NACIONAL. Cursos ITE 2011/2012. Abierto plazo de inscripción.

Abierto el plazo de preinscripción en los cursos de formación del ITE desde las 13.00 h del día 16 a las 14.00 h del día 23 de enero de 2012.

La oferta formativa del ITE va dirigida a profesorado en activo que trabaje en centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios.

La adjudicación provisional se hará pública a partir del próximo día 1 de febrero, a partir de las 14 h en la propia plataforma de formación Moodle del ITE.

Formulario de preinscripcion en la segunda edición de los cursos 2011-2012 del

NACIONAL. Exigencia máster formación a Técnicos de FP y profesorados enseñanzas deportivas

La orden EDU/2645/2011 por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que por razones derivadas de su titulación no pueden acceder a los estudios de Máster, siendo el colectivo afectado las titulaciones que se detallan en el anexo VI del Real Decreto 276/2007 (Documento Adjunto) y los profesores de Enseñanzas deportivas recogidos en el artículo 49 del Real Decreto 1363/2009, especifica que las administraciones educativas determinarán las instituciones que pueden ofertar estos estudios.

Las Condiciones para acceder a la formación equivalente serán:

- Estar en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia y no poder acceder a los estudios de Máster.

- Acreditar el dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo

- Las especialidades de profesores técnicos de fp son:

  • – Cocina y Pastelería.
  • – Estética
  • – Fabricación e Instalación de Carpintería y
  • – Mueble.
  • – Mantenimiento de Vehículos.
  • – Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas.
  • – Patronaje y Confección.
  • – Peluquería
  • – Producción en Artes Gráficas.
  • – Servicios de Restauración.
  • – Soldadura

A partir del 1 de Septiembre de 2013 para las personas objeto de esta orden será requisito para impartir docencia en todas las enseñanzas de FP y enseñanzas deportivas que tengan establecido el título a 23 de Septiembre de 2011, tener la certificación de la formación equivalente de la formación pedagógica y didáctica.

Hasta el 1 de Septiembre de 2014 no será necesario acreditar el dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del marco común europeo

Tendrán reconocido el requisito de formación pedagógica y didáctica quienes acrediten con anterioridad al 1 de Septiembre de 2012 haber impartido docenciadurante dos cursos académicos completos o dos ciclos de enseñanza deportiva completa o 12 meses en períodos contínuos o discontínuos en centros públicos o privados de enseñanza reglada en los niveles y enseñanzas correspondientes.

En el caso de Enseñanzas deportivas, a aquellos profesores que acrediten, durante el periodo transitorio y hasta la fecha del establecimiento del título correspondiente, haber impartido docencia en tres actividades formativas autorizadas en la correspondiente modalidad deportiva o durante doce meses en períodos contínuos o discontinuos se les reconocerá como equivalente a la formación pedagógica y didáctica.

NACIONAL. Exigencia máster formación profesorado Secundaria, FP y EOI

La LOE establece que para impartir enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas Profesionales, Enseñanzas de Idiomas y Enseñanzas deportivas se requerirá la formación pedagógica y didáctica que el gobierno establezca para cada enseñanza.

El RD 1834/2008 establece la formación pedagógica y didáctica exigible para ejercer la docencia en determinadas etapas del sistema educativo así como los títulos, certificados y la impartición de docencia que con anterioridad al 1 de Octubre de 2009 acreditan la formación pedagógica y didáctica.

De acuerdo con la normativa vigente, estarán exentos de la realización de Máster del profesorado, quienes acrediten con anterioridad al 1 de Octubre de 2009:

  • Estar en posesión del titulo profesionales de especialización didáctica, del certificado de cualificación pedagógica o del certíficado de Aptitud pedagógica.
  • Haber impartido docencia un mínimo de 12 meses en periodos contínuos o discontínuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.
  • Estar en posesión de los títulos de Maestros, de licenciado en pedagogía y psicopedagogía o licenciatura o titulación equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica, obtenidos antes del 1 de octubre de 2009.
  • Las personas con titulaciones obtenidas con posterioridad al 1 de Octubre de 2009, sin excepción, deberán realizar el Máster de Secundaria para acceder a los Cuerpos de Catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, Formación profesional y Enseñanzas de Idiomas.


ANDALUCÍA. Admitidos y excluidos provisionales bolsa Educación Física (francés).

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2012, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publican las listas provisionales de personal admitido y excluido en la convocatoria de 17 de octubre de 2011, con perfil bilingüe de la especialidad de educación física (francés) del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Plazo de reclamaciones del 18 al 23 de enero de 2012.

Anexo II. Admitidos por puntuación

Anexo II. Admitidos por puntuación
Anexo III. Excluidos
Anexo III. Excluidos
Anexo IV. Modelo de alegaciones
Anexo IV. Modelo de alegaciones

ANDALUCÍA. Concurso de Traslados Maestros y E. Medias 2011/2012. Tramitación telemática.

Orden de 27 de diciembre de 2011, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.


La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha publicado la convocatoria del concurso de traslados autonómico correspondiente al curso 2011/12

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes no se podrán modificar los datos de la instancia, ni aun cuando se trate del orden de prelación de los puestos solicitados, ni renunciar a la participación en el presente procedimiento, salvo lo establecido en la base decimocuarta.

Cumplimentación telemática de la instancia

Documentos Adjuntos:

  • Convocatoria Çoncurso de Traslados (PDF)

Convocatoria Concurso de Traslados 2011/2012

Convocatoria Concurso de Traslados 2011/2012

NACIONAL. Real Decreto 1594/2011, 4 de noviembre especialidades docentes Cuerpo de Maestros. Corrección de errores.

Corrección de errores del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.


Advertidos errores en el Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 270, de 9 de noviembre de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 116654, en la disposición adicional primera.2

donde dice

«El personal funcionario del Cuerpo de Maestros de las especialidades de «Educación Primaria», «Idioma extranjero: Inglés» e «Idioma extranjero: Francés» queda adscrito a las especialidades de «Educación Primaria», «Lengua extranjera: Inglés» y «Lengua extranjera: Francés», respectivamente.»,

debe decir:

«El personal funcionario del Cuerpo de Maestros de las especialidades de «Primaria», «Idioma extranjero: Inglés» e «Idioma extranjero: Francés» queda adscrito a las especialidades de «Educación Primaria», «Lengua extranjera: Inglés» y «Lengua extranjera: Francés», respectivamente.».

En la página 116657, en el Anexo «Requisitos para la adquisición de nuevas especialidades por el procedimiento previsto en la letra b) del artículo 4.2», columna «Titulaciones o requisitos» en el apartado correspondiente a «Lengua extranjera (Francés, Inglés, Alemán)», segunda línea, donde dice: «… incluya una mención en Lengua extranjera…», debe decir: «… incluya una mención en lengua extranjera en el idioma correspondiente…».

En el mismo apartado, quinta línea, donde dice: «Maestro especialidad de Lengua extranjera (R.D. 1440/1991).», debe decir: «Maestro especialidad de Lengua extranjera (R.D. 1440/1991) en el idioma correspondiente.».

En el mismo apartado, sexta línea, donde dice: «Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología.», debe decir: «Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología en el idioma correspondiente.».

En el mismo apartado, novena línea, donde dice: «Diplomado por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traductores e intérpretes) en el idioma correspondiente.», debe decir: «Licenciado/Diplomado por las facultades/Escuelas universitarias de Idiomas (traducción e interpretación) en el idioma correspondiente.».

ASTURIAS. Concurso de traslados profesores de Religión.

Resolución de 19 de diciembre de 2011, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento para la cobertura de necesidades existentes en los centros públicos de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por los profesores que imparten la enseñanza de las religiones contratados con carácter indefinido.

Convocatoria

Convocatoria
Centros
Centros
Modelo de Instancia
Modelo de Instancia

CATALUNYA. Proposta de revisió de l’actual sistema de reconeixement d’estadis docents

Documentació presentada a la Mesa Sectorial de personal docent no universitari (11-1-2012)

Proposta de revisió de l’actual sistema de reconeixement d’estadis docents El Projecte de llei de mesures fiscals i financeres, que acompanya els pressupostos de la Generalitat de Catalunya per al 2012, preveu l’adequació de les condicions i dels criteris exigibles per al reconeixement d’estadis de promoció al personal docent no universitari, concretament la revisió dels períodes mínims de permanència als efectes de la promoció i els mecanismes i efectes corresponents amb la finalitat de garantir una major progressivitat i compatibilitat amb la carrera professional docent. Ateses les especificitats del col·lectiu docent, el Departament d’Ensenyament presenta als representants sindicals de la Mesa Sectorial del personal docent no universitari, en compliment de l’article 37 de l’EBEP, una proposta de revisió de l’actual sistema de reconeixement d’estadis docents. Aquest procediment de promoció docent no ha sofert modificacions essencials des de la seva implantació en el curs 1992-1993, i la proposta de revisió que es presenta pretén adequar els criteris i les condicions exigibles per a l’obtenció i reconeixement dels estadis de promoció als nous requeriments del sistema educatiu de Catalunya, per tal de garantir una major progressivitat i compatibilitat amb la carrera professional docent, i la sostenibilitat del sistema.

Proposta de modificació de criteris

Proposta de modificació de criteris
Mesures de revisió d'estadis docents
Mesures de revisió d’estadis docents
Previsió d'estadis
Previsió d’estadis