Con fecha 28 de marzo de 2001, la Consejería de Educación y Cultura y las Organizaciones Sindicales ANPE, CC.OO., CSI-CSIF, FETE-UGT y STE-CLM, suscribieron, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Educación, el Acuerdo de Itinerancias para Castilla-La Mancha, cuyo objeto es regular determinados aspectos de las condiciones de trabajo de los funcionarios docentes en régimen de itinerancia.
Con fecha 14 noviembre 2006, la Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales ANPE y FETEUGT, suscribieron, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Educación, el Acuerdo Sectorial sobre calendario de negociación del curso 2006-2007 del personal funcionario docente no universitario de CLM, en el que se regulan diversos aspectos relacionados con las condiciones de trabajo del personal docente.
Los artículos 38.10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 153.6 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, disponen que los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas podrán suspender o modificar el contenido de los Pactos y Acuerdos ya firmados, de manera excepcional y por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas. En este caso, las Administraciones Públicas deben informar a las organizaciones sindicales de las causas de la suspensión o modificación, información que se llevó a cabo el 22 de diciembre de 2011 en la Mesa Sectorial de Educación.
Dada la crisis económica que sufre la economía castellanomanchega, la grave situación financiera en la que se encuentra la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la consecuente necesidad de racionalizar los recursos públicos, en particular los destinados al empleo público, tal y como se refleja en los informes de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que sirven como motivación de este acuerdo, así como la obligación de cumplir con los objetivos de déficit público impuestos por el Gobierno de la Nación, se hace necesario adoptar una serie de medidas tendentes a la reducción de gastos.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y del Consejero de Economía y Hacienda, en sesión celebrada el de enero de 2012, adopta el siguiente:
Acuerdo
Primero. Por razones de interés público, derivadas de una alteración sustancial de las circunstancias económicas en que se suscribió, se modifica parcialmente el Acuerdo de Itinerancias para Castilla-La Mancha, suscrito entre la Consejería de Educación y Cultura y las Organizaciones Sindicales ANPE, CC.OO., CSI-CSIF, FETE-UGT y STE-CLM, en sus apartados 4.1 y 4.2, que pasan a tener la siguiente redacción:
4.1 Los profesores itinerantes tendrán derecho a percibir las indemnizaciones previstas en la Normativa de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha.
4.2 El cálculo de los kilómetros para la compensación económica correspondiente se realizará teniendo en cuenta los desplazamientos efectivos realizados entre los centros integrados en el ámbito de itinerancia. A estos efectos, no tendrán esta consideración los desplazamientos realizados desde el domicilio a cualquiera de los centros del ámbito de la itinerancia y viceversa, ya sea al principio o al final de la jornada.
Segundo. Por razones de interés público, derivadas de una alteración sustancial de las circunstancias económicas en que se suscribió, se suspende parcialmente el Acuerdo Sectorial sobre calendario de negociación del curso 2006-2007 del personal funcionario docente no universitario de CLM, suscrito entre la Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales ANPE y FETE-UGT, en su apartado 5. Gratificaciones.
Tercero. La modificación o, en su caso, la suspensión, finalizará en la fecha que determine expresamente el Consejo de Gobierno.
Cuarto. El presente Acuerdo entrará en vigor el día 1 de febrero de 2012.