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FAQs
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¿Qué tipos de funcionarios existen?
Entre los empleados públicos que trabajan en la Administración se encuentran los funcionarios, el personal laboral, el estatutario y el personal eventual.
Los funcionarios pueden ser de dos tipos, los de carrera y los interinos.
Los funcionarios de carrera realizan funciones con carácter permanente. Están vinculados a la Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de unos servicios profesionales.
Estos funcionarios se distribuyen por una parte en Cuerpos Generales, desempeñando tareas comunes a la actividad administrativa. Y por otra, en Cuerpos Especiales, realizando funciones propias de una determinada carrera o profesión.
Por otra parte están los funcionarios interinos, que son nombrados para sustituir de forma temporal a los de carrera por un plazo máximo de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. Se les contrata cuando por razones justificadas de necesidad y urgencia existe un exceso o acumulación de tareas y no es posible cubrir los puestos por funcionarios de carrera.
La selección de los funcionarios interinos se suele realizar a través de las bolsas de trabajo de los aspirantes que hayan aprobado algún ejercicio de una oposición o bien quienes hayan superando las pruebas, pero no hayan obtenido plaza.
¿Dónde trabajan los empleados públicos?
Dependiendo de la Administración donde se haya aprobado la oposición, el lugar de trabajo será distinto.
En el caso de la Administración del Estado, se prestan los servicios en los diferentes Departamentos Ministeriales, ya sea en los servicios centrales de Madrid o en los servicios periféricos en el resto del territorio nacional.
En la Administración de Justicia se trabaja en Juzgados y Tribunales.
Los empleados públicos de las Comunidades Autónomas desempeñan sus funciones en las Consejerías o en sus órganos dependientes.
Quienes han aprobado una oposición en los Servicios de Salud prestan sus servicios en hospitales y centros de salud o atención primaria.
Y, por último, en el caso de la Administración Local, los empleados públicos trabajan en los Ayuntamientos y Juntas Municipales de distrito, así como en las Diputaciones Provinciales.
¿Hay distintos tipos de empleados públicos?
Sí, los empleados que trabajan en la Administración se clasifican en funcionarios, personal laboral, personal estatutario y eventual.
Dentro de los funcionarios también se distingue entre los que son de carrera y los interinos. Los de carrera realizan funciones con carácter permanente. Los interinos son nombrados para sustituir de forma temporal a los de carrera.
Por otra parte está el personal laboral. Tienen esta condición quienes han firmado un contrato de trabajo con la Administración, que puede ser de carácter indefinido o temporal.
En el caso del personal estatutario estamos hablando de quienes prestan sus servicios en el ámbito del sistema nacional de salud. Puede ser personal estatutario fijo o temporal.
¿Para qué sirven las oposiciones?
Las oposiciones son procedimientos selectivos que consisten en una serie de pruebas realizadas por los aspirantes. Estos exámenes los evalúan un tribunal que determina la aptitud de los aspirantes.
Sirven para acceder a la Administración Pública.
Y sirven para seleccionar a los funcionarios mejor preparados.
Una persona que quiere convertirse en empleado público tiene que realizar estos exámenes, respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Esto garantiza que cualquier persona pueda convertirse en funcionario por sus propios méritos, estudiando y sin la recomendación de nadie.
¿Qué es el empleo público y cómo se selecciona su personal?
El empleo público es el generado por las Administraciones Públicas. Y quienes desempeñan estos puestos son los empleados públicos. Son ellos la pieza imprescindible. Con su trabajo prestan un servicio a la sociedad. Atienden las necesidades de sus conciudadanos. Su función es vital.
La Administración tiene diferentes empleados públicos: funcionarios, personal laboral, personal estatutario y personal eventual.
La selección de las personas que van a constituir el capital humano de la Administración Pública es una tarea clave para el buen funcionamiento del sistema.
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. La Administración les debe seleccionar garantizando la publicidad de las convocatorias, la transparencia del proceso y la imparcialidad de los órganos de selección.
Respetando estos principios, la selección puede ser mediante:
- Oposición.
- Concurso-oposición.
¿Qué diferencias hay entre oposición y concurso-oposición?
Las Administraciones seleccionan a su personal mediante diferentes sistemas de selección.
El más generalizado es el de oposición, que consiste en la celebración de unos exámenes para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer un orden de preferencia en función de la puntuación obtenida.
