglamento FSE+ 2021-2027

  47. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (54).
  48. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Parte I. Disposiciones Generales; Parte IV. Disposiciones Finales; Anexo I; Anexo II; Anexo III.
  49. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Parte II, Ejecución en Régimen de Gestión Compartida.
  50. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Parte III, Ejecución en Régimen de Gestión Directa e Indirecta.

    X. EGESIF

  51. Comunicación de la Comisión – Directrices sobre el uso de opciones de costes simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) DOUE de 27 de mayo de 2021 – Versión Revisada tras la entrada en vigor del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046: Capítulo 1, Introducción; Capítulo 2, Principios horizontales y ámbito de aplicación.
  52. Comunicación de la Comisión – Directrices sobre el uso de opciones de costes simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) DOUE de 27 de mayo de 2021 – Versión Revisada tras la entrada en vigor del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046: Capítulo 3, Tipos de opciones de costes simplificados; Capítulo 4, Establecimiento de las opciones de costes simplificados. Anexo I, Ejemplos de opciones de costes simplificados; Anexo II, Ejemplo de compatibilidad de las OCS con las normas sobre ayudas estatales.

    XI. Ayudas de estado

  53. El concepto de ayuda estatal; Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: art 107; Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el art 107 del TFUE (DOUE 19.07.2016 C 262/1): Apartados 2, 3, 4, 5.1, 5.2, 5.3 y 6.
  54. Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972 y 2021/1237: Capítulos I y II.
  55. RGEC 2: Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972 y 2021/1237: Capítulo III (art. 13, 14, del 25 al 32, del 36 al 49, 53 y 54), Anexo I (Definición de PYME).
  56. Ayudas de Minimis: Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, modificado por Reglamento (UE) núm. 2020/972 de la Comisión de 2 de julio.
  57. Normativa autonómica: Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

    XII. Mecanismo de Recuperación y política agrícola común

  58. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Concepto y principales cifras en el marco presupuestario de la UE 2021-2027. Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Normativa estatal y autonómica para la recuperación post-covid. Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre. Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell. Decreto 161/2021, de 8 de octubre, del Consell.
  59. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Documentos de aprobación: Decisión y Acuerdo Operativo. Estructura del plan y definiciones: políticas palanca, componentes, medidas y reformas e inversiones. Gobernanza interadministrativa y calendario de aplicación. Órdenes ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre. Jerarquía de gestión. Implicaciones para la gestión y ejecución de fondos de recuperación a nivel autonómico.
  60. El Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.

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EJERCICIOS

Según la anterior convocatoria.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en las siguientes bases.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que accedan a el mismo serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Fase de oposición

El proceso selectivo constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio. Entre el primer ejercicio y el segundo se realizará el curso selectivo.

Primer ejercicio

El primer ejercicio, constará de 2 partes, que se realizaran en el mismo día, de carácter obligatorio y eliminatorio.

  • a) La primera parte, que tendrá lugar por la mañana, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 160 preguntas, que en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I, de las cuales, 50 preguntas versarán sobre las materias recogidas en la «parte general» común a los 2 procesos selectivos, y 110 preguntas versarán sobre la «parte especial» conforme al proceso selectivo elegido «proceso selectivo 1 parte especial cuerpo general A1-01», u «proceso selectivo 2 parte especial APT 01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos», según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 60 segundos ni superior a 90 segundos por pregunta.
  • b) La segunda parte, que tendrá lugar por la tarde, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas teórico-prácticas que, en todo caso, se formularán con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, sobre la totalidad del temario recogido en el anexo I «parte especial» según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2. El tiempo de realización del examen será determinado previamente por el OTS, y en ningún caso será inferior a 120 segundos ni superior a 180 segundos por pregunta.

De las personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio y en base a la puntuación obtenida en el mismo, accederá a la realización del curso selectivo un número de personas equivalente a las plazas a cubrir, incrementado, en su caso, con el número de plazas de promoción interna que queden desiertas, más un 10 %. En el supuesto de que una o más personas aspirantes tuvieran la misma calificación que la última con derecho a acceder al curso, todas las que presenten idéntica puntuación accederán al curso.

El curso selectivo estará organizado y realizado por el Instituto Valenciano de Administración Pública. Los aspirantes admitidos al curso selectivo serán nombrados por el órgano convocante, funcionarios en prácticas durante el tiempo que estén en el curso y con determinación de la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

El curso tendrá como finalidad proporcionar a los aspirantes la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.

