Consejo de Ministros

Fuente: Consejo de Ministros

Fecha: 02/08/2013

LEGISLACIÓN: ANTEPROYECTO DE LEY DE COLEGIOS Y SERVICIOS PROFESIONALES

El Consejo de Ministros ha decidido iniciar la tramitación del Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales, a partir de un informe del ministro de Economía y  Competitividad.

  • Se establece una lista de profesiones de colegiación obligatoria y se refuerzan las medidas de transparencia y buen gobierno.
  • Las restricciones de acceso a una actividad basada en una cualificación profesional solo podrán establecerse por ley.
  • Se crea una Comisión de Reforma de las Profesiones para evaluar y modificar el acceso y ejercicio de determinadas profesiones.

Colegiación obligatoria y voluntaria

Coexistirán colegios de pertenencia obligatoria y voluntaria. No obstante, sólo la pertenencia a los primeros será habilitante para el ejercicio de una profesión o de ciertas actividades profesionales. Los colegios solo podrán crearse mediante ley, a petición de los profesionales titulados y mediante el acompañamiento de una memoria justificativa, con los motivos para la creación del colegio, las razones que impiden su integración en uno ya existente o el número de profesionales en ejercicio.

Abogacía y procura

Se elimina la incompatibilidad del ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura (representación ante los Tribunales). Esta medida será de aplicación inmediata, sólo condicionada al despliegue del sistema de notificación electrónica del Ministerio de Justicia y a que los Colegios de Abogados establezcan su presencia en los salones de notificación de los tribunales, lo que implica un periodo transitorio.

Eliminación de los aranceles

Se eliminan los aranceles de los procuradores, de forma que a partir de la entrada en vigor de esta Ley sus honorarios serán fijados libremente con los clientes.