La diferencia con el concurso-oposición es que en este caso se valoran además otros méritos como la experiencia, la formación o los títulos académicosde quienes previamente han aprobado los exámenes.
¿Qué son los grupos de clasificación?
Los funcionarios pueden pertenecer a diferentes grupos de clasificación en función de la titulación requerida para su ingreso en cada Cuerpo o Escala de la Administración.
De esta forma nos encontramos con los siguientes grupos de clasificación establecidos por el Estatuto Básico del Empleado Público.
El Grupo A se divide a su vez en los subgrupos A1 y A2. Para acceder al A1 es necesario estar en posesión de un título universitario de Grado. Para el subgrupo A2 se exige tener el título de Técnico Superior.
El Grupo C, también se subdivide en subgrupo C1 y C2. Para el C1 se requiere el título de Bachiller o Técnico. En el caso del subgrupo C2 se necesita el título Graduado en ESO.
Por último están las Agrupaciones Profesionales, para cuyo acceso no se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.
¿Existen trabajadores eventuales en la administración pública?
Sí existe. El personal eventual en la Administración realiza funciones expresamente calificadas de confianza o de asesoramiento especial.
Su carácter es no permanente, lo que quiere decir que su nombramiento o cese son libres. En el caso del cese, además, puede tener lugar cuando también se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.
La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna dentro de la Administración.
¿Pueden los ciudadanos extranjeros ser funcionarios?
Todos aquellos que no posean la nacionalidad española pueden acceder a la Administración Pública. Pero hay diferencias para trabajar en ella en función de si hablamos de personal funcionario o de personal laboral.
Por una parte, todos los ciudadanos miembros de la Unión Europea (así como sus cónyuges e hijos) pueden convertirse en funcionarios en igualdad de condiciones que los españoles. Con la excepción de los puestos que tengan como función la salvaguardia de los intereses del Estado, como por ejemplo, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
En el caso del personal laboral, podrán acceder a estos puestos todos los extranjeros con residencia legal en nuestro país, en igualdad de condiciones que los españoles.
¿Quién puede acceder a un empleo público?
Para poder participar en un proceso selectivo es necesario reunir una serie de requisitos. Entre ellos, tener la nacionalidad española. Aunque también podrán acceder como funcionarios, entre otros, los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, o como personal laboral los extranjeros con residencia legal en España.
También es necesario poseer la titulación exigida y contar con la capacidad funcional para el desempeño de las tareas requeridas.
Además, es imprescindible tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación, salvo en los casos que la ley establezca otra edad máxima.
Estos son los requisitos básicos, aunque podrá exigirse el cumplimiento de otros más específicos relacionados con las tareas que tengan que desempeñar los futuros funcionarios o el conocimiento de la lengua cooficial que corresponda en el caso de las Comunidades Autónomas donde exista doble lengua oficial.
¿Cómo se regula el empleo público para personas discapacitadas?
El acceso a la Administración está regulado por el Estatuto Básico del Empleado Público.
Esta ley, aprobada en 2007, indica que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 5% de las vacantes cubiertas entre personas con discapacidad.
El mismo texto legal señala que cada Administración adoptará las medidas precisas para establecer los ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo. Una vez superado dicho proceso, cada Administración deberá implantar las adaptaciones en el puesto de trabajo de las personas con discapacidad.
Aunque el Estatuto Básico del Empleado Público establece un mínimo del 5%, muchas Administraciones, como el Estado, reservan un total del 7%, de manera que el 2% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el 5% restante para quienes certifiquen cualquier otro tipo de discapacidad.
¿A qué se llama personal laboral?
Los empleados que trabajan en la Administración Pública se clasifican en funcionarios, personal laboral, personal estatutario y eventual.
Tiene la condición de personal laboral quienes han firmado un contrato de trabajo con la Administración, prestando sus servicios sujetos a normas de Derecho Laboral.
En función de la duración de su contrato, puede ser o bien personal laboral permanente, con contrato de trabajo de carácter indefinido. O bien personal laboral temporal, con un contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio.
¿Qué es el personal estatutario?
Dentro de la Administración Pública, nos encontramos con diferentes tipos de personal: desde los funcionarios, personal laboral, estatutario y eventuales.
Quienes pertenecen al personal estatutario son quienes trabajan en los servicios de salud.
