LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA INCLUIDA EN LOS SERVICIOS ESENCIALES A EFECTOS DE OEP 2015

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Fuente: Proyecto PGE 2015

Fecha: 30/09/14

OEP 2015: LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA APARECE INCLUIDA EN LOS SERVICIOS ESENCIALES

Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015

Hoy 30 de septiembre, se ha presentado en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

En relación con el Empleo Público, el Gobierno en el artículo 21 fija para 2015 una tasa reposición de efectivos de hasta un máximo del 50% para los servicios esenciales. Entre ellos se encuentra la Administración de Justicia, la Administración Penitenciaria, la Sanidad, la Educación, las Fuerzas del Orden y Seguridad, la Extinción de Incendios, la Lucha contra el Fraude, el Asesoramiento Jurídico y la Gestión de los Recursos Públicos, personal de Administración y Servicios de las Universidades, entre otros.

El proyecto de Ley da luz verde a la convocatoria de oposiciones con un importante número de plazas, ya que se repondrán 1 de cada 2 vacantes (frente a 1 de cada 10 de años anteriores).

El año 2015 será un año de convocatorias con importante número de plazas. Si te interesa una plaza en la Administración Pública ahora es el mejor momento.

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En concreto, las posibilidades de empleo público que autorizan en el artículo 21 del Proyecto de Ley son las siguientes:

1.- Se podrán aprobar nuevas Ofertas de Empleo Público con la tasa de reposición de hasta el 50% para los siguientes sectores:

  • Administración de Justicia y Acción Exterior del Estado.
  • Cuerpos de funcionarios docentes.
  • Plazas de hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud.
  • Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía Autónoma propios en su territorio y Policía Local*
  • Fuerzas Armadas en relación con las plazas de militares de carrera y militares de complemento.
  • Control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en materia de Seguridad Social.
  • Asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos.
  • Plazas correspondientes al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios*
  • Plazas de personal investigador doctor de los Cuerpos y Escalas de los organismos públicos de investigación
  • Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades
  • Supervisión e inspección de los mercados de valores y de los que en ellos intervienen.
  • Seguridad aérea y seguridad marítima
  • La Administración Penitenciaria
  • En el Consejo de Seguridad Nuclear

Extracto del los PGE (ver artículo 21)

*En el supuesto de plazas de policía local y de servicios de prevención y extinción de incendios, se podrá alcanzar el 100% de la tasa de reposición de efectivos siempre que se trate de Entidades Locales que cumplan o no superen los límites que fije la legislación reguladora de Haciendas Locales, o en su caso, las leyes de Presupuestos Generales del Estado en materia de autorización de operaciones de endeudamiento y cumplan el requisito de estabilidad.

La tasa de reposición de efectivos correspondiente a uno o varios de los sectores prioritarios definidos podrá acumularse en otro u otros de los sectores contemplados en el citado precepto o en aquellos Cuerpos, Escalas o categorías profesionales de alguno o algunos de los mencionados sectores, cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

2. Se admiten las convocatorias de oposiciones correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores cuyas plazas no hubiesen sido convocadas..

3.- Podrán autorizarse, para casos excepcionales, convocatorias de puestos o plazas vacantes en Entidades Públicas Empresariales y Entes del Sector Público Estatal para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.

4.  Se admite la contratación de personal temporal, el nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables dentro de los sectores prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.