COMUNIDAD VALENCIANA: Consorcio Hospital Provincial de Castellón: Enfermería – listado definitivo admitidos

En el DOCV de 27 de febrero de 2019 se publica el lista definitivo de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso-oposición para la provisión de vancantes de enfermería en la plantilla de personal laboral del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón.

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Normativa: indicación, uso y autorización dispensación medicamentos por los enfermeros

En el BOE de 23 de octubre de 2018 se publica el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Este real decreto entra en vigor el 24 de octubre de 2018.

CASTELLÓN: Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón: Convocatoria Enfermería

En el DOCV de 13 de noviembre de 2017 se publica la convocatoria de Enfermero/a:

Solicitudes hasta el 13 de diciembre de 2017.

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Certificado de delitos de naturaleza sexual: obligatorio para los profesionales sanitarios con contacto habitual con menores

Sanidad

Los profesionales sanitarios que trabajen en contacto habitual con menores están obligados a aportar un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Esta obligación viene recogida en la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor (que ha sido modificada por las Leyes 26/2015 y 45/2015).

>> Información sobre la tramitación de este certificado de delitos de naturaleza sexual

El funcionarmiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales entró en vigor el 1 de marzo de 2016.

>>Solicitud del Certificado de delitos de naturaleza sexual para trabajar habitualmente con menores (por Internet)

Este Certificado se viene exigiendo en las convocatorias más recientes para el acceso a catagorías de personal estatutario de los Servicios de Salud.

Asimismo, se está regulando su funcionamiento en los Servicios de Salud:

>> Criterios comunes para la aplicación en el ámbito sanitario de las medidas de protección de los menores previstas en el art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurícia del menor

>>Andalucía: Instrucciones de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud de Auerdo a la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública sobre aplicación del art. 13.5 de la Ley Orgánica de protección jurídica del menor

>> Aragón: Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales

>> Canarias: Instrucción 6/2017, del Director del Servicio Canario de salud, por la que se establecen los criterios y actuaciones a seguir para la aplicación, en el ámbito del Servicio Canario de salud, de las medidas de protección de los menores previstas en el art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor

>> Castilla-La Mancha: Resolución de 26 de octubre de 2016, de la Dirección Gerencia del SESCAM para la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor a los profesionales pertenecientes al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha

>> Extremadura: Instrucción 1/2016, de 1 de julio de 2016, de la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud, para la aplicación del art. 13.5 del la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor a los profesionales pertenecientes al Servicio Extremeño de Salud

>> La Rioja: Instrucción 1/2016, de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud en relación con el cumplimiento de la normativa vigente en materia de la protección jurídica del menor en lo que respecta al personal que presta servicios en elos Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del Servicio Riojano de Salud

>> País Vasco: Resolución 1314/2016, de 13 de octubre, por la que se aprueban las instrucciones complementarias relativas al requisito de acceso y de ejercicio de los puestos de trabajo que implican contacto habitual con menores en Osakidetza-Servicio Vasco de Salud

Sentencia: condena al Servicio Andaluz de Salud por empleo abusivo de contratos eventuales

A raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de septiembre de 2016 (+Info) los tribunales españoles están dictando sentencia a favor de los trabajadores eventuales en la sanidad pública. Una de estas es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 30 de septiembre de 2016, por la que se condena al Servicio Andaluz de Salud, al reconocer el derecho de la trabajadora eventual a ser mantenida en su puesto de trabajo de manera interina hasta en tanto no se provea de manera legal y reglamentaria.

La sentencia andaluza no cuestiona el empleo de contratos con nombramientos sucesivos de duración determinada, al amparo del apartado primero, letra a) de la cláusula quinta del Acuerdo marco sobre trabajo de duración determinada de 1999. Esta posibilidad aparece admitida en el anterior precepto y su procedencia se acepta en la directiva comunitaria, así como en la jurisprudencia.  Sin embargo, se proscribe el empleo o la utilización abusiva de esta práctica, cuando se orienta a satisfacer necesidades permanentes y duraderas resultantes generalmente de una falta estructural de personal titular.

En la Administración, que dispone de numeroso personal, como ocurre en el sector de la sanidad pública, es inevitable que con frecuencia sean necesarias sustituciones temporales a causa, en particular, de la indisponibilidad de miembros del personal en situación de baja por enfermedad, de permiso de maternidad o permiso parental u otras. La sustitución temporal de trabajadores en esas circunstancias puede constituir una razón objetiva en el sentido de la cláusula 5, punto 1, letra a), del acuerdo marco, que justifica tanto la duración determinada de los contratos concluidos con el personal sustituto o como la renovación de sus contratos en función de nuevas necesidades, a reserva del cumplimiento de las exigencias fijadas para ello por el acuerdo marco.

Además, la sentencia señala que la obligación de organizar los servicios de salud de forma que se garantice la adecuación constante entre el personal sanitario y el número de pacientes incumbe a la Administración pública y depende de un gran número de factores que pueden reflejar una necesidad particular de flexibilidad que puede justificar objetivamente en este sector específico, a la luz de la cláusula 5, apartado 1, letra a), del Acuerdo marco, el recurso a sucesivos nombramientos de duración determinada.

Pero se proscribe el empleo o la utilización abusiva de esta práctica, cuando se orienta a satisfacer necesidades permanentes y duraderas resultantes generalmente de una falta estructural de personal titular.

CASTELLÓN: Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón: Convocadas 3 plazas Ayudante Técnico Gestión Económica

Se publica en el BOE de 29 de abril de 2016, las bases para proveer 3 plazas de Ayudante Técnico de Gestión Económica, personal laboral, subgrupo C1, mediante concurso-oposición, por el turno libre. Se publica en el BOE de 11 de mayo de 2016 resolución por la que se deja sin efecto esta convocatoria.

CASTELLÓN: Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón: Abierto plazo para Técnico de Radioterapia

Se publica en el BOE de 23 de noviembre de 2015, la convocatoria para proveer 5 plazas de Técnico de Radioterapia, de la plantilla de personal laboral fijo, subgrupo C1, turno libre, mediante concurso-oposición.

El plazo de presentación de instancias finaliza el día 14 de diciembre de 2015.

 

¿Has obtenido la titulación de FP de Técnico de Farmacia y Parafarmacia?

Si tienes la titulación de FP grado medio de la rama sanitaria en Técnico en Farmacia y Parafarmacia (según la LOE) o la de Técnico de Farmacia (LOGSE) puedes prepararte las oposiciones para trabajar como Técnico de Farmacia en los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas.

Trabajarías como personal estatutario en el Servicio de Salud de una Comunidad Autónoma, como:

  • Personal estatutario fijo: es el que, una vez superado el correspondiente proceso selectivo, obtiene un nombramiento para el desempeño de sus funciones con carácter permanente
  • Personal estatutario temporal: es el nombrado por los Servicios de Salud en caso de necesidad, de urgencia o para el desarrollo de programas de carácter temporal, coyuntural o extraordinario.

Las últimas convocatorias publicadas para trabajar como Técnico en Farmacia han sido en:

Más información sobre Oposiciones en los Servicios de Salud.

CASTELLÓN: Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón: Auxiliar Enfermería-listas definitivas admitidos y excluidos

Se publica en el BOP de Castellón de la Plana de 15 de septiembre de 2015, anuncio por el que se publica la lista definitiva de admitidos y excluidos en la oposición de Auxiliar de Enfermería. Además se convoca a los aspirantes para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición: sábado 17 de octubre de 2015