Dentro de este grupo de trabajadores también hay diferencias entre el denominado personal estatutario fijo y el temporal.
En el primer caso lo forman quienes han superado un proceso selectivo, obteniendo así un nombramiento para desempeñar unas funciones con carácter permanente.
Por otra parte está el personal estatutario temporal que es nombrado por los servicios de salud en caso de necesidad, de urgencia o para el desarrollo de programas de carácter temporal, coyuntural o extraordinario.
¿Cuánto tiempo suele pasar entre la convocatoria y el examen?
Depende de cada proceso selectivo. Así en el caso de las convocatorias de la Administración General del Estado o en las de Justicia, el primer examen suele celebrarse en los cuatro meses siguientes a la publicación de la convocatoria. El día concreto suele determinarse una vez publicado el listado definitivo de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo. Sin embargo, estos datos son orientativos y dependen de cada convocatoria, por lo que no podemos especular sobre fechas de examen de procesos selectivos concretos ya que podrían no cumplirse. Te recomendamos estar pendiente de las noticias en www.adams.es, de nuestras redes sociales o suscribirte a nuestra newsletter para mantenerte informado.
¿Cómo se selecciona destino una vez aprobada la oposición?
Una vez que hayas realizado los exámenes y conseguido tu plaza, en función de tu nota en el proceso de selección podrás indicar tus destinos preferidos. Según las plazas disponibles en cada destino, se irán adjudicando a cada aprobado en función de la nota obtenida.
¿Qué son las plazas de estabilización y de reposición?
Las Administraciones Públicas publican Ofertas de Empleo Público con plazas de estabilización temporal del empleo o plazas de reposición/ordinarias.
En el caso de las plazas de estabilización se pretende estabilizar las plazas estructurales y dotadas presupuestariamente ocupadas por interinos o temporales durante al menos 3 años. Lo que se estabiliza es la plaza, no a la persona que la ocupa de forma interina. En función desde qué fecha se esté ocupando la plaza, el proceso selectivo podrá ser el de concurso-oposición o el de concurso.
Las plazas de reposición u ordinarias son plazas que han quedado vacantes por jubilación del funcionario que la ocupaba.
En todos los casos, los procesos selectivos serán públicos, y de acceso libre a cualquier persona que, cumpliendo los requisitos de acceso exigidos en la convocatoria en cuestión, quiera presentarse. Y se regirán por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
¿Dónde se publican los listados de personas admitidas a un proceso selectivo?
En el Boletín Oficial correspondiente se publica la resolución con las personas admitidas y excluidas. En dicho boletín se publica la relación nominal de las personas excluidos, debiendo consultar en la sede física o en la web de la Administración convocante la relación de personas admitidas. En algunos casos, para esta comprobación se necesita estar en disposición de certificado digital, DNI-e o Cl@ve.
¿Enviáis las actualizaciones de los libros?
Si compras los libros en cualquier centro ADAMS, en nuestra web o llamando al 670 399 399 te enviaremos automáticamente las actualizaciones y adendas que publiquemos hasta la fecha del examen para la que fueron editados los libros que has adquirido.
Si compras nuestros libros en otra librería o página web puedes solicitarnos las actualizaciones que hayamos editado hasta la fecha del examen para la que se editó, para ello nos tienes que enviar justificante de compra del libro (ticket o factura) a [email protected]
¿Cuál es la diferencia entre las clases híbridas presenciales, las clases por videoconferencia y los cursos online?
Las clases por videoconferencia son clases en directo con el docente y los compañeros de clase como si estuvierais en el aula y recibiendo la misma materia que en las clases presenciales, con la facilidad de asistir desde cualquier sitio y matricularte en las preparaciones de cualquiera de nuestros centros. Tendrás la posibilidad de ver las clases grabadas durante un periodo de 15 días sino puedes asistir a una clase o quieres repasar y contarás con un aula virtual con recursos para el estudio. Puedes renovar estas clases mensualmente, sin matrícula ni compromiso de permanencia.
Por su parte, los cursos online incluyen los temarios y se contratan durante un periodo de tiempo determinado, normalmente 6 o 9 meses, durante los cuales tendrás acceso 24 horas 7 días a la semana al Campus Virtual, podrás avanzar a tu ritmo con el apoyo, seguimiento y asesoramiento de los tutores pedagógicos y tutores de contenido donde encontrarás vídeos y explicaciones sobre temas de tu oposición, dispondrás de la opción Adams Test Premium, material complementario, clases sobre aspectos relevantes de la materia… Podrás renovar tu matrícula por un periodo de 1 o 6 meses.
