Orden de 18 de julio de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se convoca procedimiento para la selección de Profesores Especialistas para el curso 2012-2013.
Es objeto de la presente Orden convocar procedimiento para la selección de profesores especialistas para el curso 2012-2013, para impartir determinados módulos profesionales de las enseñanzas de formación profesional específica y asignaturas de las enseñanzas de música y artes escénicas, que se relacionan en el anexo I.
Todas aquellas personas que, reuniendo los requisitos generales y específicos, deseen concurrir a este procedimiento, deberán hacerlo constar en la instancia que se ajustará al modelo que se publica como anexo III de la presente Orden y que será facilitada en la Consejería de Educación, Formación y Empleo. Asimismo, el modelo de instancia, anexo III, estará disponible en la página Web de esta Consejería https://www.carm.es/educacion en el menú de profesores / personal docente / profesores especialistas / convocatorias extraordinarias para la contratación de profesores especialistas.
Los aspirantes que presenten algún tipo de discapacidad y requieran algún tipo de adaptación, deberán indicarlo en el correspondiente apartado de la solicitud, y acompañar el correspondiente informe médico, adjuntando además escrito que indique la discapacidad que sufren y, en su caso, las adaptaciones de tiempo y medios que para la realización de la prueba teórico-práctica solicitan, de forma que gocen de igualdad de oportunidades respecto a los demás aspirantes.
Las solicitudes, dirigidas al Consejero de Educación, Formación y Empleo, se presentarán, preferentemente, en el Registro General de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, sita en Avenida de la Fama, 15-Murcia, o bien en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación que a las mismas se adjunte será de diez días naturales contados a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la presente Orden.