NAVARRA. Adjudicación destinos Maestros desplazados de su centro. 2011/2012.

Adjudicación de destinos maestros 2011/2012. Maestros desplazados de su centro por falta de carga lectiva o para el cumplimiento del compromiso de impartir docencia en euskera, a los Maestros con destino provisional y a los que se adjudica destino en situación de comisión de servicios

RESOLUCIÓN 1598/2011, de 16 de agosto, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se publican los destinos adjudicados para el curso 2011-2012 a los Maestros desplazados de su centro por falta de carga lectiva o para el cumplimiento del compromiso de impartir docencia en euskera, a los Maestros con destino provisional y a los que se adjudica destino en situación de comisión de servicios


Por Resolución 194/2011, de 2 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, se aprueban las instrucciones para la adjudicación de destinos provisionales, en prácticas y en comisión de servicios de los funcionarios docentes no universitarios y el procedimiento de solicitud de reducciones de jornada del personal docente para el curso académico 2011-2012. Dicha Resolución se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 32, de 16 de febrero.

La norma séptima de la mencionada Resolución establece que los destinos adjudicados a los funcionarios a que se refiere la presente Resolución, se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, mediante Resolución de la Directora del Servicio de Recursos Humanos, una vez celebrados los actos públicos de adjudicación de destinos para el curso 2011-2012. La publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de Navarra sustituirá a la notificación individual a los interesados.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades delegadas por Resolución 15/2011, de 3 de agosto, del Director General de Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Publicar los destinos adjudicados para el curso 2011-2012 a los Maestros desplazados de su centro por falta de carga lectiva o para el cumplimiento del compromiso de impartir docencia en euskera, a los Maestros con destino provisional y a los que se ha adjudicado destino en comisión de servicios, de conformidad con los siguientes Anexos:

Anexo I. Destinos adjudicados al personal desplazado de su centro por falta de carga lectiva.

Anexo II. Destinos adjudicados al personal desplazado para el cumplimiento del compromiso de impartir docencia en euskera.

Anexo III. Destinos adjudicados al personal docente con destino provisional.

Anexo IV. Destinos adjudicados en comisión de servicios por los motivos previstos en la Resolución 194/2011, de 2 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos.

2.º Las comisiones de servicios concedidas para el curso 2011-2012 pondrán fin, en su caso, a las comisiones de servicios que fueron concedidas a los interesados en los cursos escolares precedentes.

3.º Publicar las comisiones de servicio que finalizan de forma anticipada en relación con la fecha hasta la que fueron concedidas, de conformidad con lo que se establece en el Anexo V de la presente Resolución.

4.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Contra la presente Resolución y sus Anexos cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento Presidencia, Administraciones Públicas e Interior en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

6.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a Secretaría General Técnica, a la Sección de Gestión de Personal, al Negociado de Control Presupuestario y de Plantilla de Personal del Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Nóminas y Control Presupuestario y al Servicio de Inspección Educativa, a los efectos oportunos.

Consultar Adjudicación de Destinos Maestros 2011/2012

CASTILLA Y LEÓN. Oposiciones Inspectores de Educación 2010. Nombramiento funcionarios en prácticas.

ORDEN EDU/1082/2011, de 26 de agosto, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo.


La base 10.1 de la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que mediante Orden de la Consejería de Educación se procederá a nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados que no estén exentos de la realización de la fase de prácticas o que, estando exentos, hayan optado por incorporarse a las mismas.

Una vez publicada la Resolución de 19 de julio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se anuncia la fecha de exposición de la lista de aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Nombramiento de funcionarios en prácticas.

1.1. Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Inspectores de Educación, a los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición convocado por la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, que figuran relacionados en el Anexo I de la presente Orden, con asignación del Número de Registro Personal y la indicación de la provincia a la que están adscritos para la realización de la fase de prácticas.

1.2. Asimismo, nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes relacionados en el Anexo II que, estando exentos de su realización, han optado por incorporarse a las mismas, si bien quedan eximidos de su evaluación.

1.3. Todos los aspirantes que figuran en los Anexos de la presente Orden, tanto los que se encuentran exentos de su realización como los que se incorporen a la fase de prácticas, aparecen relacionados por orden de puntuación el cual será tenido en cuenta a efectos de su primera participación en el próximo concurso de traslados al que están obligados a concurrir con carácter forzoso.

Segundo.– Exención de la fase de prácticas.

