Auxiliares Administrativos Universidad de Santiago

 

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Te ofrecemos nuestros libros de temario donde recogemos los temas de estudio de esta oposición, según la última convocatoria.

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Funciones

Las funciones de un Auxiliar Administrativo de la Universidad de Santiago son, entre otras:

  • Gestión y tramitación de documentación académica
  • Información y atención a los usuarios de la Universidad
  • Tareas básicas ofimáticas y de carácter administrativo

Retribuciones

El salario de un Auxiliar Administrativo de la Universidad de Santiago se sitúa en torno a los 24.000 euros anuales. Ver más sobre las retribuciones del personal de la USC.

Según la convocatoria anterior

El sistema selectivo por concurso-oposición y constará de las fases, pruebas y calificaciones que a continuación se indican:

FASE DE OPOSICIÓN

Consistirá en la realización de los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, excepto las exenciones previstas en la descripción del primer y cuarto ejercicio.

Las personas aspirantes deberán presentarse para la realización de cada ejercicio con el DNI o con otro documento que, a juicio del tribunal, permita acreditar fehacientemente su identidad. Así mismo, deberán presentarse provistas del correspondiente lapiz del nº 2 y goma de borrar para la realización de los ejercicios tipo test.

Primer ejercicio: estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acreditasen documentalmente, junto con la solicitud, estar en posesión del certificado Celga 4 o del certificado de aptitud del curso de perfeccionamiento de lengua gallega o certificado de validación de las materias de lengua gallega, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de lengua gallega. Este ejercicio tendrá la siguiente estructura:

  • Primera prueba. Comprensión escrita o comprensión oral y expresión escrita. Las personas aspirantes deberán redactar un texto siguiendo unas indicaciones que se le facilitarán por escrito. La elaboración del texto deberá basarse en la comprensión de un texto escrito o en la comprensión de un fragmento de audio o audio-vídeo. La duración máxima de esta prueba será de noventa minutos.
  • Segunda prueba. Comprensión escrita o comprensión oral y expresión oral. Las personas aspirantes deberán leer un texto o escuchar un fragmento de audio o audio-vídeo y, a continuación, en una entrevista con el examinador, se les pedirá que resuman el input y que mantengan un diálogo al respeto del input recibido, de modo que pueda ser evaluada su producción oral. La duración máxima de esta prueba será de quince minutos por persona aspirante.

Para superar este ejercicio será necesario obtener el resultado de apto.

Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 90 preguntas tipo test, más cinco de reserva, con cuatro respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una será la correcta, correspondientes al programa que figura como anexo II de esta convocatoria. El tiempo máximo de duración será de 120 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y será necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para alcanzar la puntuación mínima.

Tercer ejercicio: consistirá en la realización de un supuesto práctico elegido entre tres propuestos por el tribunal correspondientes a los temas de recursos humanos, gestión económica y gestión académica que figuran en el programa.

El supuesto estará desglosado en 20 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas de las que solo una será la correcta. El tiempo máximo de duración será de 90 minutos.

El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y será necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para alcanzar la puntuación mínima. Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.

Cuarto ejercicio: consistirá en la realización de una prueba práctica con ordenador, en la que se deberá contestar por escrito un cuestionario de 20 preguntas tipo test, más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las que solo una será la correcta, dirigidas a apreciar los conocimientos de las personas aspirantes como usuarias de programas Word para Microsoft 365 y Excel para Microsoft 365.

Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acreditasen documentalmente junto con la solicitud estar en posesión del CODIX. Igualmente, quedarán exentas/os las/los aspirantes que adjuntasen con la solicitud formación en tratamiento de textos y hojas de cálculo impartida por instituciones públicas en los últimos diez años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Los cursos deberán ser de aptitud y constarán de 40 horas en conjunto, no pudiendo ser ninguno de ellos inferior a 15 horas.

El ejercicio tendrá una duración máxima de cuarenta minutos y se calificará como apto o no apto, correspondiéndole al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para obtener la calificación de apto.

