Ayuntamiento de Sevilla

Los artículos 20 y 26 del Reglamento de Personal Funcionario y Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Sevilla, respectivamente, prevén la constitución de bolsas de empleo para el nombramiento de personal funcionario interino y contratados en régimen de derecho laboral.
Componen las bolsas de empleo todos los aspirantes que hayan aprobado algún ejercicio en las pruebas de acceso al Ayuntamiento de Sevilla, a través de sus convocatorias de ingresos.
Las bolsas tendrán una vigencia de cinco años. En caso de inexistencia o agotamiento de las mismas, se creará una nueva bolsa por otros mecanismos diferentes al de oposición, garantizándose en todos caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad, así como el de publicidad.