NAVARRA: Osasunbidea: Técnico Especialista en Radioterapia

En el BON de 18 de julio de 2019 se publica la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, 3 puestos de Técnico Especialista en Radioterapia (T.E.R.T.) del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y para la constitución, a través de las pruebas selectivas, de listas de personas aspirantes al desempeño de dichos puestos de trabajo tanto mediante contratación temporal como por promoción interna temporal.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 19 de agosto de 2019.

Para más información sobre Oposiciones, visita www.adams.es/oposiciones

NAVARRA: Osasunbidea: Técnico Especialista en Anatomía Patológica

En el BON de 17 de julio de 2019 se publica la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, 4 puestos de Técnico Especialista en Documentación Sanitaria (T.E.D.S.) del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y para la constitución, a través de las pruebas selectivas, de listas de personas aspirantes al desempeño de dichos puestos de trabajo tanto mediante contratación temporal como por promoción interna temporal.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 16 de agosto de 2019.

Para más información sobre Oposiciones, visita www.adams.es/oposiciones

CELADORES: Exámenes oficiales

El domingo 10 de marzo de 2019 se realizará el ejercicio de la fase de oposición para la categoría de Celador/a en distintos Servicios de Salud.

¿Quieres conocer qué examenes se han realizado en anteriores convocatorias en cada Servicio de Salud?

Aquí puedes encontrar los exámenes realizados en las últimas convocatorias:

CASTILLA-LA MANCHA

Cuestionario de examen

Plantilla correctora definitiva

 

ANDALUCÍA

Cuestionario de examen

Plantilla de respuestas definitiva

 

ARAGÓN

Cuestionario de examen. Modelo A

Plantilla Respuestas Examen Modelo A

 

Cuestionario de examen. Modelo B

Plantilla Respuestas Examen Modelo B

 

EXTREMADURA

Cuestionario de examen

Plantilla de respuestas

 

Normativa: indicación, uso y autorización dispensación medicamentos por los enfermeros

En el BOE de 23 de octubre de 2018 se publica el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Este real decreto entra en vigor el 24 de octubre de 2018.

NAVARRA: Osasunbieda: Aprobación OPE extraordinaria 2018

El Gobierno de Navarra ha aprobado el pasado 18 de julio dos Decretos Forales por los que se aprueban las ofertas públicas parciales de empleo público (OPEs) correspondientes a la tasa de estabilización prevista en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado. Así, se convocarán 635 plazas sanitarias y 361 de personal del ámbito de la Administración Núcleo.

La Oferta Pública de Empleo de consolidación en el ámbito sanitario asciende a 635 plazas: de ellas 621 corresponden al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y 14 al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra. Por categorías profesionales, se incluyen 242 de diplomados sanitarios y 235 plazas de facultativos, lo que suma más del 75% de la OPE. Además, hay 100 plazas de técnicos en cuidados auxiliares de enfermería, 33 de técnicos sanitarios y 25 de celadores.

El Gobierno ha aprobado un segundo Decreto Foral por el que se aprueba una OPE de 361 puestos correspondientes al ámbito de Administración Núcleo. Destacan las 136 plazas de auxiliar administrativo (127 adscritas al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y 9 al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra) y las 98 plazas de Empleado Servicios Múltiples (adscritas al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea).

Más información aquí

NAVARRA: Osasunbidea: Convocatoria Enfermero/a

En el BON de 25 de septiembre de 2017 se publica la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de puestos de trabajo de Enfermero/a del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y para la constitución, a trabés de las pruebas selectivas, de listas de aspirantes al desempeño de dichos puestos de trabajo mediante contratación temporal como por promoción interna.

Solicitudes hasta el día 25 de octubre de 2017.

>> Más información

Plazas solicitadas por las Comunidades Autónomas para la OPE nacional en Sanidad

Según informaciones publicadas en algunos medios, las Comunidades Autónomas han indicado cuál es el número de plazas que necesitan para convertir al personal eventual e interino en fijo, en relación a la Oferta Pública de Empleo (OPE) que el Gobierno de España tiene previsto sacar a nivel nacional para el sector sanitario.

El número total de plazas solicitadas por las Comunidades Autónomas sería:

  • Andalucía: 31.211
  • Aragón: 4.224
  • Asturias: 5.254
  • Baleares: 4.576
  • Canarias: 10.032
  • Cantabria: 2.624
  • Castilla-La Mancha: 6.170
  • Castilla y León: 7.405
  • Cataluña: 15.178
  • C. Valenciana: 16.152
  • Ceuta y Melilla: 477
  • Extremadura: 4.321
  • Galicia: 7.670
  • La Rioja: 564
  • Madrid: 20.271
  • Murcia: 6.184
  • Navarra: 0
  • País Vasco: 2.288

Prepárete con ADAMS Formación

>> Oposiciones de Sanidad

Certificado de delitos de naturaleza sexual: obligatorio para los profesionales sanitarios con contacto habitual con menores

Sanidad

Los profesionales sanitarios que trabajen en contacto habitual con menores están obligados a aportar un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Esta obligación viene recogida en la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor (que ha sido modificada por las Leyes 26/2015 y 45/2015).

>> Información sobre la tramitación de este certificado de delitos de naturaleza sexual

El funcionarmiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales entró en vigor el 1 de marzo de 2016.

>>Solicitud del Certificado de delitos de naturaleza sexual para trabajar habitualmente con menores (por Internet)

Este Certificado se viene exigiendo en las convocatorias más recientes para el acceso a catagorías de personal estatutario de los Servicios de Salud.

Asimismo, se está regulando su funcionamiento en los Servicios de Salud:

>> Criterios comunes para la aplicación en el ámbito sanitario de las medidas de protección de los menores previstas en el art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurícia del menor

>>Andalucía: Instrucciones de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud de Auerdo a la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública sobre aplicación del art. 13.5 de la Ley Orgánica de protección jurídica del menor

>> Aragón: Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales

>> Canarias: Instrucción 6/2017, del Director del Servicio Canario de salud, por la que se establecen los criterios y actuaciones a seguir para la aplicación, en el ámbito del Servicio Canario de salud, de las medidas de protección de los menores previstas en el art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor

>> Castilla-La Mancha: Resolución de 26 de octubre de 2016, de la Dirección Gerencia del SESCAM para la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor a los profesionales pertenecientes al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha

>> Extremadura: Instrucción 1/2016, de 1 de julio de 2016, de la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud, para la aplicación del art. 13.5 del la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor a los profesionales pertenecientes al Servicio Extremeño de Salud

>> La Rioja: Instrucción 1/2016, de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud en relación con el cumplimiento de la normativa vigente en materia de la protección jurídica del menor en lo que respecta al personal que presta servicios en elos Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del Servicio Riojano de Salud

>> País Vasco: Resolución 1314/2016, de 13 de octubre, por la que se aprueban las instrucciones complementarias relativas al requisito de acceso y de ejercicio de los puestos de trabajo que implican contacto habitual con menores en Osakidetza-Servicio Vasco de Salud

Sentencia: condena al Servicio Andaluz de Salud por empleo abusivo de contratos eventuales

A raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de septiembre de 2016 (+Info) los tribunales españoles están dictando sentencia a favor de los trabajadores eventuales en la sanidad pública. Una de estas es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 30 de septiembre de 2016, por la que se condena al Servicio Andaluz de Salud, al reconocer el derecho de la trabajadora eventual a ser mantenida en su puesto de trabajo de manera interina hasta en tanto no se provea de manera legal y reglamentaria.

La sentencia andaluza no cuestiona el empleo de contratos con nombramientos sucesivos de duración determinada, al amparo del apartado primero, letra a) de la cláusula quinta del Acuerdo marco sobre trabajo de duración determinada de 1999. Esta posibilidad aparece admitida en el anterior precepto y su procedencia se acepta en la directiva comunitaria, así como en la jurisprudencia.  Sin embargo, se proscribe el empleo o la utilización abusiva de esta práctica, cuando se orienta a satisfacer necesidades permanentes y duraderas resultantes generalmente de una falta estructural de personal titular.

En la Administración, que dispone de numeroso personal, como ocurre en el sector de la sanidad pública, es inevitable que con frecuencia sean necesarias sustituciones temporales a causa, en particular, de la indisponibilidad de miembros del personal en situación de baja por enfermedad, de permiso de maternidad o permiso parental u otras. La sustitución temporal de trabajadores en esas circunstancias puede constituir una razón objetiva en el sentido de la cláusula 5, punto 1, letra a), del acuerdo marco, que justifica tanto la duración determinada de los contratos concluidos con el personal sustituto o como la renovación de sus contratos en función de nuevas necesidades, a reserva del cumplimiento de las exigencias fijadas para ello por el acuerdo marco.

Además, la sentencia señala que la obligación de organizar los servicios de salud de forma que se garantice la adecuación constante entre el personal sanitario y el número de pacientes incumbe a la Administración pública y depende de un gran número de factores que pueden reflejar una necesidad particular de flexibilidad que puede justificar objetivamente en este sector específico, a la luz de la cláusula 5, apartado 1, letra a), del Acuerdo marco, el recurso a sucesivos nombramientos de duración determinada.

Pero se proscribe el empleo o la utilización abusiva de esta práctica, cuando se orienta a satisfacer necesidades permanentes y duraderas resultantes generalmente de una falta estructural de personal titular.