MADRID. Informe 2011 sobre la situación de la Enseñanza no Universitaria en la Comunidad de Madrid.

El Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid ha publicado el Informe sobre la situación de la Enseñanza no Universitaria en la Comunidad de Madrid, una publicación en materia educativa, de periodicidad anual y de carácter preceptivo que facilita una descripción contextualizada del sistema educativo madrileño y que ofrece, de un modo ordenado, a los poderes públicos y a la comunidad educativa elementos de juicio para mejorar.

La orientación del Informe 2011 es descriptiva y se apoya en una estructura que aporta una descripción integrada de los diferentes componentes y factores principales del sistema educativo, una aproximación cuantitativa mediante el empleo de indicadores que hace posible una mirada objetiva sobre la realidad educativa madrileña y su evolución,  y una comparación sistemática de la Comunidad de Madrid consigo misma, con otras Comunidades Autónomas, con el conjunto de España y con los países de la Unión Europea, o de la zona OCDE.

https://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Actualidad_FA&cid=1142673150155&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pid=1273078188154

MADRID. Convocatoria procedimiento de evaluación de profesorado universidades para su contratación.

La Consejería de Educación y Empleo ha publicado la convocatoria para la presentación de solicitudes del procedimiento de evaluación del profesorado para su contratación por las universidades de la Comunidad. Este año se ha hecho pública la convocatoria antes de la fecha de su apertura, fijada entre el 20 de marzo y el 20 de abril, para favorecer a los solicitantes y concederles un margen de tiempo para preparar los documentos justificativos.

Siguiendo con el sistema implantado el pasado año, el solicitante que se haya presentado en la convocatoria del año 2011 podrá no aportar los documentos justificativos de los méritos que alegue y que ya obren en poder de la Administración. En este caso, los justificantes correspondientes a los nuevos méritos alegados o aquellos justificantes que sustituyan a otros ya presentados por entender el solicitante que no eran conformes a la norma, deberán ir numerados a partir del número 800 para su correcta identificación.

Para facilitar la introducción de la información correspondiente a la solicitud y al currículum vitae, la ACAP ofrece la posibilidad de utilizar la herramienta informática Sistema de Evaluación o Informe de la ACAP (SEIA) que se activará el día 20 de marzo. La utilización de esta herramienta permite recuperar la información introducida en convocatorias anteriores y facilita el seguimiento del estado del expediente a lo largo del proceso de evaluación.

https://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Actualidad_FA&cid=1142676045641&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pid=1273078188154

MADRID. Criterios de admisión de alumnos curso 2012/2013.

El Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid ha dado luz verde a la modificación de los criterios de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos. El dictamen, aprobado por mayoría, incorporará en el siguiente curso profundas modificaciones tanto en el sistema de zonas de escolarización como en los criterios de admisión de los centros, como prometiera en campaña electoral la presidenta Esperanza Aguirre.

En una primera fase, los escolares de 164 localidades podrán optar en igualdad de oportunidades e independientemente de la ciudad en la que vivan, al colegio que deseen sus familias. Además, como novedad, se incluye desde este próximo curso la eliminación de la adscripción única de colegios a institutos, medida de la que también se beneficiarán las familias madrileñas y encaminada a favorecer aún más la libertad de elección.
Con la entrada en vigor de la nueva Orden, se darán 4 puntos a las familias que soliciten un centro de su zona de influencia y 2 si eligen cualquier otro centro de la región. Además, se suman 8 puntos en caso de que algún hermano ya esté matriculado en el centro solicitado o trabaje en él alguno de los padres. También se eliminará el punto sumado a los alumnos celiacos, ya que la nueva Ley de Seguridad Alimentaria que entró en vigor el año pasado contempla para todos los centros la obligatoriedad de contar con menús adaptados para estos alumnos.

Otra de las novedades es la inclusión de la Renta Mínima de Inserción en los criterios de admisión. A partir del próximo curso, las familias que la perciban sumarán dos puntos. Esta fórmula pretende garantizar la igualdad de oportunidades así como evitar el fraude y la concentración de alumnos por nivel de renta. No hay cambios en los puntos obtenidos por discapacidad, familia numerosa y familia numerosa especial.

https://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Actualidad_FA&cid=1142676076123&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pid=1273078188154

ARAGÓN. Plantillas maestros curso 2012/2012.

