Consejo de Ministros: Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria

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Fuente: Web Ministerio de Justicia

Fecha: 01/08/14

CONSEJO DE MINISTROS: PROYECTO DE LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

El Consejo de Ministros, ha aprobado el Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria

Según informa el propio Ministerio de Justicia:

  • El objetivo de la norma es descargar la Administración de Justicia simplificando los expedientes en los que no exista controversia
  • Con este fin el proyecto desjudicializa además algunos asuntos que serán tramitados por notarios y registradores de la propiedad y mercantiles
  • La jurisdicción voluntaria será de aplicación en algunos asuntos del orden civil y mercantil
  • El juez resolverá los expedientes en materia de personas y familia, como los derechos de menores o las donaciones de órganos
  • También se ocupará de algunos asuntos en materia mercantil y de derecho sucesorio
  • Se abre la posibilidad de que las bodas se celebren ante notario, aunque se podrá hacer también como hasta ahora en el Registro Civil y en los Ayuntamientos
  • La ley elimina el supuesto de emancipación por matrimonio. El motivo es que antes existía la posibilidad de emanciparse por matrimonio y este podía contraerse desde los 14 años (edad inferior a la prevista en gran parte de los ordenamientos de los países de nuestro entorno). Sin
    embargo, la edad para contraerlo se ha elevado a los 16 años.
  • Los expedientes competencia del secretario judicial consistirán en dar impulso a los de jurisdicción voluntaria, nombrar defensores judiciales, declarar ausencias y fallecimientos, actos de conciliación y nombrar al administrador, liquidador o interventor de entidades.

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