En virtud de la base 9.2 de la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, se encuentran exentos de la realización de la fase de prácticas los aspirantes seleccionados que han acreditado haber prestado servicios como Inspector Accidental de Educación, al menos, durante un curso escolar, que se relacionan en el Anexo III a la presente Orden. Estos aspirantes permanecerán en su Cuerpo de origen hasta que se proceda a la aprobación del expediente del procedimiento selectivo y su nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación junto con el resto de los seleccionados de su promoción.

Tercero.– Opción de percepción de remuneraciones.

Los aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición y concurso, se encuentren prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera, deberán formular ante la Dirección Provincial de Educación a la que hayan sido destinados, opción por la percepción de las remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas de conformidad con lo previsto en la base 9.5 de la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo.

Cuarto.– Declaración de incompatibilidad.

Los aspirantes que sean nombrados funcionarios en prácticas a través de la presente Orden deberán declarar bajo juramento que no se encuentran incursos en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administraciones Públicas y en el Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Quinto.– Interrupción de las prácticas.

5.1. Los funcionarios en prácticas, que por causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, no pudieran completar el período de seis meses de duración de la fase de prácticas antes del 30 de junio de 2012, deberán presentar una solicitud de prórroga para la realización de las prácticas.

5.2. En el caso de que dicha solicitud sea estimada el interesado no será calificado por la Comisión correspondiente, considerándose aplazada para el curso siguiente su incorporación a dicha fase, sin perjuicio de que los servicios prestados le sean computados a efectos de completar el referido período.

5.3. Para ello, las Comisiones Calificadoras se considerarán constituidas con carácter permanente hasta la evaluación de los funcionarios en prácticas a que se refiere el presente apartado, e irán remitiendo las actas finales correspondientes, en el plazo de cinco días a partir del último de cada mes.

5.4. Estos aspirantes serán nombrados funcionarios de carrera el 1 de septiembre del siguiente curso escolar en el que finalicen, con la valoración de aptos, la fase de prácticas.

Sexto.– Efectos del nombramiento.

Con carácter general, el nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos administrativos desde el 1 de septiembre de 2011 y económicos desde la fecha de toma de posesión.

Séptimo.– Renuncias al proceso selectivo.

A tenor de lo dispuesto en la base 10.1 de la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, quienes no se incorporen al destino adjudicado el 15 de septiembre de 2011, se entenderá que renuncian al procedimiento selectivo, teniéndoles por decaídos de todos los derechos al nombramiento de funcionarios en prácticas, salvo en los casos de estar exentos de la fase de prácticas y no haber optado por incorporarse al destino obtenido y de fuerza mayor debidamente acreditados y apreciados por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.

Octavo.– Régimen Jurídico.

Desde el momento del nombramiento de funcionarios en prácticas hasta el nombramiento como funcionarios de carrera, el régimen jurídico-administrativo de los aspirantes será el de funcionarios en prácticas.

Noveno.– Desarrollo.

Se faculta al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación para dictar las instrucciones oportunas de interpretación y ejecución de la presente Orden.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 26 de agosto de 2011.

Consultar/Descargar ORDEN EDU/1082/2011, de 26 de agosto

Anexos que acompañan a la Orden:

Funcionarios en prácticas y provincia de realización: Anexo I

Funcionarios exentos que optan por su realización: Anexo II

Funcionarios exentos de su realización: Anexo III

CASTILLA Y LEÓN. Adjudicación definitiva vacantes interinos Secundaria y otros.

Adjudicación DEFINITIVA de Vacantes Interinos. Secundaria y otros. Curso 2011 / 2012

RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve con carácter definitivo, la adjudicación de puestos vacantes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, en régimen de interinidad, para el curso escolar 2011/2012.

Consultar/Descargar RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2011

La Resolución ordena la exposición de los siguientes listados:

Listado definitivo de vacantes que ha servido de base en el procedimiento de adjudicación: Def. Vacantes

Listado alfabético de adjudicaciones definitivas: Alfabético Definitivo

Listado de adjudicaciones definitivas por especialidades y puntuación: Especialidades y Puntuación Def.

Listado de excluidos: Def. Excluidos

Contestación a las alegaciones presentadas: Def. Alegaciones

MADRID. Listados de interinos de Maestros complementarios a los publicados por Resolución del 26 de julio 2011.

Resolución de 05 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publican listados complementarios de  adjudicación informática, a los publicados por Resolución de 26 de julio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, a los colectivos de  Maestros: desplazados, suprimidos,  cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, reincorporados, procedentes del exterior, excedencia por cuidado de familiares, provisionales,  pendientes de prácticas,  comisión de servicio reingresados e interinos para el curso 2011/2012, que no obtuvieron destino en dicha Resolución.

Fecha de publicación: 06 de septiembre de 2011

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