ORDEN de 21 de febrero de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se determinan las plantillas de maestros en Colegios de Educación Infantil y Primaria, Institutos de Educación Secundaria, Secciones Delegadas de Educación Secundaria, en Centros Públicos de Educación de Personas Adultas y en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, para el curso 2012-2013.

(Aragón) Plantillas de maestros curso 2012-2013
(Aragón) Plantillas de maestros curso 2012-2013

ARAGÓN. Plantillas de Centros públicos de Secundaria.

ORDEN de 21 de febrero de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte por la que se hace pública la relación de plantillas de los Centros Públicos Docentes No Universitarios dependientes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y relativas a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
(Aragón) Plantillas de Secundaria curso (...)
(Aragón) Plantillas de Secundaria curso (…)

CASTILLA LA MANCHA. Supresión complemento maestros que imparten docencia en primer ciclo de ESO.

El Decreto 307/2003, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas retributivas para los maestros que imparten docencia en el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria, vino a establecer un complemento retributivo para el colectivo de funcionarios docentes de Cuerpo de Maestros adscritos al primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

La Disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que los funcionarios del Cuerpo de Maestros adscritos con carácter definitivo, en aplicación de la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, a puestos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria, podrán continuar en dichos puestos indefinidamente, así como ejercer su movilidad en relación con las vacantes que a tal fin determine cada Administración educativa.

La indeterminación del Decreto en la regulación del supuesto de hecho que da lugar a la percepción del complemento así como los sucesivos pronunciamientos judiciales han propiciado la desnaturalización del fin perseguido en el mismo y la práctica generalización de la percepción entre los maestros y maestras que imparten docencia en el tramo de edad del alumnado comprendido entre los 12 y los 16 años, lo que en primer lugar no se corresponde con el objetivo pretendido por la norma, y en segundo lugar, transcurridos más de ocho años desde la entrada en vigor del decreto, el colectivo que lo percibe o bien ha visto retribuidas las peculiares condiciones en las que desarrolla su labor profesional con el establecimiento de diversas medidas retributivas, o bien ha optado por permanecer de manera voluntaria en los centros docentes donde se imparte la Educación Secundaria Obligatoria.

Estas circunstancias hay que relacionarlas con la profunda crisis que sufre la economía castellanomanchega, la grave situación financiera en la que se encuentra la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y la consecuente necesidad de racionalizar los recursos públicos, así como con la obligación de cumplir con los objetivos de déficit público impuestos por el Gobierno de la Nación.

No obstante, el día 30 de diciembre de 2011, el Presidente del Gobierno de la Nación anunció una serie de medidas tendentes a reducir el déficit público, algunas de las cuales, como el incremento del tipo impositivo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tiene una repercusión directa en el salario neto a percibir por la generalidad de los funcionarios públicos y en particular por los funcionarios que en la actualidad perciben este complemento regulado en el Decreto cuya derogación se propone. Por ello, a la vista del efecto acumulativo de las diversas mediadas adoptadas por el Gobierno de la Nación y por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha en el colectivo de docentes que en la actualidad perciben el complemento retributivo mencionado, se han ponderado la totalidad de intereses implicados y adoptado como medida alternativa que haga menos gravosa las consecuencias de una desaparición inmediata del complemento citado, la aplicación de un régimen transitorio previo a la derogación del mismo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de febrero de 2012, Dispongo,

Artículo único. Derogación.

Queda derogado el Decreto 307/2003, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas retributivas para los maestros que imparten docencia en el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria, con efectos desde el día 1 de septiembre de 2012, y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto.

Disposición adicional. Suspensión de acuerdos.

Por razones de interés público, derivadas de una alteración sustancial de las circunstancias económicas en que se suscribió, se suspende parcialmente el Acuerdo sobre incremento retributivo y condiciones laborales de los Maestros que prestan sus servicios en el primer ciclo de la ESO en centros de Educación Secundaria (IES, IESO,s y SES), suscrito entre la Consejería de Educación y las Organizaciones Sindicales ANPE, CC.OO., CSI-CSIF, FETEUGT y SATSE, en su apartado 1. Complemento económico de maestros en IES.

Disposición transitoria. Régimen transitorio

Desde la entrada en vigor de este decreto hasta el 31 de agosto de 2012, se mantendrá el importe del complemento previsto en el decreto 307/2003, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas retributivas para los maestros que imparten docencia en el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria reducido en un 50%.

Este decreto entrará en vigor el 1 de marzo de 2012.