DOCTRINA: ESTUDIO SOBRE EL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO CIVIL

img2

Fuente: BIMJ

Fecha: 10/10/2014

DOCTRINA: ESTUDIO SOBRE EL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO CIVIL.

En el Boletín de información del Ministerio de Justicia se acaba de publicar un estudio doctrinal de la investigadora de la Universidad de Navarra, Rebeca Fariña, analizando el contenido del artículo 29 del Código Civil.

Este precepto establece que es el nacimiento el que determina la personalidad, pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo 30.

Y las condiciones que exige el citado artículo 30, después de la modificación operada por la Ley 20/2011, de 21 de Julio, dispone que a personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.

Enlace al artículo doctrinal