RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se hace pública la composición de las Comisiones Dictaminadoras del concurso de traslados, convocado por Orden EDU/1419/2011, de 16 de noviembre.
Realizado el sorteo el día 21 de diciembre de 2011, y publicado su resultado mediante Resolución de 21 de diciembre de 2011, esta Dirección General, en uso de las competencias que le atribuye la base decimoctava de la Orden EDU/1419/2011, de 16 de noviembre,
RESUELVE
Primero.– Designar las Comisiones Dictaminadoras cuya composición se expresa en el Anexo de la presente Resolución, encargadas de evaluar los méritos correspondientes a los apartados 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, y 6.3 del Anexo III de la Orden EDU/1419/2011, de 16 de noviembre.
Segundo.– La suplencia del Presidente de la Comisión Dictaminadora se autorizará por la Dirección General de Recursos Humanos, y la de los vocales por el Presidente de la correspondiente Comisión Dictaminadora, teniendo en cuenta que deberá recaer en el vocal suplente respectivo, o en su defecto, en los que le sigan según el orden creciente y rotatorio en que figuran en el Anexo a la presente Resolución.
Tercero.– Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras, en el supuesto de que tengan que desplazarse de su residencia oficial, tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción, quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de transporte establecidos en el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, modificado por Acuerdo 1/2007, de 18 de enero, de la Junta de Castilla y León.
A los efectos previstos en el artículo 9 del citado Decreto, estas Comisiones deben considerarse incluidas en el Grupo II, de los establecidos en su Anexo I.
Por lo que respecta a las asistencias, habrá que estar a lo previsto en el artículo 27.3 de dicho Decreto.
Cuarto.– Las Comisiones Dictaminadoras titular y suplente, podrán actuar simultáneamente y estar asistidas por colaboradores, los cuales serán nombrados por el Director General de Recursos Humanos, y tendrán derecho al cobro de las indemnizaciones establecidas en el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en los mismos términos establecidos en el apartado anterior.