Por ello el curso combinará, de conformidad con lo que se detalle en la guía de contenidos del mismo, una actividad formativa tutorizada de carácter práctico con la estancia en entornos laborales donde deberán adquirir conocimientos prácticos sobre la gestión de los diferentes procedimientos administrativos propios de las funciones del puesto.

El curso tendrá una duración estimada de 4 meses. El contenido, calendario y lugares de su realización, así como las demás normas que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Dirección General de Función Pública.

El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia al mismo así como realizar las actividades que se encarguen. A la finalización del mismo y como requisito para poder calificar el segundo ejercicio del proceso, se deberá obtener la declaración de «apto» que se emitirá por el OTS sobre la base del informe del tutor de los aspirantes, que será designado por la Dirección General de Función Pública.

El curso selectivo incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y un módulo en materia de violencia de género.

A las personas aspirantes que no superasen el curso selectivo no se les podrá calificar el segundo ejercicio quedando, por tanto, excluidas del proceso selectivo. En estos casos se dictará una resolución motivada por parte de la autoridad convocante.

Segundo ejercicio

Constará de 2 partes, de carácter obligatorio.

  • a) La primera parte, tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio, y consistirá en la realización de una serie de pruebas para la evaluación de las siguientes competencias generales que se consideran convenientes para el ejercicio de las funciones asignadas a las plazas objeto de la presente convocatoria:
    • Pensamiento crítico, análisis y resolución creativa de problemas. Gestionar información compleja con una perspectiva holística, de pensamiento sistémico. Mostrar que se tiene conciencia de las ramificaciones de las cuestiones que van más allá del propio ámbito de responsabilidad y considerar el contexto general y otros puntos de vista. Captar lo esencial y estructurar los pensamientos de forma clara. Desarrollar soluciones creativas e innovadoras que tengan en cuenta las necesidades y las posturas de las partes interesadas.
    • Gestión de la información (alfabetización digital y en materia de datos). Encontrar, filtrar, evaluar, utilizar, crear y comunicar contenidos utilizando las tecnologías de la información e internet. Leer, comprender y utilizar los datos de diferentes maneras, y demostrar capacidades de cálculo. Trasladar conocimientos, capacidades y competencias a través de herramientas digitales y adaptarse con rapidez a las nuevas realidades informáticas y profesionales.
    • Trabajo en equipo. Colaborar entre estructuras y asumir la responsabilidad de los resultados de la organización en su conjunto. Compartir (en lugar de acumular) conocimientos, mostrar espíritu de servicio. Hacer frente a los conflictos de manera constructiva. Demostrar facilidad para trabajar en un entorno multicultural y multilingüe, apoyo a la diversidad y un comportamiento respetuoso e inclusivo hacia los demás.
    • Aprendizaje como capacidad. Desarrollar estrategias de aprendizaje, identificar las propias necesidades de aprendizaje y esforzarse por mejorar continuamente. Responsabilizarse del propio aprendizaje y reflexionar sobre él. Mostrar disposición a cambiar la estrategia ante la nueva información, aprender de los errores y aplicar las lecciones aprendidas con determinación. Hacer observaciones y ser receptivo y responder a ellas.

Estas competencias generales serán evaluadas por parte del personal especialista que a tal efecto designe el órgano técnico de selección, a través de un ejercicio en grupo y la prueba de la bandeja electrónica.

Para su evaluación, se realizarán por parte del personal especialista que a tal efecto designe el órgano técnico de selección, las siguientes pruebas:

Ejercicio en grupo: cada aspirante participará en un ejercicio en grupo. El objetivo de esta prueba colectiva, de 60 minutos de duración, es medir las capacidades relevantes para el desempeño relacionadas con el trabajo en equipo y otras capacidades de interacción de la persona aspirante en el seno de un grupo o equipo y la calidad de su contribución a una tarea colectiva. El personal especialista agrupará a las personas aspirantes, en base al orden de llamamiento que se prevé en la base 6, en grupos preferentemente de 8 personas, realizándose cuantos ejercicios sea necesarios para la participación en esta prueba de todos los aspirantes.

