Sentencia: Inembargabilidad de la pensión de gran invalidez

Fuente: Europa Press

Fecha: 17/07/2014

INEMBARGABILIDAD DE LA PENSIÓN DE GRAN INVALIDEZ

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia en la que declara inembargable la pensión de gran invalidez, dado que los magistrados consideran que este complemento no debe ser retirado a los dependientes para que puedan atender con razonable dignidad su subsistencia.

La Audiencia estima un recurso planteado por un ciudadano al que se le embargó en base a la pensión total que recibe -1.333 euros y un complemento de gran invalidez de 660 euros-.

En la resolución, los magistrados ordenan que se proceda a recalcular las cantidades a embargar excluyendo el complemento de gran invalidez, para que el ejecutado y las personas de él dependientes puedan atender con razonable dignidad su subsistencia.

Los magistrados entienden que esta decisión está directamente relacionada con la dignidad mínima de la persona de acuerdo con la tutela constitucional de derechos fundamentales.

En este punto, consideran que la cuantía por invalidez no es en puridad una pensión que se acumule a la anterior, sino un complemento de la misma destinado a que el inválido pueda remunerar a la persona que le ayuda. Tiene, por tanto, una finalidad concreta, determinada y básica, por lo que resulta inembargable.