MADRID. Compensación educativa. Modificación instrucciones.

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2012, de la Viceconsejería de Educación, porla que se modifican parcialmente las Resoluciones de 10 de julio de 2008 y de 21de julio de 2006, por las que se dictan instrucciones para la organización de lasactuaciones de compensación educativa.
Seguimiento y evaluación del alumnado de Educación Primaria.
c) La coordinación del proceso de seguimiento y evaluación de los alumnos con necesidades de compensación educativa será responsabilidad del maestro tutor.
En este proceso participarán, además de los maestros que imparten docencia en el grupo al que pertenece el alumno, los maestros de apoyo de educación compensatoria que lo atienden, con la colaboración del equipo de orientación educativa y psicopedagógica. La evaluación y promoción del alumnado con necesidades de compensación educativa se atendrá, con carácter general, a lo establecido en la Orden 1028/2008, de 29 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la evaluación en la Educación Primaria y los documentos de aplicación, modificada por la Orden 3225/2008, de 27 de junio”.