PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN: CONCURSO-OPOSICIÓN

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PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (CONCURSO-OPOSICIÓN)

El Ministerio de Justicia ha facilitado a los Sindicatos el BORRADOR de la convocatoria que, como tal, puede sufrir cambios en las próximas reuniones que el Ministerio mantendrá con los Sindicatos representativos.

Exponemos a continuación, brevemente, lo más destacado del contenido del borrador.

CONCURSO-OPOSICIÓN

Procedimiento extraordinario de estabilización a que se refiere el artículo 2 de la Ley 20/2021 a desarrollar por el sistema selectivo de concurso-oposición

Tiene que convocarse antes la finalización del año 2022 para que esté resuelto antes del 31/12/2024.

La ejecución de este proceso selectivo es compatible con la ejecución simultánea del proceso extraordinario de consolidación también previsto en la Ley 20/2021 que debe ejecutarse exclusivamente por el sistema del concurso de méritos, así como con otros procesos selectivos ordinarios de reposición, por el turno libre o por promoción interna, que pudieran estar desarrollándose.

La fase de concurso se valorará con un 40% de la puntuación total, valorándose, por tanto, la fase de oposición con un 60%.

Al proceso selectivo de estabilización se podrán presentar quienes tenga la nacionalidad española, con 16 años cumplidos y posean la titulación exigida para acceso a cada uno de los cuerpos.

Cuerpo Plazas ofertadas
Gestión Procesal 229
Tramitación Procesal 350
Auxilio Judicial 366

Fase de oposición

  • Se han suprimido ejercicios, reduciéndolos, según los cuerpos a uno o dos ejercicios.
  • Los temarios que se mantienen con el mismo contenido que los previstos en la convocatoria para plazas de reposición de las ofertas de empleo acumuladas de los años 2020, 2021 y 2022
  • Se mantiene el carácter eliminatorio de los ejercicios de la oposición si bien la nota para superarlos será el 50% de la máxima posible del ejercicio y será igual en todos los cuerpos y ámbitos territoriales con independencia del número de plazas ofertadas y el de instancias presentadas.
  • El primer ejercicio se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el BOE. La fase única de oposición tendrá una duración máxima de tres meses desde la realización del primer ejercicio

Fase de concurso

Los méritos objeto de baremación son los mismos que en los procesos de estabilización anteriores, si bien dentro de cada uno de los cinco bloques –que mantienen la puntuación total máxima para cada uno de ellos- sí se ha alterado el modo en que se puntúa cada uno de ellos a fin de cumplir el mandato legal de que la experiencia en el mismo cuerpo será el mérito mayoritario y estableciéndose topes temporales a los distintos méritos. Así los cursos de formación y los ejercicios aprobados en convocatorias anteriores se limitan a los diez últimos años y la experiencia también se establece un máximo de puntos que se alcanzaría con una experiencia acumulada de diez años.

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