FASE DE CONCURSO

Consistirá en la valoración a las personas aspirantes que superaron la fase de oposición de los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Puntuación de la fase de concurso: máximo 40 puntos.

Se valorarán los servicios prestados de la siguiente forma:

  • En la escala auxiliar en la USC: 0,25 puntos por mes.
  • En las categorías de personal laboral de la USC: auxiliar, auxiliar administrativo y administrativo realizando funciones propias de la escala auxiliar, en puestos de trabajo de la RPT de personal funcionario: 0,25 puntos por mes.
  • En cuerpos o escalas de otras administraciones públicas que tengan atribuidas las mismas funciones que las de la escala auxiliar de la USC: 0,050 puntos por mes.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las puntuaciones correspondientes a la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso de méritos, en la forma establecida en este anexo. Los empates en las puntuaciones se resolverán a favor de la persona aspirante que obtuviese una mayor puntuación en la fase de oposición y, si esto no fuese suficiente, por la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, tercer ejercicio y en la fase de concurso, por este orden hasta que se resuelva el empate.

Para la valoración de la experiencia acreditada en otras administraciones públicas prevista en la fase de concurso y para la baremación de las listas de espera, las dudas que surjan las resolverá la Comisión Permanente de Valoración de Méritos. Esta comisión intervendrá a petición del tribunal o de la unidad encargada de la baremación de las listas y podrá solicitar información complementaria a las personas aspirantes en relación con las funciones y tareas en los cuerpos o escalas en cuestión, con el fin de adoptar los acuerdos que procedan.

Según la convocatoria anterior

  1. La Constitución Española de 1978: título preliminar. Derechos y deberes fundamentales.
  2. La Constitución española de 1978: título IV. Del gobierno y de la administración; título VIII. De la organización territorial del estado.
  3. Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía de Galicia: título preliminar; título I. Del poder gallego.
  4. Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.
  5. Decreto 14/2014, de 30 de enero, por el que se aprueban los estatutos de la USC.
  6. Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
  7. Real decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del suplemento europeo al título. Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
  8. Real decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del suplemento europeo a los títulos regulados en el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y se modifica el Real decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco español de calificaciones para la educación superior.
  9. Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
  10. Real decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.
  11. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título preliminar; título I. De los interesados en el procedimiento.
  12. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título II. De la actividad de las administraciones públicas; título III. De los actos administrativos.
  13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: capítulos I al V
  14. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título V. De la revisión de los actos en vía administrativa: capítulo II. Recursos administrativos.
  15. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar: capítulo I. Disposiciones generales; capítulo II. De los órganos de las administraciones públicas, secciones 1ª, 2ª y 4ª; capítulo V. Funcionamiento electrónico del sector público.
  16. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales: título III. Derechos de las personas.
  17. Ley 2/2015, del 29 de abril, del empleo público de Galicia: título I. Objeto, principios y ámbito de aplicación.
  18. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título III. Clases de personal; título V. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.
  19. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicos: capítulo I. Disposiciones generales; capítulo III. Movilidad del personal funcionario; título VIII. Situaciones administrativas.
  20. Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad: título II. Las condiciones de empleo en igualdad en la Administración pública gallega: capítulo I. El acceso al empleo público gallego, y capítulo II. La igualdad retributiva en el empleo público.
  21. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: artículo 14. Derecho a la protección frente los riesgos laborales; artículo 15. Principios de la acción preventiva; artículo 29. Deberes de los/las trabajadores/as en materia de prevención de riesgos.
  22. Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia: título III. De los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, Capítulo I. Contenido y aprobación: artículo 49. Estructura; capítulo II. De los créditos y de sus modificaciones.
  23. Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia: título III. De los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma: capítulo III. Ejecución y liquidación.
  24. Resolución de 25 de enero de 2021 por la que se ordena la publicación del Reglamento de gestión presupuestaria de la USC.

Nota: Las referencias normativas de este temario pueden verse afectadas por las modificaciones que se produzcan hasta la fecha del examen, y en ese caso se entenderán referidas a la legislación en vigor.

Clases Presenciales Híbridas

Clases Presenciales

Método tradicional: los alumnos asisten físicamente a clase e interactúan directamente con los profesores y comparten experiencias y la preparación con los compañeros.

Si necesitas más información sobre nuestros planes o modalidades puedes consultarnos por email escribiendo a [email protected], llamarnos por teléfono al 617 109 109 o mandarnos tu consulta aquí.

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*Sin gastos de envío para compras superiores a 51€ (no aplica a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla).

EJERCICIOS

Según la convocatoria anterior

El sistema selectivo por concurso-oposición y constará de las fases, pruebas y calificaciones que a continuación se indican:

FASE DE OPOSICIÓN

Consistirá en la realización de los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, excepto las exenciones previstas en la descripción del primer y cuarto ejercicio.

Las personas aspirantes deberán presentarse para la realización de cada ejercicio con el DNI o con otro documento que, a juicio del tribunal, permita acreditar fehacientemente su identidad. Así mismo, deberán presentarse provistas del correspondiente lapiz del nº 2 y goma de borrar para la realización de los ejercicios tipo test.

Primer ejercicio: estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acreditasen documentalmente, junto con la solicitud, estar en posesión del certificado Celga 4 o del certificado de aptitud del curso de perfeccionamiento de lengua gallega o certificado de validación de las materias de lengua gallega, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de lengua gallega. Este ejercicio tendrá la siguiente estructura:

  • Primera prueba. Comprensión escrita o comprensión oral y expresión escrita. Las personas aspirantes deberán redactar un texto siguiendo unas indicaciones que se le facilitarán por escrito. La elaboración del texto deberá basarse en la comprensión de un texto escrito o en la comprensión de un fragmento de audio o audio-vídeo. La duración máxima de esta prueba será de noventa minutos.
  • Segunda prueba. Comprensión escrita o comprensión oral y expresión oral. Las personas aspirantes deberán leer un texto o escuchar un fragmento de audio o audio-vídeo y, a continuación, en una entrevista con el examinador, se les pedirá que resuman el input y que mantengan un diálogo al respeto del input recibido, de modo que pueda ser evaluada su producción oral. La duración máxima de esta prueba será de quince minutos por persona aspirante.

Para superar este ejercicio será necesario obtener el resultado de apto.

Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 90 preguntas tipo test, más cinco de reserva, con cuatro respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una será la correcta, correspondientes al programa que figura como anexo II de esta convocatoria. El tiempo máximo de duración será de 120 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y será necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para alcanzar la puntuación mínima.

Tercer ejercicio: consistirá en la realización de un supuesto práctico elegido entre tres propuestos por el tribunal correspondientes a los temas de recursos humanos, gestión económica y gestión académica que figuran en el programa.

El supuesto estará desglosado en 20 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas de las que solo una será la correcta. El tiempo máximo de duración será de 90 minutos.

El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y será necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para alcanzar la puntuación mínima. Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.

Cuarto ejercicio: consistirá en la realización de una prueba práctica con ordenador, en la que se deberá contestar por escrito un cuestionario de 20 preguntas tipo test, más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las que solo una será la correcta, dirigidas a apreciar los conocimientos de las personas aspirantes como usuarias de programas Word para Microsoft 365 y Excel para Microsoft 365.

Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acreditasen documentalmente junto con la solicitud estar en posesión del CODIX. Igualmente, quedarán exentas/os las/los aspirantes que adjuntasen con la solicitud formación en tratamiento de textos y hojas de cálculo impartida por instituciones públicas en los últimos diez años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Los cursos deberán ser de aptitud y constarán de 40 horas en conjunto, no pudiendo ser ninguno de ellos inferior a 15 horas.

El ejercicio tendrá una duración máxima de cuarenta minutos y se calificará como apto o no apto, correspondiéndole al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para obtener la calificación de apto.

FASE DE CONCURSO

Consistirá en la valoración a las personas aspirantes que superaron la fase de oposición de los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Puntuación de la fase de concurso: máximo 40 puntos.

