Claves de la reciente reforma penal

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Fuente: Diario La Ley

CLAVES DE LA RECIENTE REFORMA PENAL

Ayer recogíamos la noticia en el Blog de dos importantes reformas publicadas en el BOE que afectan al proceso penal: el Estatuto de la Víctima y la Ley Orgánica 5/2015.

Pues bien, en el Diario la Ley publican hoy unos interesantes cuadros-resumen del contenido de las normas penales publicadas estos días y que conviene tener en cuenta para una primera aproximación a estas reformas legislativas que afectan al estudio de la materia exigida en los procesos selectivos. Tened en cuenta que, aunque la mayoría de los preceptos no entran en vigor hasta dentro de seis meses, la legislación que suele exigirse en los procesos selectivos de Justicia incluye la legislación publicada en la fecha de la convocatoria, aunque no haya entrado en vigor.

No sería de extrañar que la propia Comisión de Selección incluyera un epígrafe concreto en el temario haciendo referencia al Estatuto de la Víctima, por su importancia dentro del proceso penal.

Os dejo a continuación el enlace a los interesantes cuadros esquemáticos realizados por la especialista en derecho penal Ana Vela Mouriz, que no dudo que serán de vuestro interés.

Noticias: Registro Civil y Jurisdicción Voluntaria

NOTICIAS: REGISTRO CIVIL Y JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

REGISTRO CIVIL

Según publica el diario infolibre:

El Gobierno renuncia a ceder el Registro Civil a los registradores mercantiles y retrasa un año su reforma

Catalá insiste en que no quiere ceder el Registro Civil a los secretarios judiciales y habla de traspasarlo a ayuntamientos o comunidades autónomas

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

El Congreso aprueba las bodas y divorcios ante notario y eleva la edad mínima para casarse a 16 años

  • El proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria ha tenido 23 votos a favor, todos del PP
  • Ha recibido 15 votos en contra y dos abstenciones, de CiU y del PNV
  • El matrimonio por el rito ortodoxo, budista, mormón y testigos de Jehová tendrá efecto civil

De esta forma serán competentes para celebrar el matrimonio el alcalde del municipio o concejal en quien éste delegue, el notario, el secretario judicial, el encargado del Registro Civil así como el funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero.

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