Decreto 373/2011, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2012 para ingreso y acceso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas y de profesores de artes plásticas y diseño.
El régimen de la Oferta de Empleo Público en la Administración de la Junta de Andalucía viene determinado por el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en la redacción dada por la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas, así como por lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus disposiciones adicional duodécima y transitoria decimoséptima, contienen las normas que constituyen, entre otras, las bases del régimen estatutario de los funcionarios docentes.
El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, dispone, como requisito previo a las convocatorias para la provisión de plazas, la publicación por las Administraciones educativas de las respectivas ofertas de empleo.
Por otra parte, en cumplimiento del artículo 59 de la referida Ley 7/2007, de 12 de abril, se reserva un cinco por ciento de las plazas de la oferta para las personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al treinta y tres por ciento.
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación de la oferta.
1. Se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2012 de 2.389 plazas para ingreso y acceso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas y de profesores de artes plásticas y diseño, en los términos que figuran en el Anexo del presente Decreto.
2. Del total de las plazas a que se refiere el apartado anterior 1.752 corresponden a la aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 637 resultan de la aplicación de la tasa de reposición a la que se refieren artículo 23.uno de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, y el artículo 11 de la Ley 18/2011, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2012.
Artículo 2. Convocatoria.
La convocatoria para cubrir las plazas anunciadas se realizará mediante Orden de la persona titular de la Consejería de Educación.
Artículo 3. Distribución de las plazas.
Del total de plazas que se ofertan se reservará como mínimo un cinco por ciento para personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al treinta y tres por ciento.
Las plazas reservadas a las personas con discapacidad que no resulten cubiertas por las mismas se acumularán a las restantes ofertadas.
Disposición final primera. Habilitación para desarrollo y aplicación.
Se autoriza al Consejero de Educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de este Decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.