CASTILLA Y LEÓN. El Tribunal de Justicia Europeo reconoce el derecho a las sexenios de los interinos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que es ilegal reconocer la prestación de sexenios a los funcionarios de carrera y sin embargo, negarlo al personal interino. Para el Tribunal de la Unión Europea esta discriminación vulnera la norma de la UE que prohíbe tratar a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables.

Esta resolución tiene su origen en una consulta realizada por el juzgado contencioso-administrativo 4 de Valladolid, que preguntó al Tribunal de Justicia si esta diferencia de trato es compatible con la legislación comunitaria.

En su auto, el TUE concluye que la discriminación es ilegal porque «reserva, sin ninguna justificación por razones objetivas, el derecho a percibir el complemento retributivo por formación permanente únicamente a los profesores funcionarios de carrera, excluyendo a los profesores funcionarios interinos, cuando, en relación con la percepción de dicho complemento, ambas categorías de trabajadores se hallan en situaciones comparables».