EPIDEMIA DE LITIGIOS

Mazo y libro

EPIDEMIA DE LITIGIOS TRAS EL CORONAVIRUS

J.R. Chaves en su blog, DelaJusticia.com nos ilustra con un video sobre la multitud de litigios administrativos, civiles y laborales para aclarar responsabilidades y restablecer derechos una vez que finalice el Estado de Alarma y se vaya restableciendo la situación.

VIDEOS EXPLICATIVOS -CORONAVIRUS

VIDEOS EXPLICATIVOS – CORONAVIRUS

Como no hay nada mejor que las explicaciones científicas y claras, comparto a continuación uno de los mejores vídeos que he encontrado por la red.

El video se publica en la página web de El Pais, y nos ayuda a comprender el mecanismo de acción del virus y la mejor forma de combatirlo.

 

 

INFORMACIÓN OFICIAL SOBRE EL CORONAVIRUS

INFORMACIÓN OFICIAL – CORONAVIRUS

Ahora más que nunca estamos utilizando las redes sociales, y aunque son necesarias para mantener el contacto con nuestros familiares y amigos, también circulan muchas falsas informaciones y rumores, que resultan contraproducentes, por eso lo mejor es consultar información oficial contrastada.

El virus intenta perpetuarse saltando de persona en persona, así que lo mejor para combatirlo es aislarse y extremar la higiene, por ti mismo y por los demás. Tu actitud responsable es la mejor muestra de solidaridad con los más desprotegidos frente a la pandemia.

Os dejamos los enlaces de la información que difunde el Ministerio de Sanidad para la Ciudadanía.

Recordad que esta información oficial está en continua revisión por lo que conviene visitar directamente la propia página oficial del Ministerio de Sanidad.

 

SERVICIOS ESENCIALES EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Información

SERVICIOS ESENCIALES EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado en sesión extraordinaria la suspensión en todo el territorio nacional de las actuaciones judiciales programadas y de los plazos procesales, a la vista de las medidas contenidas en el Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros en relación con la pandemia de coronavirus COVID-19 en el que se declara el estado de alarma y mientras se mantenga este.

Actualmente y tras la publicación del  Real Decreto en el que se declara el estado de alarma se mantienen los servicios esenciales de la Administración de Justicia, garantizando las siguientes actuaciones, que han sido acordadas por el CGPJ, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado:

  1. Cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicio irreparable.
  2. Internamientos urgentes del artículo 763 de la LEC.
  3. La adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores del articulo 158 CC.
  4. Los juzgados de violencia sobre la mujer realizarán los servicios de guardia que les correspondan. En particular deberán asegurar el dictado de las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores.
  5. El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia. En particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del articulo 52 CC.
  6. Las actuaciones con detenido y otras que resulten inaplazables, como adopción de medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registros, etc.
  7. Cualquier actuación en causa con presos o detenidos.
  8. Actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria.
  9. En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, las autorizaciones de entrada sanitarias, urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes, y recursos contencioso-electoral.
  10. En el orden jurisdiccional social, la celebración de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares urgentes y preferentes, así como los procesos de EREs y ERTEs.
  11. En general, los procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes y preferentes (es decir, aquellos cuyo aplazamiento impediría o haría muy gravosa la tutela judicial reclamada).
  12. El/la Presidente/a del Tribunal Superior de Justicia, el/la Presidente/la de la Audiencia Provincial y el/la Juez/a Decano/a adoptarán las medidas que procedan relativas al cese de actividad en las dependencias judiciales en que se encuentren sus respectivas sedes, y cierre y/o desalojo de las mismas en caso de que procediera, poniéndolo en conocimiento y en coordinación con la Comisión de Seguimiento competente.

Acceso a la página del CGPJ

BOE: ESTADO DE ALARMA

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BOE: ESTADO DE ALARMA

En el BOE se ha publicado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

  • Entrada en vigor: 14 de marzo.
  • Vigencia inicial: 15 días naturales

Entre las medidas que afectan al ámbito judicial, destacamos las siguientes:

Suspensión de plazos procesales.

1. Se suspenden términos y se suspenden e interrumpen los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

2. En el orden jurisdiccional penal la suspensión e interrupción no se aplicará a los procedimientos de habeas corpus, a las actuaciones encomendadas a los servicios de guardia, a las actuaciones con detenido, a las órdenes de protección, a las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria y a cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer o menores.

Asimismo, en fase de instrucción, el juez o tribunal competente podrá acordar la práctica de aquellas actuaciones que, por su carácter urgente, sean inaplazables.

