PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN: CONCURSO

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PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (CONCURSO DE MÉRITOS)

El Ministerio de Justicia ha facilitado a los Sindicatos el BORRADOR de la convocatoria que, como tal, puede sufrir cambios en las próximas reuniones que el Ministerio mantendrá con los Sindicatos representativos.

Exponemos a continuación, brevemente, lo más destacado del contenido del borrador.

FASE ÚNICA DE CONCURSO DE MÉRITOS

Procedimiento extraordinario de estabilización a que se refiere la Ley 20/2021 a desarrollar por el sistema de concurso.

Se prevé, por una sola vez, la realización de este proceso extraordinario de estabilización, por el sistema exclusivamente de concurso de méritos para determinadas plazas cubiertas de manera temporal que fueron objeto de cuantificación.

Tiene que convocarse antes la finalización del año 2022 para que esté resuelto antes del 31/12/2024.

La ejecución de este proceso selectivo es compatible con la ejecución simultánea del proceso extraordinario de consolidación también previsto en la Ley 20/2021 que debe ejecutarse por el sistema de concurso-oposición, así como con otros procesos selectivos ordinarios de reposición, por el turno libre o por promoción interna, que pudieran estar desarrollándose.

Al proceso selectivo de estabilización se podrán presentar quienes tenga la nacionalidad española, con 16 años cumplidos y posean la titulación exigida para acceso a cada uno de los cuerpos.

Cuerpo Plazas ofertadas
Gestión Procesal 704
Tramitación Procesal 2001
Auxilio Judicial 2111

Fase única de concurso

El mérito de la experiencia en el cuerpo al que se opte, se tendrá en cuenta mayoritariamente dentro, en este caso, de los parámetros que la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo, siguiendo la doctrina constitucional ha fijado

Los méritos objeto de baremación son los mismos que en los procesos de estabilización anteriores, si bien al no existir una fase previa de oposición y ser el cien por cien de la nota máxima posible a obtener en el proceso selectivo la derivada únicamente de los méritos, se han reajustado las puntuaciones máximas a obtener por cada uno de los bloques en los que se dividen los méritos, simplificándose también en algunos casos la baremación de alguno de ellos.

Los cursos de formación y los ejercicios aprobados en convocatorias anteriores se limitan a los diez últimos años, para garantizar una formación actualizada de los aspirantes. Para la experiencia también se establece un máximo de puntos que se alcanzaría con una experiencia máxima de diez años, que no necesariamente ha de corresponderse a los últimos diez años.

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