MUTUALISMO JUDICIAL

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¿QUÉ ES LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL?

Como información para los opositores que han aprobado conseguido una plaza en los procesos selectivos de la OEP 2015 de los Cuerpos de Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial, facilitamos a continuación información básica sobre lo que constituye la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) y una serie de enlaces para ampliar su conocimiento.

La regulación de la Seguridad Social de los funcionarios públicos se articula en España, dentro del sistema de Seguridad Social, a través de unos regímenes especiales (MUFACE, ISFAS, MUGEJU, …), que utilizan mecanismos de protección propios, se apoyan en principios parcialmente diferentes y utilizan reglas de gestión y financiación también peculiares. Uno de estos regímenes especiales es el de los funcionarios de la Administración de Justicia (MUGEJU).

El régimen de mutualismo administrativo que gestiona la Mutualidad General Judicial y el Régimen de Clases Pasivas del Estado son los mecanismos de cobertura que, en su conjunto, constituyen el Régimen Especial obligatorio de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, integrado en el Sistema Español de Seguridad Social.

No obstante lo anterior, el personal al servicio de la Administración de Justicia que haya ingresado a partir del 1 de enero de 2011, quedará integrado en el Régimen General de la Seguridad Social a los exclusivos efectos de pensiones 

La acción protectora de la Mutualidad General Judicial tiene por objeto completar la cobertura proporcionada por el sistema de Derechos Pasivos a través de las siguientes prestaciones:

  • ASISTENCIA SANITARIA.
  • PRESTACIÓN ORTOPROTÉSICA Y OTRAS PRESTACIONES SANITARIAS.
  • PRESTACIÓN FARMACÉUTICA.
  • SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL.
  • PRESTACIÓN DE JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE.
  • PRESTACIÓN POR GRAN INVALIDEZ.
  • INDEMNIZACIÓN POR LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES.
  • PRESTACIONES FAMILIARES, POR HIJO A CARGO DISCAPACITADO, O POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO EN SUPUESTOS DE FAMILIAS NUMEROSAS O MONOPARENTALES Y DE MADRES DISCAPACITADAS.
  • AYUDA PARA GASTOS DE SEPELIO.
  • SUBSIDIO DE JUBILACIÓN.
  • FONDO DE ASISTENCIA SOCIAL.
  • AYUDAS DE PROTECCIÓN SOCIO SANITARIA -PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES-. PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PROGRAMA DE ATENCIÓN A DROGODEPENDIENTES.
  • FONDO ESPECIAL.

La normativa reguladora de la MUGEJU, la cuantía de las prestaciones, así como otros asuntos de interés pueden consultarse en: