BOE: MODIFICACIÓN LEGISLATIVA – CÓMPUTO DE PLAZOS REALIZADOS AL MINISTERIO FISCAL
En el BOE de hoy se publica la Ley 12/2017, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal.
La referida modificación afecta directamente al cómputo procesal de los plazos en relación a las notificaciones efectuadas por vía telemática al Ministerio Fiscal hasta el 1 de enero de 2020.
Artículo único. Modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Se modifica el apartado 1 de la disposición transitoria cuarta de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Hasta el 1 de enero de 2020, en relación con los actos de comunicación al Ministerio Fiscal, el plazo que se establece en el artículo 151.2 será de diez días naturales.»
Entrada en vigor: 01/01/2018