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NotaPublicado: Mié 19-01-2022, 11:51 
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Registrado: Vie 14-01-2022, 10:17
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Oposiciones fuera del plazo legal.

El plazo improrrogable de tres años para ejecutar la oferta de empleo público ha saltado por los aires en muchas oposiciones por causa de los atrasos provocados por la pandemia. Es cierto que el Gobierno emitió un RD ( o algo así) que extendía los plazos hasta un año. Pero incluso sumando ese año, veo procesos selectivos que están fuera del plazo legal, muy especialmente Gestión de Empleo de la CAM. en general los de la CAM están muy "tocados".
[--https://www.adams.es/oposiciones/servicios-sociale...dad-madrid/1387--]


Lo digo porque hasta ahora la Administración hacía la siguiente interpretación: disponen de tres años para convocar el proceso desde la OEP y tres años para desarrollarla. Total, que los tres años improrrogables se convertían en seis
Es como si yo digo que el plazo de diez días improrrogables para subsanar, en realidad son veinte: diez para darme por enterado de que puedo subsanar y otros diez para subsanar.

También pasaba que quienes venían echando abajo esas opos fuera de plazo, que eran los sindicatos, en un momento fueron desconsiderados por la jurisprudencia como parte interesada. Eso impidió que más de una opo fuese anulada.

Además los jueces por lo general no se estaban metiendo en eso.

Pero las cosas han cambiado.

Por fin, el TS ha interpretado el artículo 70.1 del EBEP, concluyendo que el plazo de tres años establecido en este artículo es esencial y, en consecuencia, la inejecución de la OEP dentro de este plazo determina la caducidad de ésta. Acaba de dictarse la sentencia 4178/2018, de 10 de diciembre – ECLI: ES:TS:2018:4178-, que resuelve el recurso de casación interpuesto contra la STSJ MAD 13588/2015, de 11 de noviembre.
[--http://pedrocorvinosabogado.es/el-improrrogable-pl...co-es-esencial/--]

También pasa que los opositores, no suelen meterse en esas cosas, van a por la opo y se olvidan de todo lo demás.

Pero puede darse el caso de que un opositor que sea parado, coja justicia gratuita y reclame la paralización o anulación del proceso. No tendría que abonar costas de perder.

Un opositor que quisiese tomar ventaja o recuperar el tiempo perdido, siendo parado, puede solicitar la paralización del proceso mientras se revisa la cuestión. Sin riesgos, con justicia gratuita.


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