Según el ejercicio cada persona puede recibir un dossier de información que es idéntico para todos los miembros del grupo y, en su caso, una información adicional que puede ser diferente para cada aspirante.

El ejercicio tiene una parte de trabajo individual en la que cada participante debe procesar la información recibida en un tiempo limitado para ello, identificando los aspectos más importantes de la misma. A continuación, se inicia la dinámica de grupo en la que el equipo debe cumplir el objetivo que se haya planteado.

Bandeja electrónica: consiste en una simulación de una situación de trabajo real y reproduce una bandeja de correo electrónico con información relativa a aspectos del trabajo y su desempeño. Los candidatos tienen que encontrar la mejor solución posible en un periodo de tiempo determinado. En concreto, se realiza en un ordenador, en cuyo buzón de correo electrónico, la persona aspirante encontrará varios correos que deberá leer y, después, ordenar una serie de acciones que se le proponen para un número de situaciones específicas (desde aquellas en las que está totalmente de acuerdo, hasta aquellas en las que está totalmente en desacuerdo).

En concreto, las personas aspirantes responderán entre 18 y 21 preguntas relativas a la información proporcionada en esos correos electrónicos. Cada pregunta presentará 3 opciones, debiéndose clasificar cada una de acuerdo con una escala que presenta 5 posiciones: totalmente en desacuerdo, en desacuerdo, neutral, de acuerdo, o totalmente de acuerdo.

Con antelación suficiente se harán públicas a las personas aspirantes unas instrucciones para la realización de estas pruebas.

Sin perjuicio de lo previsto en la base 7.1, en aras al principio de agilidad del proceso selectivo y para que concluya en los plazos que establece la normativa, la realización de estas pruebas, especialmente el ejercicio en grupo, podrá tener lugar en la fase final del curso selectivo. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en la base 7.1.2, para poder calificar el segundo ejercicio del proceso, se deberá obtener la declaración de «apto» en el curso.

  • b) La segunda parte consistirá en resolver, mediante ordenador facilitado por el centro gestor que dispondrá de determinada legislación entre la que constará la necesaria para la resolución del ejercicio, en un tiempo mínimo de 3 horas y máximo de 4, a determinar por el órgano técnico de selección, 2 o 3 supuestos prácticos, referidos a las materias recogidas en el anexo I. Uno de dichos supuestos versará sobre la «parte especial» según el proceso selectivo de inscripción, de acuerdo con las instrucciones del punto 4.2 «proceso selectivo 1 parte especial cuerpo general A1-01», u «proceso selectivo 2 parte especial APT 01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos». Se presumirá idéntico valor a todos los supuestos prácticos, que se distribuirá proporcionalmente entre las preguntas o apartados que compongan el supuesto práctico, salvo que el OTS, en atención a la extensión, complejidad y/o dificultad técnica, establezca distinta puntuación a los supuestos prácticos o a cada una las cuestiones formuladas en los citados supuestos, en cuyo caso, lo comunicará a las personas aspirantes, con carácter previo a la realización del ejercicio.

Calificación de los ejercicios

La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos, que se distribuirán de la siguiente manera:

La calificación del primer ejercicio será de 0 a 50 puntos. Siendo necesario para superar el ejercicio 25 puntos y haber obtenido el mínimo de la puntuación requerida en cada una de las partes.

  • a) La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la primera parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40 % de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional.
  • b) La segunda parte se calificará de 0 a 25 puntos. Siendo necesario obtener 10 puntos para superar la segunda parte. El nivel de conocimientos mínimos exigidos para alcanzar los 10 puntos en la prueba será contestar el 40 % de respuestas correctas netas. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta y las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3) Establecidas las respuestas correctas netas se convertirán en puntuaciones finales mediante una distribución proporcional. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el punto 7.1.2 solo pasarán a la siguiente fase del proceso consistente en la realización del curso selectivo las personas aspirantes que entren en la relación que allí se establece.

La calificación del curso será, de conformidad con lo establecido en el punto 7.1.2 de «apto» o «no apto».

La calificación del segundo ejercicio será de 0 a 50 puntos.

  • a) La primera prueba, que no tendrá carácter eliminatorio, relativa a las competencias generales se puntuará de 0 a 10 puntos, de los cuales 5 corresponden al ejercicio en grupo y los otros 5 a la bandeja electrónica.
  • b) La segunda prueba, que tendrá carácter eliminatorio, relativa a supuestos prácticos, se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener para superarla un mínimo de 20 puntos.

