DANDO PASOS HACIA EL NUEVO REGISTRO CIVIL
El Ministerio de Justicia ha mantenido el día 27 de enero una reunión con las organizaciones sindicales para exponer su proyecto de Registro civil, tal y como viene desarrollado en la Proposición de Ley presentada por el PSOE en el Congreso y que está pendiente de discutir las enmiendas presentadas.
La representación del Ministerio de Justicia en la reunión han esbozado un esquema de la futura organización del Registro Civil, tal y, como resulta de la Proposición de Ley presentada por el PSOE, poniendo de manifiesto que han trabajado en la elaboración de enmiendas a dicha Proposición de Ley para su mejora junto con el grupo parlamentario socialista en el Congreso, sin mayor detalle.
El Ministerio de Justicia opta por un Registro civil único, integrado dentro de la Administración de Justicia, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia, con los LAJ como encargados de los mismos, con Oficinas Principales en todas las sedes de partidos judiciales y con competencias (sin determinar) de los Juzgados de Paz en esta materia.
La intención del Ministerio es poner en marcha el nuevo Registro civil a finales de abril de 2021 empezando por el Registro Civil Central y Registros Civiles Exclusivos, con una nueva aplicación que se denominará DIGIREG que vendrá a sustituir a la actual Inforeg, y una posterior implantación progresiva de dicho programa en las Oficinas Principales y Juzgados de Paz.
El Ministerio quiere mantener el actual calendario de entrada en vigor de la Ley 20/2011, pero ya aventuramos que va a ser muy complicado que en los dos meses y medio que restan de vacatio legis se finalicen todos los trámites parlamentarios.
Más allá de la genérica exposición realizada en la reunión son las propuestas que resultan de las enmiendas a la Proposición de Ley presentadas de forma conjunta por el PSOE y Unidas Podemos, realizadas con la participación del Ministerio de Justicia, que se resumen en lo siguiente:
· Mantenimiento del Registro civil como servicio de la Administración de Justicia, regulando las Oficinas de Registro civil en la LOPJ de forma diferenciada de las Oficinas Judiciales. Las CCAA con competencias en materia de Administración de Justicia la seguirán teniendo sobre las Oficinas de Registro Civil.