Se valorarán los servicios prestados de la siguiente forma:

  • En la escala auxiliar en la USC: 0,25 puntos por mes.
  • En las categorías de personal laboral de la USC: auxiliar, auxiliar administrativo y administrativo realizando funciones propias de la escala auxiliar, en puestos de trabajo de la RPT de personal funcionario: 0,25 puntos por mes.
  • En cuerpos o escalas de otras administraciones públicas que tengan atribuidas las mismas funciones que las de la escala auxiliar de la USC: 0,050 puntos por mes.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las puntuaciones correspondientes a la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso de méritos, en la forma establecida en este anexo. Los empates en las puntuaciones se resolverán a favor de la persona aspirante que obtuviese una mayor puntuación en la fase de oposición y, si esto no fuese suficiente, por la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, tercer ejercicio y en la fase de concurso, por este orden hasta que se resuelva el empate.

Para la valoración de la experiencia acreditada en otras administraciones públicas prevista en la fase de concurso y para la baremación de las listas de espera, las dudas que surjan las resolverá la Comisión Permanente de Valoración de Méritos. Esta comisión intervendrá a petición del tribunal o de la unidad encargada de la baremación de las listas y podrá solicitar información complementaria a las personas aspirantes en relación con las funciones y tareas en los cuerpos o escalas en cuestión, con el fin de adoptar los acuerdos que procedan.

PROGRAMA

Según la convocatoria anterior

  1. La Constitución Española de 1978: título preliminar. Derechos y deberes fundamentales.
  2. La Constitución española de 1978: título IV. Del gobierno y de la administración; título VIII. De la organización territorial del estado.
  3. Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía de Galicia: título preliminar; título I. Del poder gallego.
  4. Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.
  5. Decreto 14/2014, de 30 de enero, por el que se aprueban los estatutos de la USC.
  6. Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
  7. Real decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del suplemento europeo al título. Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
  8. Real decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del suplemento europeo a los títulos regulados en el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y se modifica el Real decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco español de calificaciones para la educación superior.
  9. Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
  10. Real decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.
  11. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título preliminar; título I. De los interesados en el procedimiento.
  12. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título II. De la actividad de las administraciones públicas; título III. De los actos administrativos.
  13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: capítulos I al V
  14. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título V. De la revisión de los actos en vía administrativa: capítulo II. Recursos administrativos.
  15. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar: capítulo I. Disposiciones generales; capítulo II. De los órganos de las administraciones públicas, secciones 1ª, 2ª y 4ª; capítulo V. Funcionamiento electrónico del sector público.
  16. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales: título III. Derechos de las personas.
  17. Ley 2/2015, del 29 de abril, del empleo público de Galicia: título I. Objeto, principios y ámbito de aplicación.
  18. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título III. Clases de personal; título V. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.
  19. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicos: capítulo I. Disposiciones generales; capítulo III. Movilidad del personal funcionario; título VIII. Situaciones administrativas.
  20. Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad: título II. Las condiciones de empleo en igualdad en la Administración pública gallega: capítulo I. El acceso al empleo público gallego, y capítulo II. La igualdad retributiva en el empleo público.
  21. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: artículo 14. Derecho a la protección frente los riesgos laborales; artículo 15. Principios de la acción preventiva; artículo 29. Deberes de los/las trabajadores/as en materia de prevención de riesgos.
  22. Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia: título III. De los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, Capítulo I. Contenido y aprobación: artículo 49. Estructura; capítulo II. De los créditos y de sus modificaciones.
  23. Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia: título III. De los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma: capítulo III. Ejecución y liquidación.
  24. Resolución de 25 de enero de 2021 por la que se ordena la publicación del Reglamento de gestión presupuestaria de la USC.

Nota: Las referencias normativas de este temario pueden verse afectadas por las modificaciones que se produzcan hasta la fecha del examen, y en ese caso se entenderán referidas a la legislación en vigor.

Datos básicos

Oposición
Auxiliares Administrativos Universidad de Santiago
Organismo
Universidad de Santiago
Tipo de personal
Funcionario
Año
2023
Titulación requerida
Graduado ESO o equivalente
Estado
Próxima Convocatoria

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