Para superar el segundo ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos, puntuación que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes del ejercicio.

Puntuación final

La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de los opositores en la relación de aprobados, vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios obligatorios, siempre que se hubiese obtenido, como mínimo, la puntuación indicada en cada caso.

PROGRAMA

Según la anterior convocatoria.

Parte general

I. Constitución y organización del estado

  1. La Constitución española de 1978. Características, estructura. Título Preliminar. De los derechos y deberes fundamentales. De la reforma constitucional.
  2. La Corona: su regulación en la Constitución española. Las Cortes Generales. Las cámaras: composición, organización y funciones. La función legislativa. Relaciones entre las cámaras. Los tratados internacionales.
  3. Del Gobierno y de la Administración. El presidente o presidenta del Gobierno. El Consejo de Ministros. Estatuto de los miembros del Gobierno. Las funciones del gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
  4. La Administración pública: principios constitucionales que la informan. Gobierno y Administración. La Administración General del Estado: organización administrativa. Los ministerios: estructura. Los órganos territoriales.
  5. Economía y hacienda: principios reguladores en la Constitución. El Tribunal de Cuentas en la Constitución.
  6. El Poder Judicial: la regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: Composición y funciones. La regulación constitucional de El Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo: Naturaleza, competencias y resoluciones.
  7. Regulación constitucional de la organización territorial del Estado: Principios generales. La Administración Local. Las comunidades autónomas.

    II. Organización de la Comunitat Valenciana

  8. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
  9. Les Corts: De los derechos de los diputados y diputadas; De las Comisiones: normas generales; Control de las disposiciones del Consell con fuerza de Ley; De las interpelaciones y preguntas parlamentarias. El sistema electoral valenciano: el Derecho de sufragio, el sistema electoral y la convocatoria de elecciones.
  10. El President o Presidenta de la Generalitat: elección y estatuto personal. Atribuciones. El Consell: composición. Atribuciones y funcionamiento. La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Relaciones entre el Consell y Les Corts.
  11. Gobierno y Administración. Los Consellers o conselleras. Estatuto personal. La Administración pública de la Generalitat. Organización, competencias y estructura. Organización territorial de las consellerias. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la Administración pública de la Generalitat.
  12. La o el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Jurídic Consultiu, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comité Econòmic i Social. Leyes que regulan estas instituciones: objeto, funciones y competencias.

    III. Unión Europea

  13. Las instituciones y organismos de la Unión Europea Composición y funciones: El Parlamento Europeo, El Consejo Europeo, El Consejo de la Unión Europea, La Comisión Europea, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, El Banco Central Europeo, El Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social. El Comité de las Regiones.

    IV. Materias Transversales

  14. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres.
  15. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios rectores, medidas de sensibilización, prevención y detección; Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género; Tutela Institucional.

Parte especial «proceso selectivo 2 APT-01-01-03 cuerpo superior de administración de fondos europeos»

I. Las políticas de la Unión Europea y su presupuesto

  1. Naturaleza, valores y finalidad y objetivos de la Unión Europea. Los miembros de la Unión Europea. Las competencias de la Unión Europea, delimitación, clasificación y principios de su ejercicio.
  2. Características del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Fuentes del derecho de la Unión Europea. Tratados constitutivos. Actos jurídicos de la Unión: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.
  3. Derechos fundamentales y ciudadanía de la Unión. El mercado interior: la libre circulación de mercancías, libre circulación de trabajadores, libre circulación de personas, servicios y capitales. Las competencias y garantías sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia.
  4. Las políticas de la Unión Europea (I): agricultura; transportes; medio ambiente; política económica y monetaria.
  5. Las políticas de la Unión Europea (II): empleo y política social; educación, formación profesional y juventud; cultura; salud pública.
  6. Las políticas de la Unión Europea (III): la cohesión económica, social y territorial.
  7. Derecho de la Unión Europea (I). El Derecho Primario y el Derecho Derivado. Jerarquía de las normas. La relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. Principios y control.
  8. Derecho de la Unión Europea (II). La participación de las CCAA y de la Generalitat en la formación y en la ejecución del derecho de la Unión Europea.
  9. El presupuesto de la Unión Europea: concepto y naturaleza. Principios presupuestarios. El ciclo presupuestario.
  10. El presupuesto de la Unión Europea: Contenido, elaboración y estructura. Tramitación y aprobación. La gestión del presupuesto.

