Ultima hora sobre las oposiciones de Justicia 2015

I de Información

ULTIMA HORA SOBRE LAS OPOSICIONES DE JUSTICIA 2015

Según informa en su página web el Sindicato STAJ-Baleares:

CONVOCATORIA DE GESTIÓN PROCESAL

Desde el Ministerio nos han informado que dadas las fechas en las que nos encontramos y teniendo en cuenta que la aprobación por el Ministerio de Justicia de las Bases que regirán la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a los Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, requiere, con carácter preceptivo, la previa negociación con las organizaciones sindicales y la posterior remisión a Función Pública, la convocatoria de oposiciones del Cuerpo de Gestión, puede publicarse la última quincena de julio o retrasarse a la primera quincena de septiembre.

CONVOCATORIA DE TRAMITACIÓN Y AUXILIO

El proceso selectivo para el acceso a los Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial se convocará al mes ó mes y medio después de  la convocatoria de Gestión.

Recordad que  si atendemos a oposiciones pasadas, la fecha de examen suele ser unos 6 meses después de cerrarse el plazo de presentación de las instancias.

STAJ ha vuelto a solicitar al Ministerio que fije fecha de reunión cuanto antes, para iniciar esas negociaciones y presentar alegaciones a la convocatoria, dentro del Marco de la Mesa de Empleo Público en Justicia 2015.

Enlace a la información

Y aquí está la información que sobre las oposiciones, con esta misma fecha, publica UGT de Cataluña.

BOE: Modificación de la Ley Concursal

Mazo y libro

BOE: MODIFICACIÓN DE LA LEC Y DE LA LEY CONCURSAL

En el BOE del 26/05/2015 se publica la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal.

Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal

Se modifican varios preceptos relativos al convenio concursal, a la fase de liquidación, a la calificación del concurso, al acuerdo extrajudicial de pagos y a los acuerdos de refinanciación, así como a otros preceptos de la misma Ley relacionados con dichos aspectos.)

Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 695.4 LEC)

La disposición final tercera modifica el artículo 695.4 de la LEC para adaptarla a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de julio de 2014. Con ello, el deudor hipotecario podrá interponer recurso de apelación contra el auto que desestime su oposición a la ejecución, si ésta se fundaba en la existencia de una cláusula contractual abusiva que constituya el fundamento de la ejecución o la cantidad exigible.

Entrada en vigor: 27/05/2015

Acceso al BOE