3. En relación con el resto de órdenes jurisdiccionales la interrupción a la que se refiere el apartado primero no será de aplicación a los siguientes supuestos:

a) El procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ni a la tramitación de las autorizaciones o ratificaciones judiciales previstas en el artículo 8.6 de la citada ley.

b) Los procedimientos de conflicto colectivo y para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas regulados en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

c) La autorización judicial para el internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico prevista en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

d) La adopción de medidas o disposiciones de protección del menor previstas en el artículo 158 del Código Civil.

4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, el juez o tribunal podrá acordar la práctica de cualesquiera actuaciones judiciales que sean necesarias para evitar perjuicios irreparables en los derechos e intereses legítimos de las partes en el proceso.

Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.

Documentos vinculados

GESTIÓN PROCESAL: 3º EJERCICIO

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GESTIÓN PROCESAL: 3º EJERCICIO.

Hoy por la mañana se ha celebrado la 3ª prueba del proceso selectivo de Gestión Procesal.

El examen constituía una novedad en esta convocatoria y estaba integrado, tal y como establecía la misma, de 10 preguntas de contenido procesal referidas a distintos temas del Programa.

Para superar este ejercicio será suficiente con obtener 12,50 puntos sobre un total posible de 25 puntos.

La distribución de las preguntas ha sido la siguiente:

  • 4 de Procedimiento  Civil
  • 4 de Procedimiento Penal
  • 1 de Procedimiento Contencioso-Administrativo
  • 1 de Procedimiento laboral o social.

Preguntas del ejercicio

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TRAMITACIÓN PROCESAL (TL): RATIO DE APROBADOS

Gráfica azul

TRAMITACIÓN PROCESAL (TURNO LIBRE): RATIO DE APROBADOS

Ratio de aprobados por plaza que pasan al 3º ejercicio (word).

TRAMITACIÓN (TURNO LIBRE) – OEP 2017/18
SISTEMA GENERAL
ÁMBITO APROBADOS 2º EJERCICIO PLAZAS RATIO
ANDALUCÍA 892 166 5,37
ARAGÓN 50 20 2,5
ASTURIAS 48 11 4,36
CANARIAS 776 190 4,08
CANTABRIA 25 8 3,12
CATALUÑA 1488 590 2,52
C. VALENCIANA 869 197 4,41
LA RIOJA 112 31 3,61
MADRID 1787 480 3,72
NAVARRA 90 27 3,33
PAÍS VASCO 384 133 2,89
M. JUSTICIA 2517 617 4,08
TOTAL 9038 2470 3,65

 

 

TRAMITACIÓN (TURNO LIBRE) – OEP 2017/18
RESERVA DISCAPACITADOS
ÁMBITO APROBADOS 2º EJERCICIO PLAZAS RATIO
ANDALUCÍA 30 13 2,30
ARAGÓN 1 1 1
ASTURIAS 1 1 1
CANARIAS 36 14 2,57
CANTABRIA 0 1 0
CATALUÑA 52 44 1,18
C. VALENCIANA 23 15 1,53
LA RIOJA 3 2 1,5
MADRID 64 36 1,78
NAVARRA 0 2 0
PAÍS VASCO 16 11 1,45
M. JUSTICIA 81 46 1,76
TOTAL 307 186 1,65

ADAMS: BECAS PARA OPOSITORES

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ADAMS: CONTINUAMOS CON EL PROGRAMA DE BECAS PARA OPOSITORES

En este curso 2019-2020, por undécimo año consecutivo, seguimos con el programa de becas con la intención de favorecer a colectivos específicos la preparación para el acceso al Empleo Público.

Al igual que el año pasado volvemos a ofrecer 390 para personas que estén en situación de desempleo o también tengan ingresos no superiores al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y quieran preparar una oposición

De estas 390 becas, en septiembre se adjudicaron 195 y en enero 2020 se adjudicarán las restantes 195. Para acceder a alguna de ellas es necesario presentar la correspondiente solicitud del 2 al 31de enero de 2020.

Aspectos destacados:

  1. No solo pueden acceder los interesados que estén en situación legal de desempleo sino también personas que trabajan, pero su retribución no es superior al IPREM.
  2. Se obtiene puntuación por formar parte de Familia Numerosa.
  3. También se puntúa si el solicitante tiene hijos a cargo con discapacidad no inferior al 65%.
  4. Los solicitantes de empleo mayores de 45 años que no hayan causado durante su vida laboral derecho a prestaciones ni subsidios, tendrán por el criterio 1 “Situación laboral”, la misma puntuación (4 puntos) que las personas desempleadas que hayan agotado prestación y, en su caso, subsidio o renta activa de inserción.

Las ayudas ascienden al 50% de las mensualidades, tienen una duración de 10 meses e incluyen los libros y material de estudio de la oposición. Para consultar las bases de las becas pulsa aquí.

Modelo de solicitud y baremo

La presentación puede ser presencialmente en nuestros Centros o por correo electrónico a [email protected]

Este programa forma parte del marco de acciones de Responsabilidad Social Corporativa que en ADAMS Formación mantenemos con los alumnos.

ADAMS FORMACIÓN

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MAS DE 900.000 EMPLEADOS PÚBLICOS SE JUBILARÁN EN 10 AÑOS.

Te informamos que desde el Área de Empleo Público de ADAMS Formación se ha elaborado un estudio/informe relacionado con el envejecimiento de las plantillas de las Administraciones Públicas: La Edad de los asalariados del sector público.

Teniendo en cuenta los miles de empleados públicos que dejarán las Administraciones Públicas por jubilación, es de esperar que se aprueben importantes ofertas de Empleo Público y por tanto hay buenas expectativas de convocatorias de oposiciones en los próximos años.
>  Pincha aquí para ver el informe completo
Con datos del INE del 3º trimestre 2019 hemos analizado la edad de los empleados públicos constatando un problema de envejecimiento ya conocido y que es uno de los retos importantes de las Administraciones Públicas para los próximos años .
En tan solo 5 años se habrán jubilado 330.800 asalariados del sector público y a lo largo de la próxima década la previsión es que 905.100 hayan alcanzado la edad de jubilación, lo que supone un 30% de la plantilla actual. Dicho porcentaje se elevará hasta el 44% en 15 años ya que se habrán jubilado 1.419.600 empleados públicos sobre un total 3.228.700.
Algunos datos del Informe ADAMS

>  Solo el 7,5% de los empleados públicos son menores de 30 años.
>  Solo 7.000 empleados públicos son menores de 20 años, lo que supone un 0,2% del total. De ello, el 95,77% son temporales.
>  En 10 años el 30% de la plantilla actual, más de 900.000 asalariados del conjunto de las Administraciones, habrán llegado a la edad de jubilación.
>  En 15 años el 44% de los empleados públicos estará en edad de jubilarse, un total de 1.419.600.
>  En las Comunidades Autónomas se habrán jubilado más de medio millón de empleados en tan solo 10 años, y 172.100 en Ayuntamientos y resto de Administración Local.
>  La Administración de la Seguridad Social es el sector público más envejecido: el 76% de sus empleados tiene 50 o más años.

Edad Empleados Públicos
El citado informe se ha hecho público en distintos medios (entre otros la RazónLa VanguardiaLa Voz de GaliciaFaro de VigoVoz PopuliEuropaPressEl Correo de Andalucia …etc)

INFORMACIÓN: CERTIFICADOS DE NOTAS

Ordenador

CERTIFICADOS DE NOTAS DE PROCESOS SELECTIVOS ANTERIORES

Si accedéis a la SEDE ELECTRÓNICA del Ministerio de Justicia, podréis consultar las notas y descargar los certificados de los procesos selectivos para ingreso en los siguientes cuerpos de la Administración de Justicia:

  • Gestión Procesal y Administrativa
  • Tramitación Procesal y Administrativa
  • Auxilio Judicial
  • Letrados de la AJ
  • Médicos Forenses

Podéis acceder a la Sede Electrónica directamente mediante el siguiente enlace :

https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites?param1=1

Una vez en la sede electrónica, comprobaréis que hay muchos trámites que se pueden realizar desde la misma, pero el que a vosotros os interesa es el que está en el apartado siguiente:

Los diferentes trámites están ordenado por orden alfabético así que os tendréis que desplazar hasta la letra “P”.

Para completar la consulta es importante autentificarse mediante el sistema Cl@ve (certificado digital), ya que en caso contrario necesitaréis conocer el nº de justificante AEAT correspondiente a la inscripción de la convocatoria (el número de la instancia de solicitud de participación en la oposición).

Una vez autenticados, podréis seleccionar de entre los distintos procesos selectivos a los que os habéis presentado para consultar las notas obtenidas por ejercicio.

Además, podréis obtener el certificado de notas correspondiente a cada ejercicio.