    II. Reglamento de Disposiciones Comunes

  11. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Consideraciones generales a la norma. Considerandos (1) a (96).
  12. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título I, Objetivos y normas generales de ayuda; Título II, Enfoque estratégico.
  13. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título III, Programación; Título IV, Capítulo I, Seguimiento; Título IV, Capítulo II, Evaluación.
  14. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título V, Ayuda financiera de los Fondos.
  15. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título VI, Gestión y Control.
  16. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título VII. Gestión Financiera, presentación y examen de cuentas y correcciones financieras; Título VIII, Marco Financiero.
  17. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Título IX, Delegación de Poderes y Disposiciones de Ejecución Transitorias y Finales.
  18. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondos Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y Política de Visados: Anexos salvo el VI y el XXVI.

    III. Comunicación y visibilidad

  19. Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021: Título IV, Seguimiento, Evaluación, Comunicación y Visibilidad, Capítulo III, Visibilidad, transparencia y comunicación, ANEXO IX Comunicación y Visibilidad – Artículos 47, 49 Y 50.
  20. Apartado 7 Comunicación y visibilidad y Apéndice 3 Operaciones de importancia estratégica de los programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027.

    IV. Procedimientos

  21. Designación como Organismo Intermedio y Acuerdo de atribución de funciones al Organismo Intermedio. Descripción de funciones y procedimientos de la Generalitat Valenciana programas FEDER-FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027 vigentes.

    V. Verificación

  22. Verificaciones de gestión. Objetivos, metodología y alcance: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  23. Verificaciones administrativas: Normas nacionales de subvencionabilidad de los gastos en los programas Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo Plus 2021-2027.
  24. Verificaciones sobre el terreno: Plan de Verificaciones sobre el Terreno en los programas FEDER-FSE Comunitat Valenciana. https://breu.gva.es/b/zJfqj5sB8z https://breu.gva.es/b/ zMtSRhWzHB
  25. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (I). Contratación pública, ayudas e Instrumentos financieros: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes.; Título V, Capítulo II, Sección II, y Título VI, Capítulo II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  26. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (II). Durabilidad de las operaciones, Medio ambiente, Igualdad y no discriminación e Indicadores: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; Título I, Capítulo II, Título V, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  27. Ámbitos específicos de las verificaciones de gestión (III). Opciones de costes simplificados, Asistencia Técnica y Financiación no vinculada a los costes: Orientaciones para los Estados miembros sobre las verificaciones de gestión vigentes; Título III, Capítulo III y Título VII, Capítulo I, Sección II del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; Capítulo 5 de las Directrices sobre el uso de Opciones de Costes Simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (2021/C 200/01).
  28. Pista de Auditoría: Título VI, Capítulo I, y Anexo XIII del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
  29. Sistema contable y doble financiación. Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión: Título IV, Capítulo 4, Sección 3, y Título VIII, Capítulo 2.
  30. Correcciones financieras: Título VII, Capítulo III del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021; y Decisión de la Comisión, de 14 de mayo de 2019, por la que se establecen las directrices para la determinación de las correcciones financieras que deben aplicarse a los gastos financiados por la Unión en caso de incumplimiento de las normas aplicables a la contratación pública.
  31. Evaluación de los sistemas de gestión y control. Requisitos clave, clasificación y categorías: Orientaciones vigentes para la Comisión y los Estados miembros sobre una metodología común para la evaluación de los sistemas de gestión y control en los Estados miembros; Título VI, Capítulo I, y Anexo XI del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.

    VI. Política antifraude

  32. Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal.
  33. Reglamento (UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre de 2013, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
  34. Orientaciones vigentes para los Estados miembros y las autoridades del Programa sobre la Evaluación del Riesgo de Fraude y medidas contra el fraude eficaces y proporcionales y sus Anexos 1-2-3-4.
  35. Comunicación de la Comisión Orientaciones sobre cómo evitar y gestionar las situaciones de conflicto de intereses con arreglo al Reglamento Financiero 2021/C 121/01 Document 52021XC0409(01) DOUE C121 de 9 de abril de 2021.
  36. COCOF 09/0003/00 de 18.2.2009, Nota informativa sobre indicadores de fraude para el FEDER, el FSE y el FC.
  37. XXXIII Informe anual sobre la protección de los intereses financieros de la Unión Europea y la lucha contra el fraude (2021) – COM/2022/482 final.