¿Qué oposición me recomendáis?
Para poder recomendar una oposición necesitamos conocer tu nivel educativo, el tiempo de estudio que puedes dedicar, las tareas que te gustaría desempeñar en tu puesto laboral, tus expectativas laborales.
Estaremos encantados de analizar tu situación y orientarte sobre la oposición más adecuada para ti en tu centro ADAMS más cercano, llamando al 670 399 399 o escribiendo a [email protected]
¿Cuándo creéis que se publicará la convocatoria?
Cada proceso selectivo es distinto y cada año es diferente, por lo que preferimos no especular. Para estar pendiente del estado de un proceso selectivo y cualquier novedad al respecto, puedes consultar webs oficiales de la Administración Pública convocante, consultar la sección Noticias de nuestra web o buscar la ficha de esa oposición en www.adams.es, donde se indica el estado del proceso selectivo. También puedes suscribirte a nuestra newsletter donde te informaremos de todas las novedades que vayan surgiendo.
¿Dónde puedo conocer el estado de un proceso selectivo?
Las Administraciones Públicas publican en sus páginas web la situación de los procesos selectivos que ofertan y convocan. Pero si quieres evitar estar pendiente de consultar sus páginas web, te recomendamos que te suscribas a nuestra newsletter, donde te mantendremos informado de los procesos selectivos que preparamos.
¿Cómo se selecciona destino una vez aprobada la oposición?
Una vez que hayas realizado los exámenes y conseguido tu plaza, en función de tu nota en el proceso de selección podrás indicar tus destinos preferidos. Según las plazas disponibles en cada destino, se irán adjudicando a cada aprobado en función de la nota obtenida.
¿Qué debo hacer para presentar subsanaciones a una lista de personas excluidas?
En la publicación de las listas provisionales se indica el plazo en el cual se ha de presentar escrito para subsanar el error o la omisión en las mismas, en general suele ser de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación en el boletín oficial correspondiente. Generalmente, en dicha publicación se indica dónde (registro) y cómo presentar dicho escrito (en papel o telemáticamente). En el escrito que presentes, deberás indicar tus datos personales y los motivos que alegas para no ser excluido del proceso selectivo, aportando la documentación que lo justifique.
¿Cuánto tiempo suele pasar entre la convocatoria y el examen?
Depende de cada proceso selectivo. Así en el caso de las convocatorias de la Administración General del Estado o en las de Justicia, el primer examen suele celebrarse en los cuatro meses siguientes a la publicación de la convocatoria. El día concreto suele determinarse una vez publicado el listado definitivo de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo. Sin embargo, estos datos son orientativos y dependen de cada convocatoria, por lo que no podemos especular sobre fechas de examen de procesos selectivos concretos ya que podrían no cumplirse. Te recomendamos estar pendiente de las noticias en www.adams.es, de nuestras redes sociales o suscribirte a nuestra newsletter para mantenerte informado.
¿Qué es un proceso de empleo fijo discontinuo?
Al igual que en la empresa privada, la Administración Pública puede tener contratado personal laboral como fijo discontinuo. Este personal está contratado por todo el año, pero solo trabaja por temporadas. Esta situación laboral es habitual en el personal Auxiliar de Administración e Información de la Agencia Tributaria que trabajan en las campañas anuales de la Renta. También se utiliza para el personal interino docente no universitario.
¿Qué son las plazas de promoción interna?
La Administración Pública garantiza el derecho a la promoción profesional a su personal. Así, las personas que ya están trabajando como funcionario de carrera o personal laboral fijo, es decir, con plaza en propiedad, en la Administración Pública podrán ascender verticalmente (promoción interna vertical), consistente en ascender desde un cuerpo o escala a otro superior. La promoción interna también puede ser horizontal, en este caso consiste en el acceso a cuerpos o escalas del mismo subgrupo profesional al que pertenece.
¿Qué son las plazas de acceso libre?
Las ofertas y las convocatorias se refieren a plazas de turno libre o de acceso libre a aquellas plazas que están abiertas a la participación de cualquier persona, que, cumpliendo los requisitos exigidos en cada convocatoria, quieran participar en el proceso selectivo.
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