    VII. Reglamento FEDER 2021-2027

  38. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (55).
  39. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículos 1 a 4, objeto, cometidos del FEDER, objetivos específicos del FEDER y concentración temática de la ayuda del FEDER.
  40. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículos 5 a 7, alcance y exclusión del alcance de la ayuda del FEDER.
  41. Reglamento (UE) 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión: Capítulo I, artículo 8 y Anexo I, indicadores de FEDER e indicadores comunes de realización y de resultado para el FEDER (Inversión en empleo y crecimiento).

    VIII. Cooperación Territorial Europea

  42. Reglamento UE 2021/1059 del PE y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de CTE que recibe apoyo del FEDER y de los instrumentos de financiación exterior.
  43. Programa INTERREG EURO-MED 2021-2027 https://bit.ly/ 45fC41l
  44. Programa INTERREG EUROPE 2021-2027 https://bit. ly/3OlHEth
  45. Programa Interreg Sudoe 2021-2027 https://bit.ly/3OgsiWR
  46. Interreg VI-B NEXT «Cuenca del Mar Mediterráneo» (NEXT MED) https://bit.ly/3pS8Bun

    IX. Reglamento FSE+ 2021-2027

  47. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Consideraciones generales a la norma. Considerandos de (1) a (54).
  48. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Parte I. Disposiciones Generales; Parte IV. Disposiciones Finales; Anexo I; Anexo II; Anexo III.
  49. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Parte II, Ejecución en Régimen de Gestión Compartida.
  50. Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº1296/2013: Parte III, Ejecución en Régimen de Gestión Directa e Indirecta.

    X. EGESIF

  51. Comunicación de la Comisión – Directrices sobre el uso de opciones de costes simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) DOUE de 27 de mayo de 2021 – Versión Revisada tras la entrada en vigor del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046: Capítulo 1, Introducción; Capítulo 2, Principios horizontales y ámbito de aplicación.
  52. Comunicación de la Comisión – Directrices sobre el uso de opciones de costes simplificados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) DOUE de 27 de mayo de 2021 – Versión Revisada tras la entrada en vigor del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046: Capítulo 3, Tipos de opciones de costes simplificados; Capítulo 4, Establecimiento de las opciones de costes simplificados. Anexo I, Ejemplos de opciones de costes simplificados; Anexo II, Ejemplo de compatibilidad de las OCS con las normas sobre ayudas estatales.

    XI. Ayudas de estado

  53. El concepto de ayuda estatal; Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: art 107; Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el art 107 del TFUE (DOUE 19.07.2016 C 262/1): Apartados 2, 3, 4, 5.1, 5.2, 5.3 y 6.
  54. Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972 y 2021/1237: Capítulos I y II.
  55. RGEC 2: Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014) modificado por los Reglamentos (UE) 2017/1084, 2020/972 y 2021/1237: Capítulo III (art. 13, 14, del 25 al 32, del 36 al 49, 53 y 54), Anexo I (Definición de PYME).
  56. Ayudas de Minimis: Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, modificado por Reglamento (UE) núm. 2020/972 de la Comisión de 2 de julio.
  57. Normativa autonómica: Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

    XII. Mecanismo de Recuperación y política agrícola común

  58. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Concepto y principales cifras en el marco presupuestario de la UE 2021-2027. Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Normativa estatal y autonómica para la recuperación post-covid. Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre. Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell. Decreto 161/2021, de 8 de octubre, del Consell.
  59. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Documentos de aprobación: Decisión y Acuerdo Operativo. Estructura del plan y definiciones: políticas palanca, componentes, medidas y reformas e inversiones. Gobernanza interadministrativa y calendario de aplicación. Órdenes ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre. Jerarquía de gestión. Implicaciones para la gestión y ejecución de fondos de recuperación a nivel autonómico.
  60. El Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.

Datos básicos

Oposición
Tecnicos Generalitat Valenciana Fondos Europeos
Organismo
Generalitat Valenciana
Tipo de personal
Funcionario
Año
2024
Estado
Próxima Convocatoria

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